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miércoles, 21 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) RECTIFICACIÓN CONCURSO INTERNO DE MÉRITOS RESOLUCIÓN 7/1/2015

Mediante la Resolución de 7 de enero de 2015, de la Universidad de Granada (España), se corrigen errores a las Resoluciones de 16 de diciembre y de 24 de noviembre de 2014, por la que se anuncia la convocatoria de Concurso Interno de Méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios en las áreas funcionales: AF1 (Servicios y Estructuras de Gestión y Administración), AF2 (Centros Académicos) y AF3 (Bibliotecas).

Advertido error material en la Resolución de 16 de diciembre de 2014 y en la Resolución de 24 de noviembre de 2014, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia la convocatoria de Concurso Interno de Méritos, para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de las áreas funcionales AF1 (Servicios y Estructuras de Gestión y Administración), AF2 (Centros Académicos) y AF3 (Bibliotecas), publicada en el BOJA número 233, de 28 de noviembre de 2014, se procede a rectificar lo siguiente:

Primero. En el apartado cuarto Comisión de Valoración, en al área funcional AF3, en donde como vocal titular aparece doña Ana María Peregrín Pardo, debe decir doña Ana María Peregrín González.

Segundo. En el Anexo I en el que se relacionan los puestos en el área funcional AF2 (Centros Académicos) donde dice CA07.00.00.04.1 Responsable de Negociado Facultad de Ciencias del Trabajo, debe decir CA07.00.00.05.1 Responsable de Negociado Facultad de Ciencias del Trabajo (Conocimiento de Idiomas).

Tercero. En el Anexo I en el que se relacionan los puestos en el área funcional AF3 (Bibliotecas) donde dice SA11.05.09.01.1 Bibliotecario Jefe de Sección de la Biblioteca de Ciencias de la Salud, debe decir SA11.05.09.02.1 Bibliotecario Jefe de Sección de la Biblioteca de Ciencias de la Salud.

Cuarto. Debe desaparecer el Anexo I que por error se adjuntó para su publicación en la Resolución de 16 de diciembre de 2014 (BOJA núm. 249, de 22 de diciembre de 2014).
Firmada en Granada, a 7 de enero de 2015, por el Rector, Francisco González Lodeiro.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 9, de 15/1/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, página 24).



José Luis Ares Cea (profesor)

INFOEMPLEO: DOCENTES UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 12 de diciembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (Boletín Oficial del Estado, de 13 de abril), por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial del Estado, de 24 de diciembre); el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, (Boletín Oficial del Estado, de 6 de octubre), y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre (Boletín Oficial del Estado, de 8 de octubre) que regulan la acreditación nacional y el régimen de los concursos para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía 207, de 28 de octubre).

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos, fijada en un máximo del 10%, por el artículo 21 de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de diciembre de 2013); igualmente por los artículos 11 y 12 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014 («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 31 de diciembre de 2013); una vez obtenida la correspondiente autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, con fecha 3 de diciembre de 2014, en los términos establecidos por la legislación vigente, y a la vista de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Cádiz, de fecha 4 de noviembre de 2014, publicada en BOJA de 26 de noviembre de 2014.

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 12 de diciembre de 2014, por el Rector, P.D. (Res. UCA/R133REC/2013, de 27/9, BOUCA de 4/10), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
A los presentes concursos les será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1312/2007 de 5 de octubre, por el que se establece la Acreditación Nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 281/2003, de 7 octubre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Cádiz; el Reglamento UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre, para los Concursos de Acceso entre Acreditados a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Cádiz; la legislación general de funcionarios civiles del estado; así como las demás normas de carácter general que resulten de aplicación.

2. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales y específicos:
2.1. Requisitos generales:
2.1.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España. 
Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
2.1.5. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2.2. Requisitos específicos:
2.2.1. Podrán presentarse a los concursos de acceso quienes hayan sido acreditados o acreditadas de acuerdo con lo establecido en los artículos 12.º y 13.º y Disposiciones Adicionales Primera, Segunda, Tercera y Cuarta del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios.
2.2.2. Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.
2.2.3. Igualmente, puede participar el funcionario del Cuerpo correspondiente o de un Cuerpo Docente Universitario de igual o superior categoría, en cuyo caso, es necesario que hayan transcurrido como mínimo dos años desde que haya obtenido una plaza mediante concurso de acceso en otra Universidad, de conformidad con el artículo 9.º 4. del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre.
2.3. En el caso de los nacionales de otros Estados, si en el proceso selectivo no resultara acreditado el conocimiento del castellano, deberán acreditar el conocimiento del mismo mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.
Quedan eximidos de realizar la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como lengua extranjera (nivel superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002 de 31 de octubre, o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto deberán aportar junto a la solicitud fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
2.4. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse dentro del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

ANEXO I:
1. Catedráticos de Universidad:
1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Lingüística General» (DF4056). Rama de conocimiento: Artes y Humanidades. Departamento al que está adscrita: Filología. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia en Morfología.
2. Profesores titulares de universidad:
2. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Derecho Financiero y Tributario» (DF4052). Rama de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas. Departamento al que está adscrita: Derecho Público. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia e investigación en el área de Derecho Financiero y Tributario.
3. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Estadística e Investigación Operativa» (DF4053). Rama de conocimiento: Ingeniería y Arquitectura. Departamento al que está adscrita: Estadística e Investigación Operativa. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Docencia en asignaturas de Probabilidad en el Grado de Matemáticas. Líneas de investigación preferente: Estudio distribucional en modelos de variables ordenadas.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 1, de 2/01/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 119-126).


José Luis Ares Cea (profesor)

martes, 20 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES ASOCIADOS DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA): CONCURSO PÚBLICO CURSO 2014-2015

Mediante la Resolución de 5 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Asociados mediante contrato laboral especial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero (BOJA del 11), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso 2014-2015 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente, por lo que este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Asociados, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 5 de noviembre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27 de septiembre), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria:
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada, las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades; Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo II. La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Los candidatos propuestos deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.7. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Estar en posesión del título académico de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, como mínimo.
2.1.4. Ejercer actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada y/o con las actividades docentes o investigadoras a ejercer, con antigüedad de al menos tres años y mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO I: Plazas a convocar
Plaza/ Centro/ Departamento/ Área de conocimiento/ Categoría/ Dedicación/ Duración del contrato/ Perfil de la plaza/ Méritos preferentes/ Puntuación mínima:
-DC3896/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/ 30-09-2015 (1) (2) 10 puntos.
-DC4176/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC417/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC4178/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4179/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4180/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (7) (8) 20 puntos.
-DC4181/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (9) (10) 20 puntos.

(1) Docencia en las asignaturas propias de Arquitectura Naval.
(2) Preferentemente Experiencia en los temas relacionados con las estructuras marinas, sus equipos y sus servicios.
(3) Docencia en las asignaturas de Construcciones Navales, preferentemente en “Proyecto Fin de Grado” en el Aula-seminario de Proyectos de Ingeniería. El contenido de la asignatura recogido en la Memoria del título se adecúa a la Orden CIN /350/2009, según la cual el Proyecto Fin de Grado consistirá en un ejercicio original a realizar individualmente y presentar y defender ante un tribunal universitario, consistente en un proyecto en el ámbito de las tecnologías específicas de la Ingeniería Naval de naturaleza profesional en el que se sinteticen e integren las competencias adquiridas en las enseñanzas.
(4) S erá mérito preferente la experiencia laboral en el ramo de la construcción naval, así como haber disfrutado de becas o contratos adscritos o vinculados al área de Construcciones Navales. Será también mérito preferente la formación universitaria en Doctorado Arquitectura o Ingeniería (sección arquitectura Naval), Máster en Arquitectura o Ingeniería Naval, Grado o Licenciatura en Ingeniería Marítima o Diplomatura en Ingeniería técnica naval.
(5) Docencia en Deportes de Vela y Deportes acuáticos actuales y emergentes (vela ligera, winsurf, paddelsurf, kitesurf y surf).
(6) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte. Actividad laboral vinculada con la vela y los deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf). Experiencia en asignaturas relacionadas con los fundamentos de los deportes náuticos y docente como formador de monitores deportivos especialidad vela y deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf).
(7) Docencia en Readaptación funcional físico-deportiva.
(8) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciado en Fisioterapia/Grado Fisioterapia. Vinculación laboral con la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Formación específica en readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia Universitaria vinculada a la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia en cursos vinculados a la readaptación funcional en actividades físico deportivas.
(9) Docencia en Dirección, marketing y servicios deportivos.
(10) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciatura o Grado en Dirección y Administración de Empresas. Vinculación laboral con dirección, marketing y servicios deportivos. Formación específica en dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia Universitaria vinculada con la dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia en cursos vinculados con la dirección, marketing y servicios deportivos.

ANEXO II: Baremo Profesor Asociado


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 232, de 27/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 19-27).



José Luis Ares Cea (profesor)

INFOEMPLEO: PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE UNIVERSIDAD DE GRANADA (ESPAÑA) CONCURSO INTERNO DE MÉRITOS RESOLUCIÓN 24/11/2014

Mediante la Resolución de 24 de noviembre de 2014, de la Universidad de Granada (España), por la que se anuncia la convocatoria de concurso interno de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios en las áreas funcionales AF1 (Servicios y Estructuras de Gestión y Administración), AF2 (Centros Académicos) y AF3 (Bibliotecas).

Encontrándose vacantes en esta Universidad los puestos de trabajo de las áreas funcionales AF1, AF2 y AF3 que se acompañan como Anexo I a esta Resolución, y siendo necesaria su provisión según lo previsto en la legislación general de funcionarios (Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), en la legislación autonómica de desarrollo (Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía), en los Estatutos de la Universidad de Granada (aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía) y en el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (Resolución de 25 de julio de 1997, BOJA número 116, de 4/10/97), este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en el artículo 163 de los Estatutos de la Universidad de Granada, ha dispuesto anunciar la convocatoria de provisión de los puestos relacionados en el Anexo I, por el procedimiento de concurso interno de méritos, con arreglo a las siguientes:

Bases de la convocatoria:
1. Requisitos y condiciones de participación.
1.1. Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio de la Administración de la Universidad de Granada que reúnan los requisitos establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada (Resolución de 3 de diciembre de 2004, BOJA número 4, de 7/1/2005). También podrán participar los funcionarios del resto de Administraciones Públicas para aquellos puestos abiertos a la movilidad según lo dispuesto en el apartado 1.12 de la Normas de aplicación de la Relación de Puestos de Trabajo, la Ley Orgánica de Universidades y la Ley Andaluza de Universidades.
1.2. Los participantes deberán cumplir con el requisito de permanencia en su puesto de trabajo establecido en el apartado 2 del artículo 17 del Reglamento del PAS de la Universidad de Granada. No obstante, a los funcionarios de carrera de la Universidad de Granada que no hayan obtenido plaza aún en concurso de provisión de puestos de trabajo en la misma, no les será de aplicación el citado requisito de permanencia.
1.3. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si al término de presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.
1.4.a) Están obligados a participar, los funcionarios de la Universidad de Granada que, cumpliendo los requisitos necesarios, ocupen provisionalmente uno de los puestos convocados y no sean titulares de otro puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente.
b) Los funcionarios de otras administraciones que ocupen, en comisión de servicios, un puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente estarán obligados a participar en el concurso cuando haya transcurrido más de un año desde su incorporación, tomando como fecha de referencia el último día del plazo de presentación de solicitudes.
c) Los funcionarios de otras administraciones que ocupen, en comisión de servicios, un puesto de la RPT de la Universidad de Granada actualmente vigente no podrán concursar hasta que no haya transcurrido un año desde su incorporación, tomando como fecha de referencia el último día del plazo de presentación de solicitudes.
1.5. Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud son los que aparecen relacionados en el Anexo I de esta convocatoria.
1.6. De acuerdo con lo dispuesto en el baremo que se recoge en el apartado 2 de las presentes bases, se cubrirán mediante concurso de méritos específico los puestos de trabajo convocados cuyo nivel de intervalo sea 2 o 3. Los puestos de trabajo de intervalo 4, 5 y 6 se cubrirán mediante concurso de méritos general, y su valoración se realizará conforme a la Parte General del Baremo recogido en la base 2.1.
1.7. Para poder solicitar aquellos puestos de trabajo para los que se indica que tienen requisitos específicos, será necesario haber acreditado los mismos en la forma que se indica a continuación:
- Requisito «Conocimiento de Idiomas»: Conocimientos en el idioma Inglés mediante la superación de la correspondiente prueba de aptitud realizada al efecto.
- Requisito «Gestión de Calidad»: Conocimientos en la materia mediante la superación de la prueba  con respuestas alternativas que se realizará al efecto.
1.8. Se entenderán acreditados los conocimientos a los que se refieren los apartados anteriores (Requisitos Específicos) si se obtuvo la calificación de apto en las pruebas realizadas en desarrollo de concursos o procedimientos selectivos para selección del PAS de la Universidad de Granada anteriores. O en las que se celebraran previamente a la resolución del presente concurso, siempre que haya concursantes que lo soliciten. Se considerará acreditado el conocimiento de idiomas con una certificación B1 o superior siempre que esta esté incluida en las Tablas de Certificados aceptados por la Ugr para acreditación de lenguas extranjeras (http://internacional.ugr.es/pages/promocion_ling/tablasdecertificadosaceptadosporlaugrparaacreditaciondelenguasextranjeras).
Firmada en Granada, a 24 de noviembre de 2014, por el Rector, Francisco González Lodeiro.

ANEXO I:
Áreas AF1: Servicios y Estructuras de Gestión y Administración
Cod. RPT C.D. Nivel Denominación puesto trabajo en RPT vigente
EG08.02.00.01.1 27 2 Responsable de Área Previsión de Nuevas Necesidades. Servicios Jurídicos (Ldo. en Derecho)
SG13.00.00.01.1 27 2 Jefe Servicio de Personal de Administración y Servicios
SG10.00.00.02.1 25 3 Jefe Sección Gestión Financiera. Servicio de Gestión Económico-Financiero
SG08.01.00.01.1 25 3 Jefe Sección Contratación e Inversiones. Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial
SG03.00.00.03.1 23 4 Responsable Gestión Servicio de Alumnos
SA03.00.00.02.3 23 4 Responsable Gestión Servicio de Evaluación, Calidad y Planes de Estudio
SG14.01.00.02.3 23 4 Responsable Gestión Habilitación. Servicio de Habilitación y Seguridad Social
SG14.02.00.02.1 23 4 Responsable Gestión Seguridad Social. Servicio de Habilitación y Seguridad Social
SG05.01.00.02.1 23 4 Responsable Gestión Información y Registro. Servicio de Asuntos Generales
SG01.02.00.01.1 23 4 Responsable Gestión OTRI. Servicio de Gestión de Investigación
EG04.00.00.02.1 23 4 Responsable Gestión Protocolo y Relaciones Institucionales
SG03.00.00.04.2 20 5 Responsable Negociado Servicio de Alumnos
SG05.01.00.03.2 20 5 Responsable Negociado Información y Registro. Servicio de Asuntos Generales
SG10.00.00.05.1 20 5 Responsable Negociado Servicio Gestión Económico-Financiero
SG02.00.00.04.2 20 5 Responsable Negociado Oficina de Relaciones Internacionales. (Conocimiento de Idiomas).
SG11.01.00.03.2 20 5 Responsable Negociado Ordenación Académica. Servicio de Ordenación Académica y Estadística
EG05.00.00.05.1 20 5 Responsable Negociado Oficina de Control Interno
SG14.01.00.03.2 20 5 Responsable Negociado Habilitación. Servicio de Habilitación y Seguridad Social
CE 02.01.00.08.1 20 5 Responsable Negociado Dirección. Centro de Formación Continúa y Aula Permanente
EG08.02.00.06.4 20 5 Responsable Negociado Previsión Nuevas Necesidades. Servicio de Evaluación, Calidad y Planes de Estudios (Gestión de Calidad)
EG02.00.00.03.1 20 5 Responsable Negociado Secretaria General
SA04.01.00.03.1 20 5 Responsable Negociado Centro de Practicas de Empresa y Oficina de Promoción de Empleo
EG08.02.00.06.14 20 5 Responsable Negociado Oficina Proyectos Internacionales

Cod. RPT C.D. Nivel Denominación puesto trabajo en RPT vigente Áreas AF2: Centros Académicos
Cod. RPT C.D. Nivel Denominación puesto trabajo en RPT vigente
CA17.00.00.01.1 27 2 Administrador ETS de Ingeniería Informática
CA12.00.00.02.1 25 3 Jefe Sección Adjunto Facultad de Medicina
CA11.00.00.02.1 25 3 Jefe de Sección Adjunto Facultad Filosofía y Letras
CA09.00.00.03.1 25 3 Jefe de Sección UAD Facultad de Derecho
CA15.00.00.03.1 23 4 Responsable Gestión Facultad de Traducción e Interpretación (Conocimiento Idiomas)
CA03.00.00.06.3 23 4 Responsable Gestión Facultad de Ciencias
EG08.02.00.24.1 23 4 Responsable Gestión UAD Previsión de Nuevas Necesidades. Facultad de C.C. Políticas y Sociología
CA18.00.00.04.1 23 4 Responsable Gestión UAD. ETS de Caminos, Canales y Puertos
CA05.00.00.05.1 23 4 Responsable Gestión. Facultad de CC Económicas y Empresariales
CA11.00.00.06.6 23 4 Responsable Gestión. Facultad de Filosofía y Letras
EG08.02.00.24.4 23 4 Responsable Gestión Previsión Nuevas Necesidades UAD. Facultad de Biblioteconomía y Documentación
IU 03.00.00.01.1 23 4 Responsable Gestión Administrador. Instituto Andaluz de Geofísica y Prevención de Desastres Sísmicos
CA17.00.00.06.3 20 5 Responsable Negociado ETS Ingeniería Informática
CA12.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado Facultad de Medicina
CA01.00.00.04.2 20 5 Responsable Negociado Facultad de Bellas Artes
CA21.00.00.03.1 20 5 Responsable Negociado Dirección. E.U. Trabajo Social
CA10.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado Facultad Farmacia
CA07.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado Facultad Ciencias del Trabajo
CA07.00.00.04.1 20 5 Responsable Negociado Facultad Ciencias del Trabajo
CA17.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado ETS Ingeniería Informática
CA08.00.00.07.1 20 5 Responsable Negociado Facultad de CC Políticas y Sociología
CA15.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado Facultad de Traducción e Interpretación (Conocimiento de Idiomas)
CA21.00.00.06.1 20 5 Responsable Negociado Departamento Trabajo Social y Servicios Sociales (E.U. de Trabajo Social)
CA03.00.00.09.11 20 5 Responsable Negociado Departamento de Electromagnetismo y Física de la Materia (Facultad de Ciencias)
CA03.00.00.09.1 20 5 Responsable Negociado Departamento de Álgebra (Facultad de Ciencias)
CA03.00.00.09.4 20 5 Responsable Negociado Departamento Zoología (Facultad de Ciencias)
CA10.00.00.07.10 20 5 Responsable Negociado Departamento de Nutrición y Bromatología (Facultad de Farmacia)
CA03.00.00.09.9 20 5 Responsable Negociado Instituto de Biotecnología
Áreas AF3: Biblioteca
Cod. RPT C.D. Nivel Denominación puesto trabajo en RPT vigente
SA11.05.02.01.1 27 2 Bibliotecario Jefe Servicio Biblioteca de la Facultad de Derecho
SA11.05.09.01.1 25 3 Bibliotecario Jefe Sección de la Biblioteca CC . Salud

ANEXO II:
Formato para la presentación de la Memoria:
- Tipo de letra: Times New Roman (10).
- Interlineado: Sencillo.
- Margen superior: 2,5 cm.
- Margen inferior: 2,5 cm.
- Margen izquierdo: 3 cm.
- Margen derecho: 3 cm.
- Encuadernación: 0 cm.
- Posición del margen interno: Izquierda.
- Orientación vertical.
- Tamaño de papel: Ancho 21 cm/Alto: 29,7 (formato A4).


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 233, de 28/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 32-39).



José Luis Ares Cea (profesor)

viernes, 12 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: PROFESORES AYUDANTES DOCTORES DE UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 19 de noviembre de 2014, de la Universidad de Málaga (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.

De conformidad con lo establecido en el art. 48.1 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre (BOE de 24/12/01), modificada por la LO 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13/4/07). Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los Estatutos de esta Universidad, aprobados mediante Decreto 145/2003 de 3 de junio (BOJA de 9/6/03), conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2014, y una vez obtenida la Orden de autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, de fecha 10 de octubre de 2014, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso académico 2014-15, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, y con el informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de noviembre de 2014, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, y que se regirá con arreglo a las siguientes:

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/85 de 30 de abril sobre Régimen del Profesorado Universitario; los Estatutos de la Universidad de Málaga; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9/5/08); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades; el Reglamento que regula la contratación mediante concurso público del Personal Docente e Investigador en la Universidad de Málaga (UMA), aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 19 de julio de 2006 (BOJA de 10/8/06) y el Baremo para la contratación laboral de Profesores Ayudantes Doctores de la UMA, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión del 5 de mayo de 2004, modificado en sesión del 5 de abril de 2006. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación general que le sea de aplicación, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero.

2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante la totalidad del período de contratación.
2.1. Condiciones y requisitos de carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos específicos para la figura de Profesor Ayudante Doctor:
- Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
- Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA (Antigua Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria) para la figura del Profesor Ayudante Doctor, constituyendo mérito preferente la estancia del candidato en Universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad que lleve a cabo la contratación.
Según lo establecido en los procedimientos de evaluación de la ANECA y la DEVA, la evaluación positiva para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor cualificará automáticamente para poder ser contratado en la figura de Profesor Ayudante Doctor.

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar una solicitud, por cada plaza solicitada (Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados se tramitan como una sola solicitud) en el modelo oficial, según Anexo II de esta convocatoria, que se encuentra disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad (Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 1.ª planta) y en su página web: http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador-Enlace del menú «Concursos plazas PDI».
3.2. Las solicitudes, dirigidas a la Rectora de la Universidad de Málaga, se presentarán en el Registro General, en la dependencia ubicada en el Pabellón de Gobierno (Campus de El Ejido) o en la situada en el Aulario Severo Ochoa (Campus de Teatinos), o bien por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en este caso, la dirección oficial es: Registro General de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 29071 Málaga). Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado los derechos de inscripción, que se estipulan en 25 €, en la cuenta corriente habilitada al efecto, mediante impreso normalizado, Anexo III, disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador y en su página web. Dicho abono se podrá también efectuar por transferencia bancaria, desde otras entidades bancarias, a la cuenta antes citada, dirigida a la Universidad de Málaga, indicando el nombre, apellidos y DNI del concursante e indicando en el apartado de concepto el código de plaza. En ningún caso la presentación y pago de los mencionados derechos supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
3.5.1. De carácter general:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte o equivalente.
b) Fotocopia del título académico universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado, acompañada de la fotocopia de la credencial de homologación o acreditación del reconocimiento profesional, en su caso.
c) Fotocopia de la/s certificación/es académica/s personales, en la/s que conste/n las calificaciones obtenidas en la Licenciatura o Grado, así como en la Diplomatura, si se accedió con ella al título superior.
d) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciado por la entidad bancaria.
e) Currículum vitae, según modelo oficial especificado en el Anexo III de esta convocatoria.
f) Fotocopias de los documentos que se estimen conveniente para la debida justificación de los méritos alegados en el Currículum vitae, aportados tal como se indica en las Instrucciones especificadas en el Anexo IV de esta convocatoria. No será necesaria la compulsa de los documentos, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la solicitud.
3.5.2. De carácter específico:
- Fotocopia del título de Doctor, acompañada de la credencial de homologación o acreditación del reconocimiento profesional, en su caso.
- Fotocopia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento para la figura de Profesor Ayudante Doctor (Resolución de concesión e informe del comité técnico).
3.5.3. Los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial.

4. Admisión.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará resolución declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos al concurso, con indicación de las causas de exclusión y del plazo de subsanación de defectos.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el procedimiento indicado en el apartado 3.2 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Serán causas de exclusión subsanables del concurso la no aportación de la documentación referida en los apartados 3.5.1.a), b), c), d) y e) y 3.5.2. de estas bases. La no aportación de todos los justificantes de los méritos alegados en el currículum vitae no supondrá la exclusión en las listas definitivas de admisión al concurso, en ese caso el concursante deberá justificarlos previo al inicio de valoración de méritos por la Comisión Asesora o ante su requerimiento.
4.4. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución de la Rectora por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso.

5. Publicación.
5.1. Se publicarán en el tablón de anuncios del Edificio del Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, así como a nivel informativo en la pagina web del Servicio de PDI de la UMA, tanto las relaciones de admitidos y excluidos al concurso como cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los mismos efectos.

6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección, a la que corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento correspondiente, aprobar los criterios de pertinencia que serán de aplicación en la valoración de los méritos de los concursantes, en función de su coherencia y correspondencia con el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. Estará asistida por la correspondiente Comisión Asesora del Departamento, como por cualquier especialista que estime conveniente.
6.2. Una vez publicada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a cada concurso, el Presidente de la Comisión de Selección remitirá al Presidente de la Comisión Asesora toda la documentación referida al concurso para que proceda a la baremación de los méritos de los candidatos, de acuerdo con los criterios de pertinencia previamente aprobados y en consonancia con el Baremo para la contratación laboral de Profesores Ayudantes Doctores, especificado en el Anexo VI de esta convocatoria, teniendo en cuenta las Notas Aclaratorias para la interpretación del Baremo para la contratación laboral del PDI de la UMA, aprobado por la Comisión de Selección en sesión del 12 de noviembre de 2013 (Publicados en la página web del Servicio de PDI).
6.3. Para una adecuada valoración de los méritos, la Comisión Asesora, podrán realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen oportunas y requerirles para que justifiquen o amplíen la documentación acreditativa de los mismos, según lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en el currículum y no justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.4. La Comisión Asesora deberá completar el proceso de valoración de los candidatos en el plazo máximo de treinta días, a partir de la recepción de la documentación. La Comisión Asesora estará obligada a comunicar al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado cualquier incidencia que justifique un retraso en el plazo del proceso de valoración. Una vez que concluya sus actuaciones, el Secretario de la Comisión devolverá la documentación referida al concurso al Presidente de la Comisión de Selección y entregará acta de las mismas, así como de los correspondientes informes de baremación.
6.5. El presidente de la Comisión de Selección procederá a publicar, en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Profesorado, extracto de las actuaciones de la Comisión Asesora conteniendo la relación de concursantes ordenados según la puntuación obtenida.

7. Trámite de alegaciones.
7.1. Los aspirantes, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación priorizada de concursantes, podrán presentar reclamación con cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho, en orden a la revisión de los datos, puntuaciones o circunstancias contenidas en el expediente administrativo, presentada según el procedimiento indicado en el apartado 3.2 de estas bases.
7.2. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Selección resolverá las alegaciones presentadas, pudiendo recabar informe de la Comisión Asesora, en su caso.

8. Resolución del concurso.
8.1. Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección propondrá a la Rectora la contratación del concursante que haya obtenido una mayor puntuación, lo que constituirá el fundamento de su motivación; o en su caso, la conveniencia de dejarla desierta.
8.2. Asimismo, la Comisión de Selección publicará una relación priorizada de candidatos por orden de puntuación, con aquellos concursantes que, a su juicio acumulen méritos suficientes para el desempeño del puesto de trabajo objeto del concurso, en previsión de casos de renuncia o de cualquier otra causa que impida la contratación del candidato propuesto.
8.3. Las resoluciones indicarán al pie de las mismas los recursos y órganos ante los que cabe su interposición.
8.4. La interposición de recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de contratación, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicio de imposible o difícil reparación, o aprecie, en la fundamentación de la impugnación, la existencia de causa manifiesta de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pudiera llevar aparejada y en su momento la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
8.5. Finalizado y firme el proceso del concurso, los candidatos podrán solicitar en el Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga la devolución de la documentación aportada por los mismos.

9. Formalización de los contratos.
9.1. Los candidatos propuestos deberán formalizar su contrato en el plazo de diez días, contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución del concurso, para lo cual deberán acreditar, con carácter previo, y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos alegados. El contrato tendrá efectos económicos y administrativos a partir del día siguiente lectivo a su firma. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado tal trámite por causa imputable al interesado, éste decaerá en todos sus derechos y se entenderá que renuncia a la plaza adjudicada.
9.2. El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo. Según la normativa reguladora, la duración normal del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la de Ayudante, en la misma o distinta universidad, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el período de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.
Al tener estos contratos el carácter de excepcional, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, y temporal para el curso académico 2014-15, según autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, se requerirá de nueva autorización para su posible prórroga por otro curso académico.

10. Norma final.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán interponer los interesados, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Rectora de esta Universidad o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Firmada en Málaga, a 19 de noviembre de 2014, por la Rectora en funciones, Adelaida de la Calle Martín.

Anexo I. 
Relación de plazas: 
-Código de la plaza: 005AYD14.
Área de Conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores.
Departamento: Arquitectura de Computadores.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 006AYD14.
Área de Conocimiento: Bioquímica y Biología Molecular.
Departamento: Biología Molecular y Bioquímica.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 007AYD14.
Área de Conocimiento: Bioquímica y Biología Molecular.
Departamento: Bioquímica, Biología Molecular e Inmunología.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 008AYD14.
Área de Conocimiento: Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Departamento: Ingeniería Civil, de Materiales y Fabricación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 009AYD14.
Área de Conocimiento: Ciencia Política y de la Administración.
Departamento: Ciencia Política, Derecho Internacional Público y Derecho Procesal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 010AYD14.
Área de Conocimiento: Comercialización e Investigación de Mercados.
Departamento: Economía y Administración de Empresas.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 011AYD14.
Área de Conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad.
Departamento: Comunicación Audiovisual y Publicidad.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 012AYD14.
Área de Conocimiento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Departamento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 013AYD14.
Área de Conocimiento: Derecho Penal (Criminología).
Departamento: Derecho Público.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 014AYD14.
Área de Conocimiento: Dibujo.
Departamento: Unidad Administrativa de Bellas Artes.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 015AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Musical.
Departamento: Didáctica de la Expresión Musical, Plástica y Corporal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 016AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Plástica.
Departamento: Didáctica de la Expresión Musical, Plástica y Corporal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 017AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Departamento: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 018AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de las Ciencias Experimentales.
Departamento: Didáctica de la Matemática, de las Ciencias Sociales y de Ciencias Experimentales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 019AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de las Ciencias Sociales.
Departamento: Didáctica de la Matemática, de las Ciencias Sociales y de Ciencias Experimentales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 020-021AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Didáctica y Organización Escolar.
Departamento: Didáctica y Organización Escolar.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 022AYD14.
Área de Conocimiento: Economía Aplicada.
Departamento: Economía Aplicada (Matemáticas).
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 023-024AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 025AYD14.
Área de Conocimiento: Estudios de Asia Oriental.
Departamento: Unidad Administrativa de Estudios de Asia Oriental.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 026AYD14.
Área de Conocimiento: Expresión Gráfica Arquitectónica.
Departamento: Unidad Administrativa de Arquitectura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 027-028AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Filología Inglesa.
Departamento: Filología Inglesa, Francesa y Alemana.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 029AYD14.
Área de Conocimiento: Fisiología.
Departamento: Fisiología Humana y Educación Física y Deportiva.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 030AYD14.
Área de Conocimiento: Fisioterapia (Terapia Ocupacional).
Departamento: Psiquiatría y Fisioterapia.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 031AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Mecánica.
Departamento: Ingeniería Mecánica y Mecánica de Fluidos.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 032AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Química.
Departamento: Ingeniería Química.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 033AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Telemática.
Departamento: Lenguajes y Ciencias de la Computación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 034AYD14.
Área de Conocimiento: Matemática Aplicada.
Departamento: Matemática Aplicada.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 035-036AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Organización de Empresas.
Departamento: Economía y Administración de Empresas.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 037AYD14.
Área de Conocimiento: Periodismo.
Departamento: Periodismo.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 038AYD14.
Área de Conocimiento: Pintura.
Departamento: Unidad Administrativa de Bellas Artes.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 039AYD14.
Área de Conocimiento: Proyectos Arquitectónicos.
Departamento: Unidad Administrativa de Arquitectura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 040AYD14.
Área de Conocimiento: Psicología Evolutiva y de la Educación.
Departamento: Psicología Evolutiva y de la Educación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 041AYD14.
Área de Conocimiento: Psicología Social.
Departamento: Psicología Social, Antropología Social, Trabajo Social y Servicios Sociales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 042AYD14.
Área de Conocimiento: Sociología.
Departamento: Derecho del Estado y Sociología.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 043AYD14.
Área de Conocimiento: Teoría de la Señal y Comunicaciones.
Departamento: Ingeniería de Comunicaciones.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 044AYD14.
Área de Conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales.
Departamento: Psicología Social, Antropología Social, Trabajo Social y Servicios Sociales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 232, de 27/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 29-47).



José Luis Ares Cea (profesor)

jueves, 11 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: CONTRATO INVESTIGADOR DOCTOR EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 2014

Mediante la Resolución de 24 de noviembre de 2014, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se instrumenta el procedimiento de selección de personal investigador doctor correspondiente a los incentivos concedidos a proyectos de investigación de excelencia de las universidades y organismos de investigación de Andalucía (Orden de 11 de diciembre de 2007).

Por Orden de 11 de diciembre de 2007, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, modificada por las Órdenes de 17 de noviembre de 2008 y de 18 de diciembre de 2009, se establecen las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y se efectúa su convocatoria para el periodo 2008-2013 (BOJA número 4, de 5 de enero de 2008). El artículo 10.1.1.º de la citada Orden establece entre las distintas categorías de incentivos los destinados a los proyectos de investigación de excelencia en equipos de investigación de las universidades y organismos de investigación de Andalucía.

Por Resolución de esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de fecha 30 de diciembre de 2013 se han concedido los incentivos a proyectos de investigación de excelencia de las universidades y organismos de investigación en las distintas modalidades previstas para la convocatoria de 2012. En el apartado tercero de la citada Resolución se establece que la selección del personal investigador doctor asignado a cada uno de los proyectos incentivados se efectuará mediante un proceso de carácter autonómico que tendrá como objeto el aunar las correspondientes convocatorias a desarrollar por cada organismo. En el Anexo III se especifica el número y la duración de los contratos de personal investigador doctor con cargo a los gastos de personal de cada proyecto.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto y en uso de las facultades atribuidas, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Establecer el procedimiento de selección del personal para cubrir las plazas de personal investigador doctor asignadas a los proyectos de investigación de excelencia incentivados con cargo a la convocatoria de 2012. El número de plazas ofertadas con indicación de los organismos y universidades de adscripción, se recoge en el Anexo I de esta Resolución. Así mismo, en la página web de esta Consejería se encuentra disponible la relación detallada de las plazas indicando los investigadores principales y denominación de los proyectos de investigación.

Segundo. El objeto de la presente Resolución es aunar las distintas convocatorias a desarrollar por cada uno de los organismos beneficiarios de incentivo para la contratación de personal investigador doctor en el marco de los proyectos de investigación de excelencia en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

Tercero. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de selección es la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa. La Resolución de selección será dictada por la persona titular de la Secretaria General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Cuarto. Requisitos. Los solicitantes deberán cumplir a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
1. Estar en posesión del grado de doctor en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
2. No haber transcurrido más de 10 años desde la fecha de obtención del doctorado. Se entenderá como fecha de obtención del doctorado, la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral.
En la contabilización del plazo de 10 años indicado en el párrafo anterior se excluirán los períodos correspondientes a los siguientes motivos:
a) Período de descanso derivado de maternidad o paternidad disfrutado con arreglo a las situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad Social.
b) Grave enfermedad o accidente del solicitante, con baja médica igual o superior a 6 meses.
c) Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. 
Estos períodos de interrupción se indicarán y acreditarán en el momento de presentar la solicitud y supondrá en todo caso una ampliación máxima de un año en el plazo de contabilización del tiempo transcurrido desde la fecha de obtención del doctorado. En el caso de aquellos investigadores solicitantes que estén en posesión de más de un título de doctor, los requisitos expresados en este artículo se referirán al primero de los títulos obtenidos.

Quinto. Presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados desde el siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y finalizará a las 18,00 horas del último día señalado. Los candidatos deberán cumplimentar una solicitud por cada plaza solicitada. El formulario para la cumplimentación de la correspondiente solicitud está disponible en la siguiente dirección de internet: http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/. A tales efectos se deberá disponer del certificado electrónico reconocido de usuario expedido por una Autoridad de Certificación convenida con la Junta de Andalucía de acuerdo con el artículo 13 del Decreto 183/2003, de 24 de junio.
Las solicitudes presentadas se dirigirán al titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología acompañadas de la documentación relacionada en el apartado sexto, en formato PDF y con un límite de 4 Mb. La remisión telemática de la documentación bajo firma electrónica supondrá la autenticación de que el documento es fiel copia de su original bajo responsabilidad del solicitante. Al objeto de facilitar y agilizar la presentación de más de una solicitud, la aplicación telemática prevé la opción de copiar las solicitudes. 
Los candidatos deberán priorizar todas sus solicitudes cumplimentando debidamente la casilla prevista en la solicitud a estos efectos. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de los medios electrónicos, en virtud de lo establecido en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 26 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Aquellas personas que por encontrarse en el extranjero no dispongan de certificación electrónica ni tengan posibilidad de obtenerla podrán ser presentadas por otra persona, siempre que se acredite la representación tal y como se establece en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. 
No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Documentación. Con la solicitud deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) Currículum vitae actualizado.
b) Documentación acreditativa de los méritos alegados en el curriculum vitae.
c) Título de doctor o certificación oficial con indicación expresa de la fecha en la que se obtuvo el grado de doctor.
d) Copia del pasaporte en vigor, en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.
e) Documentación acreditativa en el caso de período de interrupción contemplado en el dispositivo Cuarto de esta Resolución.
g) En su caso, certificación acreditativa del grado de discapacidad.
h) Acreditación de la representación en su caso.
La Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa podrá requerir a los solicitantes la información y documentación complementaria que considere necesaria, a efectos de aclarar la exigida en la presente Resolución.

Séptimo. Subsanación de las solicitudes.
Las solicitudes deberán presentarse debidamente cumplimentadas en todos sus apartados y acompañadas de la documentación requerida. No obstante lo anterior, si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se podrá requerir al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con la indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La subsanación se realizará de forma telemática, a través de la aplicación informática dispuesta para la tramitación de las solicitudes en la dirección internet anteriormente indicada. Durante el periodo de subsanación, no se podrán reformular las solicitudes presentadas.

Octavo. Evaluación de las solicitudes.
Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las siguientes fases:
a) En una primera fase se habilitará a los investigadores principales de los proyectos incentivados una aplicación informática al objeto de valorar la adecuación del perfil del candidato al proyecto de investigación. En el plazo de 10 días naturales, los investigadores principales informarán motivadamente y puntuarán cada una de las solicitudes de acuerdo con lo siguiente:
Adecuación alta: hasta 50 puntos.
Adecuación media: hasta 25 puntos.
Adecuación baja: hasta 10 puntos.
Adecuación muy baja: hasta 1 punto.
b) En una segunda fase, la Comisión de Selección valorará y puntuará con un máximo de 50 puntos el currículum vitae de los candidatos solicitantes conforme a:
1.º Formación y expediente académico. Se valoraran las menciones especiales en la obtención del grado de doctorado y la obtención de becas o contratos en las distintas convocatorias de personal investigador en formación. (Puntuación: de 0 a 10 puntos).
2.º Experiencia investigadora. Se valorará los siguientes aspectos relacionados con la experiencia investigadora: contratos como personal investigador, publicaciones científicas, trabajos presentados en congresos, estancias en centros de investigación, las patentes concedidas o licenciadas, dirección y/o participación en proyectos de investigación, dirección de tesis doctorales y premios de investigación. (Puntuación: de 0 a 40 puntos).
Para aquellos solicitantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% se multiplicará la puntuación del apartado b) por 1,1. 
La Comisión de Selección tendrá la siguiente composición:
Presidencia: El titular de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.
Secretaría: El titular del Servicio con competencia por razón de la materia con voz pero sin voto.
Vocales: El titular de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa y otros tres vocales a designar por el Presidente de la Comisión.
En el curso del proceso de evaluación la Comisión podrá dirigirse a los candidatos con el objeto de comprobar y complementar la documentación aportada por los mismos. La puntuación total a otorgar a cada una de las solicitudes se obtendrá de la suma de la puntuación obtenida en ambas fases y podrá acordarse una puntuación mínima en las fases a) y/o b) indicadas anteriormente para poder optar a las plazas ofertadas. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la adecuación del perfil del candidato al proyecto.

Noveno. Resolución.
Valoradas las solicitudes se publicará en la dirección de internet de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la relación provisional de las personas candidatas por orden de puntuación obtenida en cada una de las solicitudes presentadas. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web de la Consejería de dicha relación provisional, las personas solicitantes podrán realizar las alegaciones oportunas. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión resolverá las alegaciones presentadas y a la vista de las puntuaciones resultantes elevará propuesta definitiva de adjudicatarios y candidatos en lista de espera o reserva.
A la vista de dicha propuesta, la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología dictará Resolución que se notificará de forma conjunta a todos los interesados mediante la publicación en la página web de esta Consejería, sustituyendo esta publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos, a excepción de la interposición de recursos, cuyos plazos se computaran a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto del contenido de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Décimo. Características y condiciones del contrato:
1. Las Universidades y organismos de investigación deberán formalizar contrato laboral con el personal investigador doctor seleccionado durante el plazo de ejecución del proyecto de investigación, sin que en todo caso la fecha de finalización de dicho contrato exceda de la fecha de finalización del correspondiente proyecto.
2. El disfrute del incentivo para la contratación de este personal investigador es incompatible con cualquier otra retribución o incentivo financiado con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, no autorizada expresamente por la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, previo informe del representante legal del organismo o Universidad donde se integre.
3. De acuerdo con la Recomendación de la Comisión Europea (2005/251/CE ) de 11/3/2005 (DOUE L75 de 22/3/2005), relativa a la Carta Europea del Investigador y Código de Conducta para la contratación de investigadores, los investigadores contratados con cargo a esta convocatoria y los investigadores principales de los proyectos asociados, deberán cumplir los principios y exigencias generales aplicables a los investigadores, así como las entidades a las que estén adscritos los investigadores, deberán cumplir los principios y exigencias generales de las entidades empleadoras y financiadoras.
4. Las vacantes por renuncias o bajas que se produzcan entre el personal investigador doctor serán sustituidas por las siguientes candidaturas de la relación priorizada formulada por la Comisión de Evaluación. Esta relación priorizada de reservas será gestionada, respetando el orden de prelación, por cada una de las universidades y organismos de investigación beneficiarios del incentivo adjudicado al correspondiente proyecto de excelencia, debiendo remitirse a esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología copia de la renuncia del titular y del contrato formalizado con el candidato reserva.
5. En el caso de no existir solicitante, que se declare desierta alguna de las plazas ofertadas o que la lista de reserva se agote, las universidades y organismos de investigación correspondientes proveerán dichos contratos de personal investigador doctor de acuerdo con los procedimientos de selección de personal de cada uno de los organismos beneficiarios, sin que se pueda modificar el destino de está ayuda.
6. Se deberá tener en cuenta que el importe destinado al personal investigador doctor forma parte del incentivo concedido al proyecto de investigación de excelencia, por lo que la extinción de éste por causas imputables al beneficiario (incumplimiento, renuncia, etc.) afectará a la totalidad del mismo, incluyendo el importe destinado a la contratación del personal investigador doctor.

Décimo primero. Interrupción de la ayuda.
1. Las entidades beneficiarias, en el caso de que en los contratos celebrados al amparo de esta ayudas se produzcan suspensiones del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal por un periodo de, al menos, 3 meses consecutivos, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del mismo, podrán solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de la suspensión, adjuntando a su solicitud, en su caso, el contrato o documento justificativo de la prórroga que cubra dicho periodo.
2. La interrupción y prórroga a la que hace referencia el apartado anterior deberá ser autorizada por el órgano concedente, que podrá recabar los informes que considere oportunos y dar lugar a la modificación de los términos de la concesión mediante nueva resolución.
3. Esta autorización en ningún caso conlleva un aumento en la cuantía de la ayuda concedida inicialmente.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 24 de noviembre de 2014, por el Secretario General, Francisco Triguero Ruiz.

ANEXO I.
Número total de plazas ofertadas por universidades y organismos de investigación: Personal Investigador Doctor
Organismo-Universidad/ Número de contratos:
-Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC)/ 18 plazas.
-Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI)/ 1.
-Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud/ 2.
-Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (IFAPA)/ 1.
-Universidad de Almería/ 6.
-Universidad de Córdoba/ 3.
-Universidad de Granada/ 15.
-Universidad de Huelva/ 1.
-Universidad de Málaga/ 3.
-Universidad de Sevilla/ 12.
-Universidad Pablo de Olavide/ 1.
Total plazas = 63.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 235, de 2/12/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 15-19).



José Luis Ares Cea (profesor)