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martes, 19 de abril de 2016

SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA E IDENTIFICACIÓN DE PARCELAS AGRÍCOLAS 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 19 de febrero de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se publica el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) del año 2016.

El Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Sistema de Información Geográfica Parcelas Agrícolas (SIGPAC), dispone que el SIGPAC es un registro público de carácter administrativo dependiente del Fondo Español de Garantía Agraria y de las consejerías con competencias en materia de agricultura de las comunidades autónomas que contiene información de las parcelas susceptibles de beneficiarse de las ayudas comunitarias relacionadas con la superficie y dispone de soporte gráfico del terreno y de las parcelas y recintos con usos o aprovechamientos agrarios definidos.

El SIGPAC se configura como una base de datos geográfica que contiene la delimitación geográfica de cada recinto con su referencia individualizada, el atributo correspondiente a su uso agrario y otra información relevante, además de otras cartografías necesarias para cumplir su función, y ortofotografías y mapas de referencia de todo el territorio nacional.

El citado Real Decreto señala que las comunidades autónomas son las responsables de la explotación y mantenimiento del SIGPAC en su territorio. A tal efecto, les corresponde entre otras funciones, establecer las medidas adecuadas para asistir a los productores en su utilización, facilitando la información necesaria de las parcelas agrícolas, de forma que puedan cumplimentar adecuadamente las solicitudes de ayuda relacionadas con la superficie, atender y resolver las alegaciones que puedan plantearse por parte de los productores sobre su contenido, así como incorporar a la base de datos las actualizaciones gráficas y de los atributos de los recintos, y las correspondientes a las superficies de interés ecológico y los elementos del paisaje.

Por todo ello, una vez finalizadas las actualizaciones correspondientes al año 2015 y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, de 1 de junio de 2015, y en el artículo 13.1.c) del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados hacer público en el Boletín oficial de la Junta de Andalucía, mediante Resolución, el SIGPAC resultante de las mismas, estando accesible a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca). En su virtud, y en uso de las facultades que la Dirección General tiene atribuidas al amparo del artículo 13.1.c) del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se resuelve lo siguiente:

Primero. Hacer público, para general conocimiento, el SIGPAC del año 2016, que estará accesible para las personas interesadas a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca.

Segundo. la presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 19 de febrero de 2016, por la Directora General, P.s. (Artículo 4.6 del Decreto 215/2015, de 14.7), la Secretaria General de Fondos Europeos Agrarios, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 40, de 1/03/2016 (apartado 3 Otras disposiciones, página 30).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 6 de agosto de 2014

IDENTIFICACIÓN PARCELAS AGRÍCOLAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): NOTIFICACIÓN 2013 SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA (SIGPAC)

Mediante el Anuncio de 18 de julio de 2014, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se notifican los actos administrativos que se citan, sobre el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC).

En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en cada expediente, por el presente Anuncio se notifica a las personas interesadas que figuran en los Anexos los actos administrativos que se indican.

El texto íntegro de los mencionados actos se encuentra a disposición de las personas interesadas en los lugares que se indican en los Anexos, en donde podrán comparecer en el plazo de quince días a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado, se le dará por notificado en el día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Firmado en Sevilla, a 18 de julio de 2014, por el Director General, Rafael Olvera Porcel.

ANEXO I
Procedimiento: Mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) del período 2013.
Identificación del acto a notificar: Resoluciones a las alegaciones presentadas en el procedimiento de mantenimiento del SIGPAC del período 2013.
Acceso al texto íntegro.
Notificaciones realizadas dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía: en las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural donde resida el interesado.
Notificaciones realizadas fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía: en la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (ver listado en BOJA).

ANEXO II
Procedimiento: Mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) del período 2013.
Identificación del acto a notificar: Trámites de subsanaciones y mejoras del período 2013.
Acceso al texto íntegro.
Notificaciones realizadas dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía; en las Oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural donde resida el interesado.
Notificaciones realizadas fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía; en la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (ver listado en BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 146, de 29/07/2014 (apartado 5.2 Otros anuncios oficiales, páginas 356-360).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 21 de febrero de 2014

SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA DE IDENTIFICACIÓN DE PARCELAS AGRÍCOLAS: SIGPAC 2014 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 11 de febrero de 2014, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se publica el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) del año 2014. 

Por otra parte, la Orden de 20 de enero de 2010, modificada por las de 12 de mayo de 2011 y 29 de mayo de 2013, regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC). Una vez finalizadas las actualizaciones correspondientes al año 2013 y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Orden de 20 de enero de 2010, corresponde a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera hacer público en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, mediante Resolución, el SIGPAC resultante de las mismas, estando accesible a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural:
(www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca).

En su virtud, y en uso de las facultades que esta Dirección General tiene atribuidas, y al amparo de la Orden de 20 de enero de 2010, modificada por las de 12 de mayo de 2011 y 29 de mayo de 2013 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se resuelve lo siguiente:

Primero. Hacer público, para general conocimiento, el SIGPAC del año 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Orden de 20 de enero de 2010, modificada por las de 12 de mayo de 2011 y 29 de mayo de 2013, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), que estará accesible para las personas interesadas a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca.

Segundo. La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 11 de febrero de 2014, por el Director General, Rafael Olvera Porcel.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 30, de 13/2/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, página 82).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 14 de enero de 2014

SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA DE IDENTIFICACIÓN DE PARCELAS AGRÍCOLAS (SIGPAC): AMPLIACIÓN PLAZO ALEGACIONES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 16 de mayo de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía (España), se amplía el plazo establecido en la Resolución de 14 de febrero de 2013, para la presentación de alegaciones al Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC). Por su parte, la Orden de 20 de enero de 2010, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), establece en su artículo 6.2 que el período para la presentación de solicitudes de modificación al SIGPAC se establecerá mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera. 

Asimismo, en la Resolución de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera de 14 de febrero de 2013, se estableció el período para la presentación de solicitudes de modificación del SIGPAC correspondiente al año 2013, fijándose hasta el 31 de mayo de 2013, y hasta el 16 de julio para los titulares de plantaciones destinadas al cultivo de fresas y frutos rojos. Dada la trascendencia de la información de este sistema y en atención a la solicitud del sector afectado, se considera necesario la ampliación del plazo de alegaciones para el período general hasta el día 30 de junio de 2013.

En su virtud, y en uso de las facultades que esta Dirección General tiene atribuidas en el Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, y al amparo de lo establecido en el artículo 6.2 de la Orden de 20 de noviembre de 2010, se resuelve lo siguiente.

Primero. Ampliar el plazo de presentación de alegaciones a SIGPAC, previsto en la Resolución de 14 de febrero de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, hasta el día 30 de junio de 2013. Dicha ampliación no afecta a las plantaciones de fresas y frutos rojos cuyo plazo se mantiene hasta el 16 de julio.

Segundo. La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 16 de mayo de 2013, por el Director General, Rafael Olvera Porcel. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 98, de 22/05/2013 (apartado 3 Otras disposiciones, página 31).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

viernes, 25 de octubre de 2013

IDENTIFICACIÓN PARCELAS AGRÍCOLAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ORDEN CAPMA 29/5/2013

Mediante la Orden de 29 de mayo de 2013, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente (CAPMA) de la Junta de Andalucía (España), se modifica la de 20 de enero de 2010, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC). Por su parte, el Real Decreto 2128/2004, de 29 de octubre, regula a nivel nacional el sistema de información geográfica de identificación de parcelas agrícolas (SIGPAC), estableciendo en su artículo 6.c) que las Comunidades Autónomas son las responsables de la explotación y mantenimiento del SIGPAC en su territorio, debiendo fijar las medidas adecuadas para incorporar a la base de datos las actualizaciones de usos agrícolas y sistemas de explotación de los recintos, las modificaciones por reasignación de recintos de una parcela y las referentes a los olivos y sus características.

Este Sistema que permite una utilización eficiente de los recursos públicos y la mejora del servicio a las personas titulares de explotaciones agrícolas se creó en Andalucía a través de la Orden de 2 de agosto de 2004, por la que se establecen normas para la implantación del sistema de información geográfica de identificación de parcelas agrícolas. Dicha norma ha sido modificada en reiteradas ocasiones con motivo de su adaptación a las nuevas exigencias normativas, incorporando nueva información. En aras de la simplificación normativa y mejora en la gestión administrativa, mediante la Orden de 20 de enero de 2010, por la que se regula el procedimiento del sistema de información geográfica de identificación de parcelas agrícolas, se reunificó toda la normativa aplicable en una sola norma dirigida al mantenimiento y actualización del SIGPAC. Esta Orden fue igualmente modificada por la Orden de 12 de mayo de 2011.

Con objeto de mantener actualizado el sistema se hace necesario introducir nuevas modificaciones. En primer lugar se incorpora la posibilidad de alegar al denominado «Coeficiente de Admisibilidad de Pastos» (CAP) en los recintos con uso Pastizal, Pasto Arbolado y Pasto arbustivo. En segundo lugar se añaden dos nuevos cambios alegables: a la incidencia de cultivo abandonado y al cambio a uso tierra arable en el supuesto de los cultivos forestales de rotación corta. Por último se añade la necesidad de aportar fotografías en algunos de los cambios propuestos, eliminando la copia de la solicitud de ayudas como documento para justificar cambios de uso.

En su virtud, y a propuesta del Director General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía y por el artículo 12 del Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, se dispone lo siguiente:

Artículo Único. Modificación de la Orden de 20 de enero de 2010, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC). Se modifica la Orden de 20 de enero de 2010, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), de la siguiente manera:

Uno. El artículo 2 se modifica, incorporando tres nuevos apartados: q), r) y s), con el siguiente tenor literal:

«q) Coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP): las superficies de pastos que presenten características que impidan un aprovechamiento total de las mismas por la presencia de elementos improductivos o pendientes elevadas, se les asignará en el SIGPAC un coeficiente que refleje el porcentaje de admisibilidad a nivel de recinto. La superficie admisible máxima a efectos de los regímenes de ayudas directas será la del recinto multiplicado por dicho coeficiente.

r) Cultivos abandonados: superficie declarada que tenga un uso admisible en SIGPAC y que en el control sobre el terreno se verifique que no cumpla ninguna de las siguientes condiciones: 
1. La superficie se destine a la producción o al cultivo de productos agrícolas, o a la cría o al mantenimiento de animales.
2. La superficie se mantiene en buenas condiciones agrarias y medioambientales, conforme al cultivo declarado en la solicitud única.

s) Cultivos forestales de rotación corta: plantaciones forestales no permanentes, constituidas por eucaliptos (euceucalyptus), paulonia (paulownia), chopos (populus sp), sauces y mimbres (salís sp) y robinia (robinia pseudoacacia).»

Dos. Se modifica el artículo 7.3, quedando con la siguiente redacción:

«3. Documentación gráfica de las modificaciones solicitadas. Todas las solicitudes de cambio deberán ir acompañadas de fotografías fechadas y salidas gráficas. Se exceptúa la necesidad de aportar fotografías fechadas en los siguientes supuestos:
a) Cuando se solicite un cambio del sistema de explotación.
b) Cuando se solicite la unificación de recintos.
c) Cuando exista un acta de control de campo.

En las salidas gráficas se deberán indicar el punto desde donde se han tomado las fotografías y la dirección de las mismas. Igualmente se indicarán los cambios propuestos, delimitando de forma clara la superficie o geometría afectada por el cambio. En la salida gráfica para determinados cambios alegables, se deberá incluir además los siguientes datos:
a) Frutales de cáscara: posición y marco de plantación y/o número de árboles.
b) Elementos estructurales: identificación del elemento estructural (según la codificación recogida en el Anexo III).
c) Capa citrícola: especie, fecha de plantación, marco de plantación y/o número de árboles de las especies citrícolas alegadas y del cultivo leñoso asociado en caso de existir.
d) Castaños: posición y marco de plantación y/o número de árboles.
e) Coeficiente de admisibilidad de pastos: se delimitará las zonas donde haya o no actividad vegetativa.»

Tres. El artículo 8 se modifica, añadiendo dos nuevos apartados; i) y j).

i) Coeficiente de admisibilidad de pastos.
j) Cultivos abandonados.»

Cuatro. El artículo 9 se modifica de la siguiente manera:

Se suprime la letra a) del apartado 1.
El apartado 2 queda con el siguiente tenor literal:
«2. Documentación para cambios de uso en cultivos leñosos.
Para cualquier cambio de uso relacionado con los cultivos leñosos: Frutal (FY), Cítricos(CI), Frutos de Cáscara (FS), Olivar (OV), Viña (VI), sus asociaciones y Tierra Arable (TA) en el supuesto de los cultivos forestales de rotación corta, se deberá aportar la documentación descrita en el artículo 9.1 b) o c). 
En los casos en los que la situación esté reflejada en la Dirección General de Catastro no será necesario aportar la documentación anteriormente citada.»

Cinco. Se modifica el artículo 14.1, quedando con el siguiente tenor literal:

«1. Para la inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación de geometría de los elementos estructurales se deberán aportar fotografías fechadas y salidas gráficas en las que se indiquen el punto desde dónde se han tomado las fotografías y la dirección de las mismas, delimitando de forma clara la superficie o geometría afectada por el cambio.»

Seis. Se añade un nuevo artículo 17, que tiene el siguiente tenor literal:

«Artículo 17. Documentación específica para cambios en el coeficiente de admisibilidad de pastos. Para cambios referidos al coeficiente de admisibilidad de pastos se deberá aportar una salida gráfica SIGPAC, en la que se delimitará la superficie donde existe o no vegetación. Además se aportarán fotografías fechadas, indicando sobre la salida gráfica el punto y la dirección desde la que se han tomado, tanto de las zonas donde existe como de las que no existe vegetación. Si se ha realizado un acta de control de campo por la Administración Pública podrá presentarse el documento para acreditar la solicitud de cambio. Opcionalmente podrá presentarse un Informe Técnico donde se refleje el cambio solicitado.»

Siete. Se añade un nuevo artículo 18, que tiene el siguiente tenor literal:

«Artículo 18. Solicitudes de modificación a la incidencia de cultivo abandonado. Cuando se solicite una modificación a la incidencia de cultivo abandonado, se aportarán fotografías fechadas, indicando sobre la salida gráfica el punto y la dirección desde la que se han tomado, además de la documentación descrita en el artículo 9.1 b) o c).»

Ocho. Se modifica la numeración de los artículos 17, 18, 19 y 20 que pasarán a numerarse como 19, 20, 21 y 22.

Nueve. Se modifica el Anexo I, introduciendo tres nuevas casillas correspondientes a la admisibilidad de pastos, la incidencia de cultivo abandonado y los cultivos forestales de rotación corta, sustituyéndose por el que se publica en la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Firmada en Sevilla, a 29 de mayo de 2013, por el consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Luis Planas Puchades.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 108, de 5/6/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 11-13).



Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)