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miércoles, 4 de febrero de 2015

FOMENTO DEL CONSUMO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS SUBVENCIONES CONVOCATORIA 2014 PARA ENTIDADES

Mediante la Resolución de 15 de octubre de 2014, de la Secretaría General de Consumo, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se realiza la distribución de créditos correspondientes a la convocatoria 2014 de las subvenciones previstas en la Orden de 29 de agosto de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigido a Asociaciones, Organizaciones, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía (BOJA número 174, de 8 de septiembre de 2014).

En el artículo 5.2 de las citadas bases reguladoras, se determina que la subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria. Por otro lado, el citado artículo 5.2 también determina que en aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa.

De acuerdo con lo anterior, mediante Resolución de 1 de septiembre de 2014 (BOJA 178, de 12 de septiembre de 2014), modificada por la Resolución de 15 de septiembre de 2014 (BOJA 183, de 19 de septiembre de 2014), se realizó la convocatoria para el ejercicio 2014 de las subvenciones para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigido a Asociaciones, Organizaciones, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía, estableciéndose en su apartado segundo la cuantía total máxima destinada a la línea 1, que asciende a 585.970,00 euros.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) de la Línea 1 del Cuadro Resumen de la Orden de 29 de agosto de 2014, en el cual se determina la existencia de varios ámbitos territoriales de concurrencia competitiva, procede realizar la declaración de distribución de los mismos entre los distintos ámbitos de concurrencia descritos. 

De acuerdo con lo anterior y con lo estipulado en el artículo 5 de las bases reguladoras aprobadas mediante la citada Orden de 29 de agosto de 2014, se resuelve lo siguiente:

Único. Distribución de créditos.
Establecer la siguiente distribución de créditos de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigido a Asociaciones, Organizaciones, Federaciones y Confederaciones de Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía, convocadas para el año 2014, mediante Resolución de 1 de septiembre de 2014, modificada por la Resolución de 15 de septiembre de 2014, para aquellas líneas en las que existan dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva:
- Para Línea 1 Subvenciones, en materia de consumo, a Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usurarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se destinará una cuantía máxima de 575.970,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.01.00.486.01.44H.3 y una cuantía máxima de 10.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.01.00.470.00.44H.8, con la siguiente distribución territorial:
-Almería: 57.463,00 euros.
-Cádiz: 74.673,00 euros.
-Córdoba: 60.398,00 euros.
-Granada: 79.752,00 euros.
-Huelva: 46.004,00 euros.
-Jaén: 51.631,00 euros.
-Málaga: 104.914,00 euros.
-Sevilla: 101.135,00 euros.
No procede la distribución de créditos territorial en la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.01.00.470.00.44H.8 por inexistencia de solicitudes.
Firmada en Sevilla, a 15 de octubre de 2014, por la Secreteria General, Dolores Muñoz Carrasco.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 208, de 24/10/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 46 y 47).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 14 de octubre de 2014

SUBVENCIONES FOMENTO DEL CONSUMO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 1 de septiembre de 2014, de la Secretaría General de Consumo, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se convocan para el ejercicio 2014, las subvenciones previstas en la Orden de 29 de agosto de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigido a asociaciones, organizaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía.

En la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, se han previsto los créditos necesarios para efectuar la presente convocatoria. De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 29 de agosto de 2014, en base a la delegación de competencias efectuada en el artículo 9 de la Orden de 17 de junio de 2013, modificada por Orden de 31 de julio del mismo año, por la que se delegan competencias en materia de subvenciones, y en relación con el Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Se convocan para el ejercicio 2014 subvenciones para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigida a asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones, federaciones y confederaciones asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía, por procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en la Orden de 29 de agosto de 2014.
2. Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden de 29 de agosto de 2014, serán los establecidos en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen, que conforme al Plan de la Secretaría General de Consumo, se referirán a los derechos de las personas consumidoras y usuarias en materia de:
a) Para la Línea 1, las actividades dirigidas a la materia del sector de suministros básicos, luz, gas y agua, materias del sector bancario y las materias relacionadas con el sector de las telecomunicaciones.
b) Para la Línea 2, las actividades dirigidas al fomento del asociacionismo y el consumo de los servicios ofrecidos por los medios de comunicación social.
c) Para la Línea 3, las actividades de información y difusión sobre consumo, comercialización, retirada y destrucción de alimentos que respondan a las necesidades básicas de las personas consumidoras.

Segundo. Financiación y cuantías.
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, con cargo a los créditos presupuestarios de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales correspondientes a las siguientes aplicaciones presupuestarias:
0.1.09.00.01.00.486.01.44H.3
0.1.09.00.01.00.470.00.44H.8 
0.1.09.00.01.00.484.05.44H.5, 
siendo la cuantía máxima de 1.491.035 euros, que serán distribuidas en las siguientes líneas de actuación:
Línea 1: Subvenciones, en materia de consumo, a Asociaciones y Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Andalucía: 585.970,00 euros.
Línea 2: Subvenciones, en materia de consumo, a Federaciones y Confederaciones de Asociaciones u Organizaciones de personas consumidoras y usuarias que realicen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Andalucía: 635.065,00 euros.
Línea 3: Subvenciones para la realización de actividades para el impulso y promoción del consumo responsable y solidario como elemento de transformación social: 270.000 euros.
La Secretaría General de Consumo distribuirá en el ámbito provincial los créditos disponibles, para lo que se tendrá en cuenta el tamaño poblacional, el número total de solicitudes y la cuantía total a subvencionar solicitada por las entidades en cada provincia.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de las aplicaciones presupuestarias siguientes:
Líneas/ Aplicación presupuestaria/ Crédito: 
-Línea 1-Asociaciones/ 0.1.09.00.01.00.486.01.44H.3/ 575.970,00 €.
-Línea 2-Federaciones de Asociaciones/ 0.1.09.00.01.00.486.01.44H.3/ 625.065,00 €.
-Linea 1-Cooperativas de Consumo/ 0.1.09.00.01.00.470.00.44H.8/ 10.000,00 €.
-Línea 2-Federaciones de Cooperativas de Consumo/ 0.1.09.00.01.00.470.00.44H.8/ 10.000,00 €.
-Línea 3-Consumo Responsable/ 0.1.09.00.01.00.484.05.44H.5/ 270.000,00 €.

Tercero. Solicitudes.
Las solicitudes de las subvenciones se presentarán conforme al formulario que figura como Anexo I de la Orden de 29 de agosto de 2014. Tanto esta solicitud como el formulario-Anexo II se podrán obtener en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la página web de la propia Consejería, en la dirección: http:/www.juntadeandalucia.es/administracionlocalyrelaciones.

Cuarto. Plazo.
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a su publicación en BOJA hasta el día 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive.

Quinto. Previsión de disponibilidad de nuevos créditos.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.

Sexto. Bases reguladoras.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 29 de agosto de 2014.

Séptima. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 1 de septiembre de 2014, por la Secretaria General, Dolores Muñoz Carrasco.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 178, de 12/09/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 8 y 9).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

MODIFICACIÓN PROGRAMAS DE CONSUMO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2014

Mediante la Resolución de 15 de septiembre de 2014, de la Secretaría General de Consumo, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se modifica la Resolución de 1 de septiembre de 2014 por la que se convocan, para el ejercicio 2014, las subvenciones previstas en la Orden de 29 de agosto de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de programas en materia de consumo, el fomento del asociacionismo y las actuaciones para impulsar la promoción de un consumo responsable y solidario, dirigido a asociaciones, organizaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones y organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Andalucía (BOJA número 178, de 12.9.2014).

Por la presente se modifica la Resolución de 1 de septiembre de 2014, procediendo a su corrección en los siguientes términos:

En el artículo 1.2:
Donde dice: «Los conceptos subvencionables de la presente convocatoria, al amparo de la Orden de 29 de agosto de 2014, serán los establecidos en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen, que conforme al Plan de la Secretaría General de Consumo, se referirán a los derechos de las personas consumidoras y usuarias en materia de:
a) Para la Línea 1, las actividades dirigidas a la materia del sector de suministros básicos, luz, gas y agua, materias del sector bancario y las materias relacionadas con el sector de las telecomunicaciones.
b) Para la Línea 2, las actividades dirigidas al fomento del asociacionismo y el consumo de los servicios ofrecidos por los medios de comunicación social.
c) Para la Línea 3, las actividades de información y difusión sobre consumo, comercialización, retirada y destrucción de alimentos que respondan a las necesidades básicas de las personas consumidoras.»
Debe decir: «Sin perjuicio de la valoración del resto de las actividades del Programa de Actividades Subvencionables, se considerarán conformes al plan de la Secretaría General de Consumo en la presente convocatoria, según lo establecido en el apartado 12.a) de los Cuadros Resumen de la Orden de 29 de agosto de 2014, aquellas que estén referidas a las siguientes materias:
a) Para la Línea 1, las actividades dirigidas a la materia del sector de suministros básicos, luz, gas y agua, materias del sector bancario y las materias relacionadas con el sector de las telecomunicaciones. 
b) Para la Línea 2, las actividades dirigidas al fomento del asociacionismo y el consumo de los servicios ofrecidos por los medios de comunicación social.
c) Para la Línea 3, las actividades de información y difusión sobre consumo, comercialización, retirada y destrucción de alimentos que respondan a las necesidades básicas de las personas consumidoras.»

En el artículo 4:
Donde dice: «El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a su publicación en BOJA hasta el día 30 de septiembre de 2014, ambos inclusive».
Debe decir: «El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a su publicación en BOJA hasta el día 6 de octubre de 2014, ambos inclusive».

Firmada en Sevilla, a 15 de septiembre de 2014, por la Secretaria General, Dolores Muñoz Carrasco.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 183, de 19/09/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 9).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)