lunes, 27 de julio de 2015

INFOEMPLEO: CONCESIÓN AYUDAS JUVENTUD PROGRAMA ERASMUS+ (ESPAÑA) RESOLUCIÓN 21/4/2015

Mediante la Resolución de 21 de abril de 2015, del Instituto de la Juventud del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad del Gobierno de España, se publican las ayudas concedidas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero (BOE núm. 45, del 21), por la que se establecen las bases reguladoras para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del capítulo de Juventud del Programa «Erasmus+», y en la Resolución de 22 de enero de 2015, por la que se convoca la concesión de ayudas para 2014 (BOE núm. 22, del 26) se ha procedido, a propuesta del Comité de Evaluación de fecha 26 de marzo de 2015, por parte de esta Dirección General, a la concesión de las ayudas convocadas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 26.101.232A.455 (36.354 euros) 26.101.232A.465 (462.525,66 euros), 26.101.232A.475 (93.233 euros) y 26.101.232A.485 (2.557.821,02 euros), correspondientes al plazo de solicitud de 4 de febrero de 2015. Por dicho motivo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Orden citada, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las ayudas concedidas, que se relacionan en el anexo de esta Resolución.
Mediante comunicación individualizada se notificarán a los solicitantes las resoluciones dictadas.
Firmada en Madrid, a 21 de abril de 2015, por el Director General del Instituto de la Juventud, Rubén Urosa Sánchez.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 120, de 20/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5585, páginas 43090-43099).





José Luis Ares Cea (docente)

GRADUADO EN INGENIERÍA ELÉCTRICA DE UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA): RECTIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 27/4/2015

Mediante la Resolución de 27 de abril de 2015, de la Universidad de Huelva (España), por la que se corrigen errores en la de 3 de marzo de 2011, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Ingeniería Eléctrica.

Advertidos errores en la Resolución de 3 de marzo de 2011, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Plan de Estudios de Graduado en Ingeniería Eléctrica, «BOE» número 118, de fecha 18 de mayo de 2011, páginas 50050 a 50052, se transcribe a continuación la oportuna rectificación.

Incluir el párrafo siguiente antes de la tabla Distribución Temporal de Asignaturas Optativas que consta en la página 50052 del «BOE» de 18 de mayo de 2011:

«El alumnado deberá tener superados el total de créditos optativos de entre las asignaturas optativas ofertadas, independientemente de su ubicación temporal dentro de cada curso y cuatrimestre.»
Firmada en Huelva, a 27 de abril de 2015, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 117, de 16/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5435, página 42272).





José Luis Ares Cea (docente)


GRADUADO EN INGENIERÍA INFORMÁTICA DE UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA): RECTIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 27/4/2015

Mediante la Resolución de 27 de abril de 2015, de la Universidad de Huelva (España), se corrigen errores en la de 3 de marzo de 2011, por la que se publica el plan de estudios de Graduado en Ingeniería Informática.

Advertidos errores en la Resolución de 3 de marzo de 2011, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Plan de Estudios de Graduado en Ingeniería Informática, «BOE» número 118, de fecha 18 de mayo de 2011, páginas 50059 a 50064, se transcribe a continuación la oportuna rectificación. Incluir el párrafo siguiente antes de la tabla Distribución Temporal de Asignaturas Optativas que consta en la página 50063 del «BOE» de 18 de mayo de 2011:

«El alumnado deberá tener superados el total de créditos optativos de entre las asignaturas optativas ofertadas, independientemente de su ubicación temporal dentro de cada curso y cuatrimestre.»
Firmada en Huelva, a 27 de abril de 2015, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 117, de 16/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5436, página 42273).





José Luis Ares Cea (docente)

GRADUADO EN INGENIERÍA QUÍMICA INDUSTRIAL DE UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA): RECTIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 27/4/2015

Mediante la Resolución de 27 de abril de 2015, de la Universidad de Huelva (España), por la que se corrigen errores en la de 3 de marzo de 2011, se publica el plan de estudios de Graduado en Ingeniería Química Industrial.

Advertidos errores en la Resolución de 3 de marzo de 2011, de la Universidad de Huelva, por la que se publica el Plan de Estudios de Graduado en Ingeniería Química Industrial, «BOE» número 118, de fecha 18 de mayo de 2011, páginas 50068 a 50071, se transcribe a continuación la oportuna rectificación. Incluir el párrafo siguiente antes de la tabla Distribución Temporal de Asignaturas Optativas que consta en la página 50070 del «BOE» de 18 de mayo de 2011:

«El alumnado deberá tener superados el total de créditos optativos de entre las asignaturas optativas ofertadas, independientemente de su ubicación temporal dentro de cada curso y cuatrimestre.»
Firmada en Huelva, a 27 de abril de 2015, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 117, de 16/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5347, página 42274).





José Luis Ares Cea (docente)

MÁSTER EN DIRECCIÓN DE EMPRESAS (MBA) DE UNIVERSIDAD SAN JORGE (ZARAGOZA, ESPAÑA): MODIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 27/4/2015

Mediante la Resolución de 27 de abril de 2015, de la Universidad San Jorge (Zaragoza, España), se publica el plan de estudios de Máster en Dirección de Empresas.

De conformidad con lo que dispone el artículo 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se establece el procedimiento para la modificación de planes de estudio ya verificados, y tras haber obtenido informe en términos favorables de la ANECA a dicha solicitud, este Rectorado ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios del Máster Universitario en Dirección de Empresas que queda estructurado en un plan de estudios impartido en castellano y un plan de estudios impartido en inglés conforme figura en el anexo de esta Resolución.
Firmada en Zaragoza, a 27 de abril de 2015, por el Rector, Carlos Pérez Caseiras.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5552, páginas 42857 y 42858).


José Luis Ares Cea (docente)


INFORME AMBIENTAL ESTRATÉGICO PROGRAMA FEDER 2007/13 CATALUÑA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 30 de abril de 2015, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se formula informe ambiental estratégico del programa Modificación del Programa Operativo FEDER de Cataluña 2007-2013.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en su artículo 6.2, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El citado artículo 6.2 especifica que, entre otros supuestos, las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el artículo 6.1 serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo V.

A su vez, el artículo 5.2.f) de la Ley de Evaluación Ambiental define como modificación menor los cambios en las características de los planes o programas ya adoptados o aprobados que no constituyen variaciones fundamentales de las estrategias, directrices y propuestas o de su cronología pero que producen diferencias en los efectos previstos o en la zona de influencia.

El Programa Modificación del Programa Operativo FEDER de Cataluña 2007-2013 (PO FEDER de Cataluña) se encuentra encuadrado en el artículo 6.2. apartado a) de la Ley de Evaluación Ambiental.

El PO FEDER de Cataluña, para el periodo 2007-2013, fue sometido a un procedimiento de evaluación ambiental estratégica sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Esta evaluación culminó con la aprobación del documento de Memoria Ambiental por Resolución Conjunta, de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Economía y Hacienda.

Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:
1. Características principales del Programa Operativo FEDER:
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) tiene como principal objetivo el corregir los desequilibrios económicos y sociales que aún persisten en determinadas regiones de la Unión Europea.
El cumplimiento de este objetivo se persigue mediante distintas acciones que incluyen ayudas directas a las empresas para la creación de empleo, la financiación de iniciativas de desarrollo y de cooperación local y regional e inversiones en infraestructuras, fundamentalmente en aquellas relacionadas con la investigación y la innovación, las telecomunicaciones, el medio ambiente, la energía y el transporte.
Estas acciones se estructuran en ejes prioritarios y, en cada Comunidad Autónoma, se presupuestan para periodos plurianuales dando lugar a los denominados Programas Operativos FEDER (PO FEDER).

2. Objeto y descripción de la modificación del programa:
El PO FEDER de Cataluña fue aprobado por decisión de la Comisión C (2007) 6308, de 21 de diciembre de 2007, y modificado por decisión de la Comisión C (2012) 7826 final, de 7 de noviembre de 2012.
La propuesta de reprogramación consiste principalmente en una redistribución de recursos entre ejes, con disminución de 2,63 millones de euros de ayuda comunitaria en el eje 2 Medio ambiente y prevención de riesgos y un aumento, de 2,55 millones de euros de ayuda, en el eje 4 Desarrollo sostenible local y urbano y de 79.000 euros de ayuda, en el eje 3 Recursos energéticos y acceso a servicios de transporte.
La reprogramación propuesta considera también una reasignación de recursos entre temas de un mismo eje prioritario, dentro de los ya mencionados ejes 3 y 4, así como en el eje 1, Economía del conocimiento e innovación y desarrollo empresarial.
Concretamente, en el eje 3, se transfieren algo más de 13 millones de euros de transporte multimodal a transporte urbano y en el eje 4 aumenta, en unos 4 millones de euros, la ayuda del tema protección y conservación del patrimonio cultural disminuyendo, en unos 1,7 millones de euros, la ayuda del tema proyectos integrados para la regeneración urbana y rural.
En el eje 1 aumenta, en unos 6,2 millones de euros, la ayuda destinada a infraestructura de I+DT (instalaciones, instrumentos y redes informáticas de alta velocidad para conexión de centros de investigación) y, en unos 5,4 millones de euros, la destinada a tecnologías de la información y la comunicación. Estas ayudas, dentro del eje 1, se transfieren fundamentalmente desde los temas transferencia de tecnología y mejora de las redes de cooperación entre pequeñas empresas (PYME), así como entre éstas y otras empresas y universidades, centros de enseñanza postsecundaria de todo tipo, autoridades regionales, inversión en empresas directamente relacionadas con la investigación y la innovación (tecnologías innovadoras, creación de nuevas empresas por parte de las universidades, centros y empresas de I+DT existentes, etc.), otras inversiones en empresas y otras medidas destinadas a fomentar la I+D+i y el espíritu emprendedor en las PYME.
Estas variaciones no suponen modificación de la ayuda total prevista para el Programa que se mantiene en algo más de 679 millones de euros.
La propuesta de reprogramación fue presentada y aprobada por el Comité de Seguimiento del Programa en su reunión de 26 de junio de 2014.

3. Consultas realizadas:
La Ley de Evaluación Ambiental establece, en sus artículos 30 y 31 que, previamente a la formulación del Informe Ambiental Estratégico, el órgano ambiental realice consultas orientadas a conocer si el Programa a evaluar puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
En el caso de la modificación del PO FEDER de Cataluña la consulta se ha realizado en los meses de marzo y abril de 2015, a las siguientes administraciones públicas afectadas y personas interesadas:
Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Administración General del Estado.
-Subdirección General de Infraestructuras y Tecnologías del Agua de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
-Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Generalitat de Cataluña.
-Dirección General de Políticas Ambientales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
-Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural: X (respuesta recibida).
-Dirección General Salud Pública del Departamento de Salud.
-Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio del Departamento de Cultura: X.

Relación de consultados/ Respuestas recibidas: Otros.
-Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP): X.
-UGT.
-CCOO.
-CEPYME.
-CEOE.ç
-SEO/Birdlife.
-WWF/Adena.
-Ecologistas en Acción.

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Generalitat de Cataluña informa que la reprogramación prevista no implica afectaciones en el ámbito del Medio Natural que hagan necesario someter la misma a un proceso de evaluación ambiental.
La Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio de la Generalitat de Cataluña considera que las modificaciones del programa no comportan efectos negativos sobre los bienes de patrimonio cultural y, en consecuencia, lo informa favorablemente.
La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), comunica que no tiene observaciones que realizar.

4. Análisis según criterios del anexo V:
La modificación del PO FEDER de Cataluña 2007-2013 es, en esencia, una redistribución de fondos entre temas de un mismo eje prioritario por cuyo contenido y alcance económico no se deduce que puedan producirse, previsiblemente, efectos ambientales significativos.
Por otro lado, la modificación del programa propuesto no introduce cambios que supongan la alteración de la estructura fundamental del programa original, ni supone un nuevo esquema que altere de manera importante y esencial las líneas y criterios básicos del Programa ya evaluado en 2007.
Se deberán cumplir los criterios de priorización de las actividades cofinanciables y las condiciones de exclusión que contempla la Memoria Ambiental, aprobada por Resolución Conjunta, de 21 de mayo de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve de acuerdo con la evaluación ambiental estratégica simplificada practicada según la Sección 2ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental, y el análisis realizado de conformidad con los criterios establecidos en su Anexo V, no es previsible que el programa Modificación del programa operativo FEDER de Cataluña 2007-2013, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente propuesta de Resolución de Informe Ambiental Estratégico, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación de la evaluación ambiental estratégica ordinaria prevista en la Sección 1ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.
De conformidad con el artículo 31.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe ambiental estratégico no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el plan o programa, o bien, sin perjuicio de los que procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso, de aprobación del plan o programa.
Firmada en Madrid, a 30 de abril de 2015, por el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 118, de 18/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5479, páginas 42375-42378).


Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

GRADUADO EN NUTRICIÓN HUMANA Y DIETÉTICA DE UNIVERSIDAD CATÓLICA SAN ANTONIO (MURCIA, ESPAÑA): MODIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 30/4/2015

Mediante la Resolución de 30 de abril de 2015, de la Universidad Católica San Antonio (España), se modifica el plan de estudios de Graduado en Nutrición Humana y Dietética.

Obtenida la verificación de la modificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, de conformidad con el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, previo informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) de fecha 25 de julio de 2013, y para cumplir con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, este Rectorado resuelve publicar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del Título de Graduado o Graduada en Nutrición Humana y Dietética por la Universidad Católica San Antonio, que se recoge en el Anexo de esta Resolución.
Firmada en Murcia, a 30 de abril de 2015, por la Rectora, Josefina García Lozano.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 121, de 21/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5628, páginas 43354-43356).


José Luis Ares Cea (docente)