viernes, 14 de noviembre de 2014

REFRANERO QUESERO-64

"Aceitunas, pan y queso tienen la Corte en peso" 


Fuente: La actividad quesera, por su antigüedad y su amplia distribución geográfica en la mayoría de los países del mundo, cuenta con un refranero muy rico, donde las frases, dichos, comentarios, consejos, experiencias, se entremezclan armoniosamente con los nombres de las tareas realizadas diariamente y con las singulares denominaciones que identifican a los útiles y aperos tradicionales empleados en las distintas regiones rurales. Muchas de estas frases son de origen desconocido, por lo que al publicarlas en esta sesión del blog, es mi intención difundirlas entre los que trabajan en este sector y en la sociedad en su conjunto, a modo de modesto pero merecido reconocimiento a sus creadores y, al mismo tiempo, conservar estas auténticas joyas de la sabiduría popular para hacerlas llegar a las generaciones presentes y futuras. Incluso, ocasionalmente, se presentan en este refranero quesero, algunas aportaciones personales, con gran osadía por mi parte (recopilación de José Luis Ares y Antonio de la Rosa).

FORMACIÓN DE EMPLEADOS PÚBLICOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES 2014


Mediante la Resolución de 25 de agosto de 2014, del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía (España), se convocan para el ejercicio 2014, las subvenciones reguladas por la Orden de 28 de julio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

La Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 28 de julio de 2014, aprobó las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y en el artículo 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en el marco de las citadas bases reguladoras, corresponde a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la convocatoria de la presente línea de subvenciones.

En virtud de la referida habilitación, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección por el artículo 12 de los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por el Decreto 277/2009, de 16 de junio, a propuesta de la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2014 la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, a que se refiere la citada Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014.

Segundo. Solicitudes y utilización de medios telemáticos.
1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, http: // www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica, a través del Portal FEDAP. A efectos de este procedimiento, la fecha de presentación de la solicitud será la que quede acreditada en dicho portal. Para ello es necesario que la entidad promotora esté previamente registrada en aquél. 
2. El acceso a dicho portal podrá hacerse introduciendo los dígitos de usuario y contraseña facilitados por el portal para registrarse, o bien mediante el DNI electrónico o un certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 15 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
3. El estado de tramitación del procedimiento de estas ayudas podrá ser consultado por las entidades interesadas, previa identificación, a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, en la citada dirección web, en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Financiación y criterios de concesión.
1. A las subvenciones objeto de la presente convocatoria se destinará una cuantía total máxima de 1.765.880 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.10.31.18.00.460.00.12B.0 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2014.
2. En todo caso, la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria estará limitada por las disponibilidades presupuestarias.
3. Para la concesión de estas subvenciones se ponderarán como criterios principales de cuantificación, en los términos previstos en las bases reguladoras, el relativo al número total de empleados que integren la plantilla o plantillas de las entidades locales a que se refiera el plan y el grado ejecución de las ayudas percibidas en el ejercicio anterior.

Quinto. Distribución de créditos, criterios y módulos aplicables.
Se adjunta como Anexo a la presente Resolución el Acuerdo de la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía, de fecha 24 de julio de 2014, en el que, además de proponer la presente convocatoria, constan, entre otros, los siguientes extremos:
- La distribución cuantitativa entre los distintos grupos de beneficiarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de las bases reguladoras.
- Los módulos de coste medio por persona destinataria y hora de formación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5.4 de las bases reguladoras.

Sexto. Procedimiento de concesión.
Los requisitos y el procedimiento de concesión serán los establecidos en la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 28 de julio de 2014, por la que se establecen las correspondientes bases reguladoras, sin perjuicio de la aplicación del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y demás normas de aplicación.

Séptimo. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 25 de agosto de 2014, por la Directora, Concepción Becerra Bermejo.

ANEXO
ACUERDO DE 24 DE JULIO DE 2014, DE LA COMISIÓN PARITARIA DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE ANDALUCÍA, PARA LA GESTIÓN DE LOS FONDOS DE FORMACIÓN DEL PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE ANDALUCÍA, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE FORMACIÓN PARA EL EMPLEO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
La modificación del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013, para su adaptación a lo dispuesto en las sentencias del Tribunal Constitucional relativas a competencias autonómicas sobre la formación de los empleados públicos en la Administración Local, regula en su artículo 18 la creación de una Comisión Paritaria de Formación Local en cada una de las Comunidades Autónomas, entre cuyas funciones se encuentra la de «velar por el cumplimiento del Acuerdo en el ámbito correspondiente» y se establece que «serán las responsables de proponer, en su caso, la convocatoria de ayudas dirigidas a los promotores de la administración local de su ámbito correspondiente».
El Decreto 98/2014, de 10 de junio, por el que se modifican los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobados por el Decreto 277/2009, de 16 de junio, y se crean las Comisiones Paritarias de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en Andalucía, crea y regula la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía, en su Capítulo II, estableciendo en el artículo 5.3, entre sus funciones, las de «velar por el cumplimiento del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas en el ámbito de la Administración Local de Andalucía» y «proponer la convocatoria de ayudas dirigidas a promotores de la Administración Local de Andalucía, elevando dicho acuerdo al Instituto Andaluz de Administración Pública para su aprobación y publicación».
Esta Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía se ha constituido en sesión celebrada el día 24 de julio de 2014. En la sesión ordinaria celebrada a continuación el mismo día 24 de julio de 2014, se ha sometido a su conocimiento la propuesta de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. En la mencionada propuesta de Orden se establece la necesidad de un acuerdo de distribución, por parte de esta Comisión, de los fondos transferidos por el Instituto Nacional de Administración Pública a la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre los planes promovidos por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y las Federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico legalmente constituidas y los promovidos por entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía reconocidas por la legislación de régimen local.
Así, dado que la asunción de la nueva competencia por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha exigido la modificación de los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública y la creación formal de la Comisión Partidaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía, lo que ha tenido lugar en virtud del Decreto 98/2014, antes mencionado y, a su vez, ha resultado necesaria la elaboración y tramitación de la correspondiente Orden, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, lo que ha supuesto un retraso en la convocatoria de las mismas respecto a ejercicios anteriores. Es por lo que, a fin de no acumular más demora y hacer posible la ejecución de los planes que se financien, que deben realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de concesión, y en previsión de la aprobación y publicación definitiva de la mencionada Orden, por unanimidad, se propone la convocatoria para el ejercicio 2014 de las subvenciones a que dicha Orden se refiere.
Asimismo se dispone, por unanimidad, el siguiente Acuerdo de distribución de fondos para el ejercicio 2014: 
«Para el ejercicio 2014 el importe transferido por el Instituto Nacional de Administración Pública a la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la financiación de los planes de formación para el empleo referentes a las Administraciones Locales de Andalucía, asciende a 1.765.880 euros y tendrá la siguiente distribución:
- Para los planes interadministrativos, promovidos por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias u otras Federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico legalmente constituidas, el importe asignado será del 25% del crédito transferido, esto es, 441.470 euros.
- Para los planes unitarios promovidos por las Entidades Locales y agrupados promovidos por Entidades Locales o por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y las Federaciones o asociaciones de entidades locales de ámbito autonómico legalmente constituidas, el importe asignado será del 75% del crédito transferido, cifrado en 1.324.410 euros.»
Asimismo, en la propuesta de Orden, se establece que «la Comisión Paritaria fijará, atendiendo a la modalidad de impartición de la formación y al nivel de formación, módulos de coste medio por persona destinataria y hora de formación, de modo que la cuantía máxima subvencionable de cada acción formativa incluida en el Plan no podrá exceder del resultado de multiplicar el modulo que proceda por el número de horas del curso y por el número de personas destinatarias, incrementado en un 15 por ciento». Así, y en previsión de la aprobación y publicación definitiva de la Orden, se acuerda la fijación, para su aplicación en el ejercicio 2014, de los siguientes módulos de coste medio de formación:
Modalidad de impartición:
-Presencial:  7 euros.
-Teleformación: 3,5 euros.
La aplicación de este acuerdo queda condicionada a la aprobación y publicación de la Orden referida.
Por otra parte, el citado Decreto 98/2014, de 10 de junio, en su Capítulo II , artículo 5, punto 4, establece la existencia en el seno de la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía de un Comité Técnico Paritario, integrado por los representantes de la Federación de Entidades Locales de ámbito autonómico con mayor implantación en el territorio andaluz y de las organizaciones sindicales con presencia en la Comisión.
Así en esta sesión, la Comisión Paritaria de Formación para el Empleo de la Administración Local de Andalucía, en el ámbito de sus competencias, acuerda por unanimidad la constitución del referido Comité Técnico Paritario, integrado por tres representantes de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias y tres representantes de las organizaciones sindicales, uno por CSIF, uno por UGT y uno por CC.OO.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 170, de 2/09/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 6-8).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

PROGRAMA EMPLEO AGRARIO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): SUBVENCIONES DIPUTACIONES PROVINCIALES 2014

Mediante la Resolución de 25 de agosto de 2014, de la Dirección General de Administración Local, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía (España), se hacen públicas las subvenciones concedidas a Diputaciones Provinciales Andaluzas, en el Marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario 2014.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se hacen públicas las subvenciones otorgadas en el ejercicio 2014, al amparo de la Orden de 17 de junio de 2014, de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, por la que se determinan las normas reguladoras para la concesión de subvenciones por la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiación de los costes de adquisición de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario 2014, y se efectúa su convocatoria:

ENTIDAD BENEFICIARIA/ FINALIDAD/ IMPORTE:
-Diputación Provincial de Almería/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 2.536.637,42 €.
-Diputación Provincial de Cádiz/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 4.671.191,84 €.
-Diputación Provincial de Córdoba/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 6.806.678,34 €.
-Diputación Provincial de Granada/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 6.023.605,89 €.
-Diputación Provincial de Huelva/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 3.680.657,73 €.
-Diputación Provincial de Jaén/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 5.678.887,63 €.
-Diputación Provincial de Málaga/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 4.922.560,36 €.
-Diputación Provincial de Sevilla/ PFEA 2014 – Coste de materiales/ 9.993.665,21 €.

Estas subvenciones se financian con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.09.00.01.00.76300.81A.4, por un importe de 9.305.915,73 euros, y 3.1.09.00.01.00.76300.81A.7.2015, por un importe de 35.007.968,69 euros.
Firmada en Sevilla, a 25 de agosto de 2014, por el Director General, Francisco Javier Camacho González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 176, de 10/08/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, página 30).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: ACREDITACIÓN PROFESORADO UNIVERSITARIO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA) DESIGNACIÓN DE COMITÉS TÉCNICOS 2014

Mediante la Resolución de 6 de noviembre de 2014, de la Agencia Andaluza del Conocimiento, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se hace pública la composición de los Comités Técnicos designados para la evaluación de las solicitudes de acreditación de las figuras contractuales del profesorado del Sistema Universitario Andaluz. 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Conocimiento, aprobados por Decreto 92/2011, de 19 de abril, y de conformidad con lo previsto en el punto 2.4 de la Resolución de 15 de diciembre de 2005, de la entonces Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, cuyas competencias corresponden actualmente a la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, por la que se establece el procedimiento de evaluación para las figuras contractuales del profesorado del Sistema Universitario Andaluz y con la finalidad de facilitar y completar la difusión prevista en el punto 2.2 de la Resolución citada, procede hacer pública la nueva composición de los distintos Comités Técnicos encargados de la evaluación de las solicitudes de acreditación para las distintas figuras contractuales de profesorado del Sistema Andaluz de Universidades, de acuerdo con los nombramientos realizados por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento.

En consecuencia, esta Secretaría General resuelve lo siguiente:
Publicar la composición de los Comités Técnicos encargados de realizar las preceptivas evaluaciones de las solicitudes de acreditación para las distintas figuras contractuales de profesorado del Sistema Andaluz de Universidades, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 43 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueban el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, conforme a los nombramientos realizados al efecto por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, para los distintos campos de conocimiento a evaluar y que quedan integrados de la forma que sigue:

-CIENCIAS EXPERIMENTALES Y DE LA VIDA:
Presidente: Florentino de Lope Rebollo.
Vocal: Encarnación Rodríguez Gonzalo.
Vocal: Carmen Sánchez Ávila.

-CIENCIAS DE LA SALUD:
Presidente: Aurelio Luna Maldonado.
Vocal: Paula Oliver Vara.
Vocal: Eulogio Valentín Gómez.

-CIENCIAS DE LA INGENIERÍA Y LA ARQUITECTURA:
Presidenta: Rosa Oria Almudí.
Vocal: Santiago Celma Pueyo.
Vocal: Vicente Navarro Gámir.

-CIENCIAS SOCIALES:
Presidente: Miguel Ángel Vallejo Pareja.
Vocal: Pedro Guerrero Ruiz.
Vocal: Isabel de la Torre Prados.

-CIENCIAS JURÍDICAS, ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES:
Presidente: Fernando Reviriego Picón.
Vocal: Mercedes Gómez Adanero.
Vocal: Diego Quer Ramón.

-HUMANIDADES:
Presidente: Francisco Collado Rodríguez.
Vocal: Lourdes Gordillo Álvarez-Valdés.
Vocal: Antonio Urquizar Herrera.

-COMITÉ DE RECURSOS:
Presidente: Ángel Rodriguez-Vergara Díaz.
Vocal: Baltasar Cabezudo Artero.
Vocal: María Clemente Linuesa.
Vocal: Alberto Losada Villasante.
Vocal: Mercedes Salaices Sánchez.
Vocal: Miguel Ángel Zalama Rodríguez.

Firmada en Sevilla, a 6 de noviembre de 2014, por el Secretario General, Pedro Bisbal Aróztegui.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 221, de 12/11/2014 (apartado 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias, páginas 14 y 15).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

ESTUDIOS DE MÁSTER UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (ESPAÑA): PLANES DE ESTUDIOS OFICIALES 2014

Mediante la Resolución de 27 de octubre de 2014, de la Universidad de Málaga (España), se publican Planes de Estudios de Máster Universitario.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades y en el artículo 13 del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, que modifica el artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 30 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; una vez obtenida la verificación de los Planes de Estudios por el Consejo de Universidades el 25 de julio de 2014, previos informes positivos de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA) de la Junta de Andalucía, y establecido el carácter oficial del título por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014, por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Máster y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (publicado en el BOE de 18 de octubre de 2014).

Este Rectorado ha resuelto ordenar la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», de los Planes de Estudios conducentes a la obtención de los siguientes títulos oficiales:
– Máster Universitario en Abogacía por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Análisis Económico y Empresarial por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Análisis y Gestión Ambiental por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Biología Evolutiva por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Ciencias Actuariales y Financieras por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Dirección y Gestión de Marketing Digital por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Diversidad Biológica y Medio Ambiente por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Filosofía, Ciencia y Ciudadanía por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Ingeniería Industrial por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Ingeniería Informática por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Ingeniería de Telecomunicación por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Patrimonio Histórico y Literario de la Antigüedad por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Producción Artística Interdisciplinar por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Psicología General Sanitaria por la Universidad de Málaga.
– Máster Universitario en Turismo Electrónico: Tecnologías Aplicadas a la Gestión y comercialización del Turismo / E-Tourism: Applying Technology to Tourism Management and Sales por la Universidad de Málaga.

Los Planes de Estudio a los que se refiere la presente resolución quedarán estructurados conforme figura en los Anexos de la misma. Firmada en Málaga, a 27 de octubre de 2014, por la Rectora, Adelaida de la Calle Martín.

ANEXOS (ver BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 222, de 13/11/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 43-59).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: CONTRATOS POSDOCTORALES INVESTIGACIÓN UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA) CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Universidad de Jaén (España), por la que se aprueba la convocatoria de contratos posdoctorales para el desarrollo de proyectos de investigación con cargo al Plan de Fortalecimiento de la Política de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén, financiada por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. FEDER (2014-2015).

El Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén es el instrumento de política científica que tiene la universidad para incentivar la actividad científica y tecnológica de sus investigadores. Los Planes desarrollados hasta la fecha han contribuido a la obtención de mejores resultados, no obstante, en este período de dificultades para la obtención de recursos, se hace más necesario el fortalecimiento de estas políticas propias para consolidar esta importante misión de la Universidad.

El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén y los indicadores del contrato programa suscrito con la Junta de Andalucía indican que nuestra Institución debe incidir en dos aspectos: la internacionalización y la transferencia. Con estas premisas, la Universidad de Jaén, en su Plan de Fortalecimiento de la I+D+I, entre otras líneas, considera la necesidad de potenciar la retención y captación de talento, mediante la incorporación de doctores en Grupos de Investigación, en los Centros de Estudios Avanzados y en el Instituto Universitario de Investigación de Arqueología Ibérica.

1. Objeto.
Las ayudas tienen como objetivo la contratación laboral temporal de doctores/as con una sólida trayectoria científica para que desarrollen un proyecto de investigación supervisado por un investigador tutor de la Universidad de Jaén. Estas ayudas tienen el doble propósito de captar y retener talento, por un lado, y por otro de fortalecer el potencial científico/técnico de los propios Grupos, Centros e Instituto de Investigación de la Universidad de Jaén mediante la realización de proyectos que refuercen sus líneas de investigación y transferencia. Esta acción también permitirá fomentar la actividad científica de excelencia facilitando la captación de fondos externos.

2. Normativa aplicable.
2.1. Las ayudas objeto de esta convocatoria están sometidas al Anexo de Gastos Subvencionables del Programa de Fortalecimiento de la I+D+i para las Universidades públicas de Andalucía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por el que se fijan los criterios del período de ejecución y de los gastos considerados subvencionables dentro de este Programa.
2.2. Programa Operativo FEDER Andalucía 2007-2013.
2.3. Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común, en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de la Unión, el cual en su artículo 31 considera compatibles las ayudas a proyectos de investigación y desarrollo, sí cumplen las condiciones establecidas en el mismo, determinando que es subvencionable el 100% del coste de la actividad dentro de la modalidad de costes de personal.
2.4. Las ayudas concedidas con cargo a esta convocatoria serán incluidas en la lista de beneficiarios que será objeto de publicación electrónica o por otros medios conforme a lo previsto en el artículo 6 del Reglamento 1828/2006. Por lo que los solicitantes, por el hecho de serlo, prestan su consentimiento para ser incluidos en la misma.
2.5. Además se atendrán a lo establecido en el Reglamento 1828/2006, de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, en particular en los artículos 8 y 9 que fijan los requisitos de información y publicidad.
2.6. En el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, El Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) 1260/1999.
2.7. En la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Ley 14/2011, de 1 de Junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; el Estatuto de los Trabajadores y demás normas comunitarias o nacionales de desarrollo o transposición de aquellas que le sean de aplicación.

3. Requisitos.
3.1. De los Grupos, Centros e Institutos de Investigación.
A efectos de la presente convocatoria, se entenderá por Grupo de Investigación todo aquel que haya obtenido a fecha 15 de septiembre de 2014 el reconocimiento de Grupo por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía. Los candidatos/as solo pueden presentar una solicitud, asociada a un Grupo de Investigación o Centro de Estudios Avanzados o Instituto Universitario de Investigación, bajo la supervisión de un investigador tutor miembro de algunas de estas estructuras. Estas estructuras solo podrán ser beneficiarios de una sola ayuda; además los investigadores tutores que compartirán la condición de investigador principal del proyecto de investigación presentado por el doctor/a solicitante, sólo podrán apoyar a un candidato o candidata. En el caso de incumplirse algunas de las condiciones anteriores se anularán todas las solicitudes presentadas afectadas por el incumplimiento y no podrán ser causa de subsanación.
3.2. De los solicitantes:
a) Que a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes se encuentren en posesión del grado de doctor. Se entenderá como fecha de obtención del grado de Doctor, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
b) Los títulos obtenidos en el extranjero, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
c) Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, o de un Estado para el que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
d) En el caso de no estar incluido en el apartado anterior, ser titular de un documento que les habilite a residir en España y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
e) No haber cumplido la edad de jubilación.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
h) Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.

4. Características e incompatibilidades.
4.1. Los contratos laborales tendrán la duración fijada en la Resolución de concesión de las ayudas, teniendo como fecha máxima de finalización el 30 de junio de 2015.
4.2. Los contratos se realizarán a tiempo completo bajo la modalidad de contratos para la realización de un proyecto de investigación. La fecha límite de incorporación de los candidatos/as que soliciten aplazamiento será el 1 de enero de 2015 y la fecha máxima la indicada en el párrafo anterior.
4.3. El coste mensual del contrato incluidas las cotizaciones sociales y el prorrateo de pagas extraordinarias asciende a 3.000 € mensuales. Además, los adjudicatarios podrán disponer de un ayuda adicional por un importe máximo de 5.000 € para los gastos de ejecución del proyecto de investigación asociado al contrato laboral.
4.4. La formalización de un contrato al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados, El disfrute del contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
4.5. El personal contratado no adquiere compromiso para la posterior incorporación a la plantilla de la Universidad de Jaén.
4.6. En el supuesto de que existan renuncias por el personal beneficiario de ayudas dentro de los 3 primeros meses a partir de la fecha de incorporación, el Vicerrectorado de I+D+I podrá incorporar al candidato o candidata siguiente en el orden de puntuación, por el tiempo que reste hasta el 30 de junio de 2015.
4.7. Se adjudicarán hasta un máximo de 11 contratos, dependiendo de la financiación disponible a través del Plan de Fortalecimiento de I+D+I para cubrir las obligaciones derivadas de la contratación de los adjudicatarios/as.
4.8. Los proyectos de investigación que acompañen las solicitudes de contrato, que podrán ser tanto de desarrollo de investigaciones en marcha, como de proyectos previos para preparar una solicitud posterior a convocatorias competitivas externas, o para impulso de la transferencia de la investigación serán codirigidos por el personal contratado y por el investigador tutor. Además podrán participar otros investigadores como miembros del equipo. La participación de personal investigador en esta acción no le computa a los efectos de participación en proyectos del Plan de Apoyo a la I+D+I de la Universidad de Jaén.

5. Financiación.
Las ayudas concedidas, con cargo a esta convocatoria son financiadas por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades 2014-2015 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Financiado por FEDER.

6. Solicitudes.
6.1. Los candidatos y candidatas deberán presentar su solicitud en el plazo de 10 días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
6.2. Las solicitudes se formalizarán en impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo I de esta Resolución, el cual podrá descargarse en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación http://www10.ujaen.es/conocenos/organos-gobierno/vicinv/Fortalecimiento-JA-FEDERposdoc. Dichas solicitudes, dirigidas a la Vicerrectora de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, se presentarán en el Registro General de la Universidad de Jaén, Campus las Lagunillas, Edificio Rectorado B-1, o por cualquier otro de los métodos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debiendo, en ese caso, comunicar tal circunstancia al Servicio de Gestión de la Investigación mediante copia escaneada al mail servinv@ujaen.es. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.
6.3. Una copia de la solicitud registrada será cargada en la aplicación on-line para la solicitud de las ayudas. El incumplimiento de este requisito supondrá la exclusión del proceso de solicitud del candidato/a.
6.4. Con la solicitud se deberán aportar la documentación oficial de los méritos científico-técnicos del candidato/a a través de la aplicación on-line para la solicitud de las ayudas http://www10.ujaen.es/conocenos/organos-gobierno/vicinv/Fortalecimiento-JA-FEDER-posdoc-solicitud. Los candidatos/as deberán aportar la documentación probatoria de los méritos alegados según lo establecido en el formulario que encontrará en dicha aplicación. El incumplimiento de este requisito supondrá la exclusión del proceso de solicitud del candidato/a. Los méritos del investigador/a tutor/a también deberán incluirse a través del formulario que encontrará en dicha aplicación, si bien en este caso no será preciso aportar documentación, salvo que no conste en el Servicio de Gestión de la Investigación, y le sea solicitada. Los certificados emitidos por el personal investigador que no tenga la competencia para su emisión no serán tenidos en cuenta para la valoración de méritos.
6.5. La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo al Baremo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.
6.6. Finalmente, los/las solicitantes deberán aportar un Memoria con Plan de Actividades Científico-Técnicas del proyecto asociado al contrato la cual contendrá el conjunto de actividades científico-técnicas a desarrollar por el equipo de investigación indicando los objetivos perseguidos y la justificación de la solicitud del proyecto. En dicha Memoria deberán indicarse los Gastos de funcionamiento. (No podrán superar los 5.000 € y deberán responder a los siguientes gastos elegibles: Gastos de material fungible, viajes y dietas, material bibliográfico. No serán gastos elegibles: la contratación de personal y la adquisición de material inventariable.)
6.7. Los candidatos seleccionados deberán presentar la documentación original de los méritos alegados que le sean requeridos, para la correspondiente formalización del contrato.

7. Criterios de Evaluación de los méritos.
7.1. Los méritos aportados por el candidato tendrán un peso del 80%, los del investigador-tutor tendrán un peso del 15%, y la Memoria del proyecto de investigación presentado será evaluada con un peso del 5%. La evaluación final será la suma ponderada de las puntuaciones obtenidas para cada uno de los tres apartados mencionados. Los méritos de los candidatos serán evaluados en base a la documentación acreditada en el formulario de solicitud. En el caso de los méritos, de los investigadores-tutores también se utilizaran los datos procedentes de los formularios. La Memoria del proyecto asociado al contrato será evaluada por la Comisión de Investigación.
7.2. La Comisión podrá proponer la no-provisión de alguna o todas las plazas convocadas sí, en la evaluación de los candidatos, observara que ninguno de ellos reúne los méritos suficientes para ser contratado.

8. Obligaciones de los beneficiarios.
8.1. Los beneficiarios deberán dar publicidad en sus actuaciones científicas: publicaciones, ponencias, actividades de difusión de resultados, así como cualquier otra que resulte de su actividad, al carácter público de la financiación de su contrato con referencia expresa a la financiación FEDER, Programa de Fortalecimiento de la I+D+I Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo 2014-2015.
8.2. Los beneficiarios están obligados a comunicar al Vicerrectorado de I+D+I cualquier causa de posible incompatibilidad.
8.3. También comunicarán al Vicerrectorado de I+D+I en el plazo máximo de 10 días naturales las renuncias, interrupciones y demás incidencias en el desempeño normal de las funciones.

9. Resolución.
9.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Estas Resoluciones, así como en todas las comunicaciones posteriores del procedimiento referidas a la presente convocatoria, serán publicadas en el Tablón Digital de la Universidad de Jaén y en el Tablón de Anuncios del Edificio del Rectorado del Campus de las Lagunillas.
9.2. La Comisión de Investigación de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria, seleccionará los candidatos/as que hayan obtenido mayor puntuación, y propondrá al Rector los beneficiaros a los que se les adjudicarán los contratos. La convocatoria será resuelta por el Rector de la Universidad de Jaén o Vicerrector/a en quien delegue, según la propuesta que realice la Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén que será el órgano responsable de la evaluación.
Firmada en Jaén, a 20 de octubre de 2014, por el Rector, Manuel Parras Rosa.

ANEXO I.
MODELO DE SOLICITUD (ver BOJA).
Convocatoria de Contratos posdoctorales para el desarrollo de proyectos de investigación con cargo al Plan de Fortalecimiento de la política de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén, financiada por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. FEDER (2014-2015).

ANEXO II.
BAREMO
A. EVALUACIÓN DE LOS CANDIDATOS (ver BOJA).

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 220, de 11/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 34-41).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

INFOEMPLEO: CONTRATOS DE TÉCNICOS DE APOYO UNIVERSIDAD DE JAÉN (ESPAÑA) CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Universidad de Jaén (España), por la que se aprueba la convocatoria de Contratos de Personal Técnico de Apoyo para el impulso de los Servicios Centrales de Apoyo a la Investigación con cargo al Plan de Fortalecimiento de la Política de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén, financiada por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (FEDER).

El Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén es el instrumento de política científica que tiene la universidad para incentivar la actividad científica y tecnológica de sus investigadores. Los Planes desarrollados hasta la fecha han contribuido a la obtención de mejores resultados, no obstante, en este período de dificultades para la obtención de recursos, se hace más necesario el fortalecimiento de estas políticas propias para consolidar esta importante misión de la Universidad.

El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén y los indicadores del contrato programa suscrito con la Junta de Andalucía indican que nuestra Institución debe incidir en dos aspectos: la internacionalización y la transferencia. Con estas premisas, la Universidad de Jaén, en su Plan de Fortalecimiento de la I+D+I, entre otras líneas, considera la necesidad de potenciar la retención y captación de talento, mediante la incorporación de personal técnico para el impulso de los Servicios Centrales de Apoyo a la Investigación y para la puesta en funcionamiento del laboratorio FABLAB.

Disposiciones comunes:
1. Objeto.
Las ayudas tienen como objetivo la contratación laboral temporal de 3 plazas de Personal Técnico de Apoyo con una sólida trayectoria científico-técnica para implementar nuevas metodologías y técnicas en los Servicios Centrales de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén; así mismo se pretende consolidar la oferta de trasferencia con la puesta en funcionamiento de un nuevo laboratorio para la fabricación y ensayo de prototipos (FABLAB) que vendría a cubrir esta importante misión de la universidad. Estas ayudas tienen el por tanto el propósito de fortalecer el potencial científico/técnico de los Grupos, Centros e Instituto de Investigación de la Universidad de Jaén mediante el impulso y puesta a disposición de los investigadores de nuevas prestaciones y tecnologías innovadoras en sus servicios centrales de apoyo a la investigación.
En el Anexo II de la presente Resolución se publican las plazas convocadas.

2. Normativa aplicable.
2.1. Las ayudas objeto de esta convocatoria están sometidas al Anexo de Gastos Subvencionables del Programa de Fortalecimiento de la I+D+i para las Universidades públicas de Andalucía de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía por el que se fijan los criterios del período de ejecución y de los gastos considerados subvencionables dentro de este Programa.
2.2. Programa Operativo FEDER Andalucía 2007-2013.
2.3. Reglamento (CE) 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común, en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado de la Unión, el cual en su artículo 31 considera compatibles las ayudas a proyectos de investigación y desarrollo, sí cumplen las condiciones establecidas en el mismo, determinando que es subvencionable el 100% del coste de la actividad dentro de la modalidad de costes de personal.
2.4. Las ayudas concedidas con cargo a esta convocatoria serán incluidas en la lista de beneficiarios que será objeto de publicación electrónica o por otros medios conforme a lo previsto en el artículo 6 del Reglamento 1828/2006. Por lo que los solicitantes, por el hecho de serlo, prestan su consentimiento para ser incluidos en la misma.
2.5. Además se atendrán a lo establecido en el Reglamento 1828/2006, de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, en particular en los artículos 8 y 9 que fijan los requisitos de información y publicidad.
2.6. En el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, El Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) 1260/1999.
2.7. En la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; El Estatuto de los Trabajadores y demás normas comunitarias o nacionales de desarrollo o transposición de aquellas que le sean de aplicación.

3. Requisitos de los solicitantes.
a) Que a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes se encuentren en posesión del título requerido para cada una de las plazas convocadas.
b) Los títulos obtenidos en el extranjero, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
c) Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea, o de un Estado para el que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
d) En el caso de no estar incluido en el apartado anterior, ser titular de un documento que les habilite a residir en España y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
e) No haber cumplido la edad de jubilación.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
h) Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.

4. Características e incompatibilidades.
4.1. Los contratos laborales tendrán la duración fijada en la Resolución de concesión de las ayudas, teniendo como fecha máxima de finalización el 30 de junio de 2015.
4.2. Los contratos se realizarán a tiempo completo bajo la modalidad de contratos por obra o servicio. La fecha límite de incorporación de los candidatos/as que soliciten aplazamiento será el 1 de enero de 2015 y la fecha máxima la indicada en el párrafo anterior.
4.3. El coste mensual del contrato incluidas las cotizaciones sociales y el prorrateo de pagas extraordinarias está fijado en cada una de las plazas convocadas en el Anexo II.
4.4. La formalización de un contrato al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados, El disfrute del contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
4.5. El personal contratado no adquiere compromiso para la posterior incorporación a la plantilla de la Universidad de Jaén.
4.6. En el supuesto de que existan renuncias por el personal beneficiario de ayudas dentro de los 3 primeros meses a partir de la fecha de incorporación, el Vicerrectorado de I+D+I podrá incorporar al candidato o candidata siguiente en el orden de puntuación, por el tiempo que reste hasta el 30 de junio de 2015.

5. Financiación.
Las ayudas concedidas, con cargo a esta convocatoria son financiadas por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades 2014-2015 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Financiado por FEDER.

6. Solicitudes.
6.1. Los candidatos y candidatas deberán presentar su solicitud en el plazo de 10 días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
6.2. Las solicitudes se formalizarán en impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo I de esta Resolución, el cual podrá descargarse de la aplicación on-line para la solicitud de las ayudas disponible en la página web del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación http://www10.ujaen.es/conocenos/organos-gobierno/vicinv/Fortalecimiento-JA-FEDER. Dichas solicitudes, dirigidas a la Vicerrectora de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, se presentarán en el Registro General de la Universidad de Jaén, o por cualquier otro de los métodos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debiendo, en ese caso, comunicar tal circunstancia al Servicio de Gestión de la Investigación mediante copia escaneada al mail servinv@ujaen.es. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.
6.3. Con la solicitud se deberá aportar la documentación oficial de los méritos Científico-Técnicos del candidato/a. Los candidatos/as deberán aportar la documentación probatoria de los méritos alegados según lo establecido en el baremo del Anexo II. La Comisión de Investigación no evaluará los méritos no acreditados documentalmente por los solicitantes o acreditados insuficientemente. Para la valoración de la Experiencia Profesional, ésta se acreditará mediante copias compulsadas de los contratos de trabajo, o contratos de servicios de autónomos y su correspondiente vida laboral emitida por la Seguridad Social y por los documentos oficiales que acrediten los conocimientos de las técnicas valoradas. Los certificados emitidos por el personal investigador que no tenga la competencia para su emisión no serán tenidos en cuenta para la valoración de méritos.
6.5. La evaluación de las solicitudes se realizará de acuerdo al baremo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.
6.6. Los candidatos seleccionados deberán presentar la documentación original de los méritos alegados que le sean requeridos, para la correspondiente formalización del contrato.
6.7. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

7. Evaluación de los méritos.
7.1. Los méritos aportados por el candidato serán evaluados por la Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén, de conformidad con los méritos del Baremo publicado en el Anexo II.
7.2. La Comisión de Selección puede acordar la celebración de entrevistas personales de los candidatos previa a la adjudicación de las plazas.
7.3. La Comisión podrá proponer la no-provisión de alguna o todas las plazas convocadas sí, en la evaluación de los candidatos, observara que ninguno de ellos reúne los méritos suficientes para ser contratado.

8. Obligaciones de los beneficiarios.
8.1. Los beneficiarios deberán dar publicidad en sus actuaciones al carácter público de la financiación de su contrato con referencia expresa a la financiación FEDER, Programa de Fortalecimiento de la I+D+I de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (2014-2015).
8.2. Los beneficiarios están obligados a comunicar al Vicerrectorado de I+D+I cualquier causa de posible incompatibilidad.
8.3. También comunicarán al Vicerrectorado de I+D+I en el plazo máximo de 10 días naturales las renuncias, interrupciones y demás incidencias en el desempeño normal de las funciones.

9. Resolución.
9.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución declarando aprobadas las listas provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Estas Resoluciones, así como en todas las comunicaciones posteriores del procedimiento referidas a la presente convocatoria, serán publicadas en el Tablón Digital de la Universidad de Jaén y en el Tablón de Anuncios del Edificio del Rectorado del Campus de las Lagunillas.
9.2. La Comisión de Investigación de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria, seleccionará los candidatos/as que hayan obtenido mayor puntuación, y propondrá al Rector los beneficiaros a los que se les adjudicarán los contratos. La convocatoria será resuelta por el Rector de la Universidad de Jaén o Vicerrector/ra en quien delegue, según la propuesta que realice la Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén que será el órgano responsable de la evaluación.
Firmada en Jaén, a 20 de octubre de 2014, por el Rector, Manuel Parras Rosa.

ANEXO I
-MODELO DE SOLICITUD
Convocatoria de Contratos de Personal Técnico de Apoyo para el impulso de los Servicios Centrales de Apoyo a la Investigación con cargo al Plan de Fortalecimiento de la política de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén, financiada por el Programa de Fortalecimiento de las Capacidades en I+D+I en las Universidades, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (FEDER).
Plaza solicitada:
Datos del solicitante:
Apellidos: 
Nombre:
Dirección: 
Código Postal:
Población: 
Provincia:
Teléfono: 
Móvil: 
Email:
Titulación académica:
Documentación que aporta a la plataforma online:
Fotocopia del DNI, NIE o tarjeta de residencia actualizada
Fotocopia del título correspondiente o resguardo de haberlo solicitado
Certificación Académica Personal
Documentación acreditativa de la experiencia profesional (copia compulsada de los contratos de trabajo o contratos de servicios de autónomos y su correspondiente vida laboral emitida por la Seguridad Social y documentos oficiales que acrediten los conocimientos de las técnicas valoradas) Documentación acreditativa de la Experiencia Investigadora 
Documentación acreditativa de la Formación Adicional
Otros méritos
En Jaén, a de de 20....Fdo:
Aviso importante: Una vez cumplimentada y registrada la solicitud debe subirla en el plazo de presentación de solicitudes a la plataforma online que se encuentra en el siguiente enlace: http://www10.ujaen.es/conocenos/organos-gobierno/vicinv/Fortalecimiento-JA-FEDER-posdoc-solicitud
VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN.

ANEXO II
-PLAZAS CONVOCADAS
1. TÉCNICO DE LABORATORIO ESPECIALISTA EN PROTEÓMICA:
Titulación requerida: Licenciado o Graduado en Biología, Química y titulaciones relacionadas.
Objeto del contrato: Realizará funciones de impulso a la investigación en proteómica en el Centro de Instrumentación Científico-Técnica y colaborará en tareas de apoyo al Área de Biología del CICT.
Coste mensual del contrato, incluida Seguridad Social: 2.014 €. 
Retribuciones brutas mensuales: 1.524,60 €.
Méritos: 
Expediente Académico. Hasta 10 puntos.
- Licenciatura, 10 puntos.
- Grado, 6 puntos.
Experiencia Profesional relacionada con el objeto del contrato. Hasta 40 puntos.
- Contratos laborales o experiencia como autónomo de técnico en servicios de proteómica, con especial valoración de la experiencia en electroforesis bidimensional de proteínas y técnicas preparativas para introducción de muestras en detectores de espectrometría de masas. Hasta 35 puntos.
- Experiencia en MALDI acoplado a detectores de espectrometría de masas. Hasta 5 puntos.
Experiencia Investigadora relacionada con el objeto del contrato. Hasta 30 puntos.
- Se valorará la experiencia investigadora en proteómica (electroforesis bidimensional de proteínas), siempre que incluya experiencia técnica contrastable en laboratorio, acreditable mediante publicaciones, tesis o documentos acreditativos similares.
Formación adicional. Hasta 15 puntos.
- Conocimientos en bioinformática, especialmente se valorará la experiencia en bases de datos y herramientas informáticas en estudios de proteómica.
Otros méritos. Hasta 5 puntos.
- Inglés, máster relacionado con el objeto del contrato, otras titulaciones relacionadas, etc.
Entrevista personal, en su caso. Hasta 15 puntos.
- Se valorará los conocimientos prácticos de los candidatos.

2. TÉCNICO DE APOYO CENTRO DE PRODUCCIÓN Y EXPERIMENTACIÓN ANIMAL:
Titulación requerida: Técnico de Formación Profesional de Grado Superior (Especialidad en laboratorio).
Y acreditaciones «A» y «B» para el trabajo con animales de experimentación (R.D. 1201/2005).
Objeto del contrato: Realizará las funciones de apoyo e impulso de la investigación con animales de experimentación en condiciones convencionales, SPF y de contención biológica de hasta nivel 3, con tareas de: mantenimiento y producción de animales de laboratorio (roedores y xenopus), control de condiciones de bienestar animal, limpieza, desinfección y esterilización de material y gestión de residuos, mantenimiento básico de equipos, gestión de cruces, obtención de muestras, gestión informática de la información de los animales.
Coste mensual del contrato, incluida Seguridad Social: 1.484 €. 
Retribuciones brutas mensuales: 1.123,39 €.
Méritos:
Experiencia profesional relacionada con el objeto del contrato. Hasta 60 puntos.
- Contratos de trabajo en animalarios.
- Contratos de trabajo en animalarios con zona de contención biológica.
- Experiencia profesional en el manejo y funcionamiento de equipos de limpieza, desinfección y esterilización para animalarios.
- Experiencia profesional en el manejo y funcionamiento de equipos de descontaminación por peróxido de hidrógeno.
- Experiencia profesional en el manejo y funcionamiento de racks ventilados y racks de xenopus.
- Experiencia profesional en el manejo de programas informáticos de gestión de animalarios.
- Experiencia profesional en el manejo de equipos de control ambiental para animalarios.
Formación adicional. Hasta 15 puntos.
Cursos, jornadas o talleres sobre:
- Laboratorios de bioseguridad y biocontención.
- Vestuario, limpieza y desinfección de salas limpias.
- Prevención de riesgos laborales.
Otros méritos. Hasta 5 puntos.
- Otras acreditaciones para el trabajo con animales de experimentación.
- Otros.
Entrevista personal, en su caso. Hasta 20 puntos.

3. TÉCNICO DE LABORATORIO FABLAB:
Titulación requerida: Técnico de Formación Profesional de Grado Superior, en alguna de las especialidades siguientes o relacionadas: (i) Diseño de Fabricación Mecánica, (ii) Programación de la Producción en Fabricación Mecánica, (iii) Desarrollo de Proyectos Mecánicos, (iv) Producción por Mecanizado.
Objeto del contrato: Puesta en marcha y desarrollo de un laboratorio de prototipado (FAB-LAB) para el impulso de la trasferencia en la Universidad de Jaén.
Coste mensual del contrato, incluida Seguridad Social: 1.484 €. 
Retribuciones brutas mensuales: 1.123,39 €.
Méritos:
Expediente académico. Hasta 50 puntos.
Experiencia profesional relacionada con el objeto del contrato. Hasta 20 puntos.
- Experiencia profesional vinculada al diseño industrial y el desarrollo de prototipos.
Formación adicional. Hasta 15 puntos.
- Grado en Ingeniería en Diseño Industrial, Ingeniero Técnico en Diseño Industrial, Ingeniero Técnico Industrial Especialidad Mecánica, Grado en Ingeniería Mecánica (máximo 10 puntos).
- Cursos, jornadas o talleres sobre diseño industrial y el desarrollo de prototipos (máximo 5 puntos).
Otros méritos. Hasta 5 puntos.
- Idiomas inglés y alemán. Hasta 5 puntos.
Entrevista personal, en su caso. Hasta 10 puntos.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 220, de 11/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 42-47).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)