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viernes, 13 de junio de 2014

PAGOS DIRECTOS SECTOR AGRARIO EN ESPAÑA: PRESENTACIÓN SOLICITUD ÚNICA 2014

Mediante la Orden AAA/69/2014, de 27 de enero, del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, se modifica para el año 2014 el plazo de presentación de la solicitud única del artículo 87.2 del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del año 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

El Real Decreto 1013/2013, de 20 de diciembre, por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en el año 2014 del Real Decreto 202/2012, sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, tiene por objeto establecer la normativa básica aplicable para el año 2014 a los regímenes de ayuda a los que se refiere el artículo 1 del Real Decreto 202/2012, como ejercicio de transición hasta que sea aplicable la nueva Política Agrícola Común reformada.

La disposición adicional única del Real Decreto 1013/2013, relativo a las modificaciones técnicas en el régimen de pagos directos para el año 2014, establece en el apartado g) que el plazo de presentación de la solicitud única para este año, se iniciará el uno de marzo y finalizará el día quince de mayo incluido, salvo que se derivaran otras fechas del contenido o de la fecha de aplicación de la nueva reglamentación de la Unión Europea relativa a tales regímenes, que será de aplicación al ejercicio de 2014.

No obstante, debido a que el Reglamento (UE) 1310/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que establece disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), modifica el Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los recursos y su distribución en el ejercicio de 2014 y modifica el Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo y los Reglamentos (UE) 1307/2013, (UE) 1306/2013 y (UE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a su aplicación en el ejercicio de 2014, ha sido publicado antes de lo previsto y es de aplicación desde el día 1 de enero de 2014, se ha considerado posible y necesario adelantar el período de presentación de la solicitud única al 17 de febrero, para que los agricultores dispongan de un plazo superior para la presentación de dicha solicitud en esta campaña.

Por otra parte, dado que con base a la Orden AAA/1787/2013, de 1 de octubre, por la que se modifica el plazo de comunicación de cesiones de derechos de ayuda, previsto en el artículo 29.2 del Real Decreto 1680/2009, de 13 de noviembre, sobre la aplicación del régimen de pago único en la agricultura y la integración de determinadas ayudas agrícolas en el mismo a partir del año 2010, la comunicación de las cesiones de derechos de pago único para la campaña 2014 se inicia a la vez que el plazo de solicitud única, mediante este adelanto se podrán ya realizar dichas comunicaciones desde la nueva fecha de inicio de presentación establecida en la presente orden.

Por último, la disposición final segunda del Real Decreto 202/2012, faculta al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar las fechas que se establecen en el referido real decreto para adaptarlo a las exigencias derivadas de la normativa comunitaria. 

En la tramitación de esta orden se ha consultado a las comunidades autónomas y entidades representativas de los sectores afectados. En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación para el año 2014 del plazo fijado en el artículo 87.2 del Real Decreto 202/2012, sobre la aplicación a partir del año 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. 
«En el año 2014, el plazo de presentación de la solicitud única a que se refiere el artículo 87.2 del Real Decreto 202/2012, se iniciará el 17 de febrero y finalizará el día 15 de mayo del mencionado año, ambos inclusive.»

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Firmado en Madrid, a 27 de enero de 2014, por el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 25, de 29/1/2014 (apartado 1 Disposiciones generales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Sec. I, Ref. 881, páginas 5348 y 5349).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 23 de enero de 2014

AYUDAS PRODUCCIÓN AGRÍCOLA INTEGRADA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN ANEXO 8 ORDEN 18/11/2009

Mediante la Resolución de 10 de diciembre de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se convocaron para el año 2014 las ayudas previstas en las Órdenes que se citan, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y se modificaron los Anexos 1 y 8 correspondientes a la Orden de 18 de noviembre de 2009 (BOJA nº 3, de 7/1/2014). Advertido error en el texto de la citada Resolución, se procede a efectuar la siguiente rectificación: 

Se publica nuevo Anexo 8 correspondiente a la Orden de 18 de noviembre de 2009:

ANEXO 8. LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN EN EL REGISTRO DE PRODUCCIÓN INTEGRADA DE ANDALUCÍA (PRIN ) (1)

Período: 1
Cultivo: Alfalfa, Almendro, Arroz, Cítricos, Frutales de Hueso: Melocotonero y Ciruelo, Frutales de Pepita: Manzano y Peral, Olivar, Tomate para transformación industrial, Vid (Uva para vinificación)
Plazo de presentación: 31 Mayo

Período: 2 
Cultivo: Zanahoria de manojos (*)
Plazo de presentación: 30 Abril o 30 Septiembre (*)

Período: 3 
Cultivo: Hortícolas protegidos 
Plazo de presentación: 31 Diciembre o 31 Mayo (**)

Período: 4 
Cultivo: Fresa 
Plazo de presentación: 30 Noviembre

Período: 5 
Cultivo: Ajo, Espárrago verde, Patata, Remolacha azucarera de siembra otoñal, Trigo duro
Plazo de presentación: 31 Diciembre

Período: 6 
Cultivo: Zanahoria deshojada, Chirivía 
Plazo de presentación: 31 Octubre o 31 Enero

Período: 7 
Cultivo: Lechuga al aire libre 
Plazo de presentación: 31 Diciembre o 31 Mayo (***)

(1) La superficie a efectos de la ayuda será la inicialmente declarada y posteriormente comprobada en PRIN * Según se presente en la primera o segunda campaña.
** Según se presente en el ciclo de primavera o de otoño.
*** Según se presente en el ciclo de invierno o de verano.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 15, de 23/1/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, página 20).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)