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lunes, 17 de octubre de 2016

IGP CABALLA Y MELVA DE ANDALUCÍA: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Caballa de Andalucía» y «Melva de Andalucía».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Caballa de Andalucía» y «Melva de Andalucía».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Caballa de Andalucía» y «Melva de Andalucía», a las siguientes personas:
Presidencia: don José Manuel Fernández González.
Vicepresidencia: Conservas Concepción Hermanos Ayamonte S.A., representada por don Juan Concepción Rodríguez.

Segundo. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 27 de julio de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 153, de 10/08/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, página 171).


José Luis Ares (docente)

IGP MANTECADOS Y POLVORONES DE ESTEPA: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mantecados de Estepa» y «Polvorones de Estepa».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mantecados de Estepa» y «Polvorones de Estepa».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mantecados de Estepa» y «Polvorones de Estepa» a las siguientes personas:
Presidencia: don Eusebio Olmedo Gamito.
Vicepresidencia: Dulces La Ponderosa S.L., representada por don Antonio Díaz Borrego.

Segundo. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 27 de julio de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 154, de 11/08/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, página 85).


José Luis Ares (docente)

jueves, 6 de octubre de 2016

IGP TOMATE LA CAÑADA: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Tomate La Cañada».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Tomate La Cañada».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Tomate La Cañada» a las siguientes personas:
Presidencia: don Francisco López Martínez.
Vicepresidencia: S.A.T. Biosabor.

Segundo. Efectos de la designación.
La designación de la Presidencia y Vicepresidencia tendrá efecto desde el mismo día de la constitución del Pleno resultante de las elecciones.

Tercero. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 15 de septiembre de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 184, de 23/09/2016 (apartado 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias, página 52).


José Luis Ares (docente)

IGP BRANDY DE JEREZ: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica de Bebidas Espirituosas «Brandy de Jerez».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica de Bebidas Espirituosas «Brandy de Jerez».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica de Bebidas Espirituosas «Brandy de Jerez» a las siguientes personas:
Presidencia: don Evaristo Babé Romero.
Vicepresidencia: Sánchez Romate Hermanos, S.A.

Segundo. Efectos de la designación.
La designación de la Presidencia y Vicepresidencia tendrá efecto desde el mismo día de la constitución del Pleno resultante de las elecciones.

Tercero. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 15 de septiembre de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 184, de 23/09/2016 (apartado 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias, página 44).


José Luis Ares (docente)

miércoles, 5 de octubre de 2016

IGP MOJAMAS DE BARBATE E ISLA CRISTINA: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 27 de julio de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mojama de Barbate» y «Mojama de Isla Cristina».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que, en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mojama de Barbate» y «Mojama de Isla Cristina».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de las Indicaciones Geográficas Protegidas «Mojama de Barbate» y «Mojama de Isla Cristina», a las siguientes personas:
Presidencia: don Juan Vázquez Malavé.
Vicepresidencia: Salazones Herpac, S.L., representada por don José María Vázquez Varo.

Segundo. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 27 de julio de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 156, de 16/08/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, página 68).


José Luis Ares (docente)

lunes, 3 de octubre de 2016

IGP ESPÁRRAGO DE HUÉTOR-TÁJAR: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 9 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Espárrago de Huétor-Tájar».

El decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo regulador de la Indicación Geográfica Protegida «espárrago de Huétor-Tájar».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «espárrago de Huétor-Tájar», a las siguientes personas:
Presidencia: don Ignacio Escobar Jiménez.
Vicepresidencia: SCA Centrosur.

Segundo. Efectos de la designación.
La designación de la Presidencia y Vicepresidencia tendrá efecto desde el mismo día de la constitución del Pleno resultante de las elecciones.

Tercero. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 9 de septiembre de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 179, de 16/09/2016 (apartado 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias, página 17).


José Luis Ares (docente)

viernes, 30 de septiembre de 2016

IGP JAMÓN DE TREVÉLEZ: DESIGNACIÓN DIRECTIVOS CONSEJO REGULADOR 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se designan las personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Jamón de Trevélez».

El Decreto 17/2016, de 19 de enero, por el que se regula el procedimiento electoral de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad Diferenciada de Andalucía, entró en vigor el 26 de enero de 2016. Este decreto establece, en su disposición adicional primera, que en el plazo de seis meses desde tal fecha, cada Consejo Regulador deberá convocar elecciones para la renovación de las vocalías que forman su Pleno y elegir y proponer a la Consejería competente en materia agraria y pesquera la designación de la Presidencia y Vicepresidencia.

Primero. Designación de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Jamón de Trevélez».
Se designan como personas titulares de la Presidencia y la Vicepresidencia del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Jamón de Trevélez» a las siguientes personas:
Presidencia: Doña María Pilar Álvarez Escudero.
Vicepresidencia: Jamones Cardales, S.L.

Segundo. Efectos de la designación.
La designación de la Presidencia y Vicepresidencia tendrá efecto desde el mismo día de la constitución del Pleno resultante de las elecciones.

Tercero. Comunicación y publicación.
La presente Orden será comunicada a las personas designadas y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Firmada en Sevilla, a 15 de septiembre de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 184, de 23/09/2016 (apartado 2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias, página 45).


José Luis Ares (docente)

jueves, 19 de mayo de 2016

LEGISLACIÓN: INSCRIPCIÓN ACEITUNAS DE SEVILLA INDICACIÓN GEOGRÁFICA PROTEGIDA 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 11 de mayo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se emite decisión favorable en relación con las solicitudes de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/ «Aceituna Manzanilla Sevillana» y de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Gordal de Sevilla»/ «Aceituna Gordal Sevillana».

Primero. Con fecha 22 de octubre de 2015 se publica en el Boletín Oficial del Estado el Anuncio de la Dirección General de Industrias y Cadena Agroalimentaria por el que se da publicidad a las solicitudes de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/ «Aceituna Manzanilla Sevillana» y de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Gordal de Sevilla»/ «Aceituna Gordal Sevillana» 
En el correspondiente registro comunitario, estableciendo un plazo de dos meses para oponerse al registro mediante la correspondiente declaración de oposición, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Segundo. el Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, en su artículo 49.4, permite la adopción por el estado miembro de una decisión favorable, siempre que la solicitud presentada cumpla los requisitos establecidos en el propio reglamento, así como la publicación tanto de la decisión, como de la versión del pliego de condiciones en que aquella se haya basado, proporcionando el acceso al mismo por medios electrónicos.

Tercero. El artículo 10 del citado Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, establece los motivos de oposición que pueden ser invocados para la estimación de las declaraciones de oposición presentadas. estos motivos son:
a) Que demuestren el incumplimiento de las condiciones sobre los requisitos que deben reunir las indicaciones geográficas y sobre los requisitos mínimos del pliego de condiciones, establecidas en el artículo 5 y el artículo 7, apartado 1.
b) Que demuestren que el registro del nombre propuesto sería contrario a lo dispuesto en el artículo 6, apartados 2, 3 o 4, por inducir a error al consumidor al entrar en conflicto con nombres de variedades vegetales o razas animales, con homónimos de otros nombres ya inscritos o con marcas.
c) Que demuestren que el registro del nombre propuesto pondría en peligro la existencia de otro nombre total o parcialmente homónimo o de una marca o la existencia de productos comercializados legalmente durante al menos los cinco años anteriores a la fecha de la publicación establecida en el artículo 50.2.a).
d) Que la documentación aportada permita concluir que el nombre para el que se solicita el registro es un término genérico.

Cuarto. Examinadas las declaraciones de oposición recibidas, la Dirección General de Industrias y Cadena Agroalimentaria, mediante informe de 10 de marzo de 2016, considera que las mismas no demuestran ninguno de los incumplimientos citados y que, por tanto, las solicitudes reúnen los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, procediendo adoptar una decisión favorable de conformidad con el artículo 49.4 del mismo.

Quinto. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, y en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

La presente Orden se notificará al solicitante de la inscripción y a cuantos se hayan opuesto a ella, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ella. Asimismo, se comunicará al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a los efectos de la transmisión de las solicitudes de inscripción a la Comisión europea, de acuerdo con el artículo 15.2 del mismo.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Firmada en Sevilla, a 11 de mayo de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 92, de 17/05/2016 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 85-87).


José Luis Ares (docente)

jueves, 26 de febrero de 2015

INDICACIÓN GEOGRÁFICA BRANDY DE JEREZ (CÁDIZ, ESPAÑA): APROBACIÓN EXPEDIENTE TÉCNICO ORDEN 9/2/2015

Mediante la Orden de 9 de febrero de 2015, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el expediente técnico de la Indicación Geográfica 'Brandy de Jerez'.

Por su parte, en la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, de 13 de junio de 2005, fue aprobado el Reglamento de la Denominación Específica «Brandy de Jerez» y de su Consejo Regulador, al amparo de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, de aplicación al brandy en virtud de su disposición adicional primera. Dicho Reglamento, además de la regulación del funcionamiento del Consejo Regulador, contiene las especificaciones técnicas que debe cumplir el producto protegido, tanto en lo referente a sus características como en lo relativo a su elaboración, envejecimiento, envasado y etiquetado.

Posteriormente, la Indicación Geográfica «Brandy de Jerez» queda protegida en la Unión Europea, en virtud de su registro como indicación geográfica establecida anteriormente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16 del Reglamento (CE) 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) 1576/89 del Consejo, así como en los términos del artículo 8 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, y del artículo 18 de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.

Asimismo, segun prevé el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (CE) 110/2008, de 15 de enero, para las indicaciones geográficas establecidas con anterioridad al 20 de febrero de 2008, los Estados miembros presentarán a la Comisión, a más tardar el 20 de febrero de 2015, un expediente técnico con el contenido previsto en el artículo 17, apartado 1. Por tanto, una vez presentada la correspondiente propuesta de expediente técnico por el Consejo Regulador, procede la aprobación del mismo, como norma técnica que contiene las especificaciones del producto cuyo cumplimiento debe verificarse para el uso del nombre protegido, de conformidad con la normativa comunitaria, y con la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía.

En su virtud, y previa propuesta de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 83 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, en el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidenta y sobre reestructuración de Consejerías, en el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de las facultades conferidas, se dispone lo siguiente:

Artículo único. Aprobación.
Se aprueba el expediente técnico de la Indicación Geográfica «Brandy de Jerez» que se incluye como Anexo a la presente disposición, y que incluye todas la especificaciones técnicas cuyo cumplimiento debe verificarse en el producto protegido, en virtud de su registro europeo como indicación geográfica.

Disposición derogatoria única. Derogación.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el articulado de esta Orden y en su Anexo.

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 9 de febrero de 2015, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, Elena Víboras Jiménez.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 34, de 19/02/2015 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 26-29).




Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 20 de febrero de 2014

BUENAS NOTICIAS QUESEROS DE CÁDIZ (ESPAÑA): APOYO A LOS QUESOS DE CALIDAD PROTEGIDA

La grave crisis socioeconómica en la que estamos inmersos no deja muchas oportunidades para ejercer de optimista en el día a día, y tampoco permite mirar al futuro con mucha tranquilidad, especialmente, en aquellos estratos de la sociedad más castigados por los efectos de este auténtico "sin vivir". Dentro de este sombrío panorama no cabe duda alguna de que cada puesto de trabajo que se cree en España, si es posible hoy mejor que mañana, será un importante paso hacia adelante para ir saliendo de las tinieblas, y acercarnos a esa dichosa luz, que dicen se verá al final del túnel, esperemos que más pronto que tarde. En este sentido, el tejido empresarial español está integrado mayoritariamente por microempresas y pymes, que son las grandes canteras del empleo, siendo muchas de ellas, cooperativas y establecimientos familiares que operan dentro en el sector agroalimentario.

En Andalucía, el sector lácteo, en general, pero muy particularmente, las pequeñas queserías artesanales, presentes en todas las provincias de esta región han experimentado un importante crecimiento durante los últimos años, permitiendo la consolidación de una actividad tradicional sostenible en el desarrollo del medio rural, y fuertemente integradora de los sectores primario (agricultura y ganadería), secundario (industria) y terciario (comercio, hostelería, turismo). Además los empresarios queseros andaluces han ido consolidando sus estructuras organizativas mediante la creación de entidades asociativas, promocionando sus quesos en nuevos mercados y mejorando la cualificación de los recursos humanos de sus empresas. 

En mi opinión, este sector está actualmente en las mejores condiciones para afrontar con éxito nuevos retos que refuercen su crecimiento dentro y fuera de Andalucía, para lo que necesita el apoyo decidido de todas las instituciones públicas competentes. Por ello, se ha recibido con mucho entusiasmo la reciente iniciativa de la Junta de Andalucía de apoyar al sector quesero artesanal en la consecución de una denominación de calidad protegida por la Unión Europea para los quesos tradicionales, dando la propia presidenta, Susana Díaz, en su visita realizada el pasado día 19 de febrero, su apoyo decidido a los artesanos gaditanos en una primera etapa, que según se recoge en la web oficial tendrá como principal objetivo la creación de una indicación geográfica protegida, como paso previo a la denominación de origen, marca esta última que ya tienen las principales variedades de quesos europeos. 

Es esta una muy buena noticia, que el sector quesero andaluz lleva esperando muchos años, y no se puede dar marcha atrás en esta excelente iniciativa. También, por la urgente necesidad de generar optimismo en la sociedad, y nuevos empleos para salir pronto del largo y oscuro túnel. Desde la Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía, entidad pionera en la región, ofrecemos nuestro total apoyo para desarrollar esta iniciativa para que lo antes posible sea una realidad en nuestro querido sector.





Fuente: Circular informativa (20/02/2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)