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viernes, 15 de marzo de 2013

2-FOMENTO DE INNOVACIÓN EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MARCO 2014-2020

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía (España) del 18 de diciembre de 2012, por el que se aprueba la formulación de una Estrategia de Innovación para el periodo 2014-2020, a propuesta de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, coincide, en lo esencial, con el planteamiento establecido por la Comisión Europea en la denominada "Estrategia Europa 2020", donde se resalta la necesidad de formular una estrategia de impulso y apoyo a la Innovación.

Teniendo en consideración de que la innovación, en general, pretende aumentar el nivel de vida de los ciudadanos, siendo los consumidores los beneficiarios finales de la misma, no debieran existir dudas sobre su enorme importancia, a pesar de que para su fomento se requiere destinar una importante cantidad de recursos humanos y materiales por parte de las Administraciones públicas y de los agentes socioeconómicos y entidades y empresas del ámbito privado. En este sentido, hay que resaltar que de la formulación de estrategias de innovación se obtienen, generalmente, relevantes externalidades y beneficios que compensan las inversiones realizadas inicialmente, siempre que la definición de las prioridades y el empleo de los recursos se hagan racionalmente, de acuerdo con criterios de pertinencia, eficacia y especialización.   

En las propuestas legislativas de la Comisión Europea para la política de Cohesión en el período 2014-2020, se establece la necesidad de que las regiones europeas elaboren sus estrategias de innovación, de forma coordinada con la de la Unión Europea. La estrategia europea denominada "Estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente" (conocida también como RIS3, por su acrónimo de su denominación en inglés "Research and Innovation Strategy for Smart Specialisation").   

En el citado Acuerdo del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado dentro del marco de esta estrategia europea, se establece que próximamente se fijarán los objetivos generales, los criterios de priorización de la investigación, de la innovación, y del uso de las tecnologías de la información, así como las oportunidades en las distintas áreas y sectores de especialización de la economía andaluza, mediante el diálogo y participación institucional y la concertación con las organizaciones económicas y sociales más representativas y con los principales agentes generadores del conocimiento y de su transferencia.



Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 5 (08/01/2013). Andalucía (España).
José Luis Ares Cea (profesor)

1-FOMENTO DE INNOVACIÓN EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ACUERDO ESTRATÉGICO

Ya he comentado en anteriores publicaciones la creciente importancia socioeconómica de la INNOVACIÓN (así, en letras mayúsculas) en cualquier sector productivo dentro de un mundo tan globalizado y competitivo como el actual. Mucho se ha escrito y se escribe cada día sobre la necesidad de innovar para estar presente en el mercado, con ciertas garantías de éxito. En este sentido, al menos al principio, resulta fundamental el apoyo de las distintas Administraciones públicas, como instrumento de fomento de iniciativas empresariales que apuesten decididamente por la innovación en sus recursos tecnológicos y humanos. 

El Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía (España) del 18 de diciembre de 2012, por el que se aprueba la formulación de una Estrategia de Innovación para el periodo 2014-2020, a propuesta de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, abre una puerta para afrontar este gran reto del siglo XXI. No cabe duda, que para reorientar el modelo de desarrollo actual es necesario realizar una coordinación eficaz de todos los segmentos implicados: Administraciones, agentes sociales y económicos, con la finalidad de adecuar las líneas de planificación y gestión de los recursos disponibles a las verdaderas carencias de los distintos sectores productivos, según los resultados reales de los diagnósticos sectoriales (debilidades, fortalezas, amenazas y oportunidades).

Con un enfoque práctico se define la acción de innovar como "la transformación de la investigación y el conocimiento en riqueza económica y social". Toda innovación implica una cierta inversión de recursos humanos y/o materiales y, como consecuencia de ello, se espera que tenga un efecto multiplicador de generación de valor añadido y de empleo a través de la cadena productiva en el conjunto de la economía. No obstante, la innovación, es mucho más, ya que no se limita únicamente a contribuir en el crecimiento de la economía en función de la cuantía de la inversión realizada dentro de un ámbito determinado, sino que tiene una elevada "capacidad de contagio", ya que la creación de riqueza en cualquier sector productivo es también una fuente de enriquecimiento de otros sectores y, por lo tanto, aporta beneficios al conjunto de la sociedad.   

La innovación implica un cambio positivo en el funcionamiento general del sistema económico de cualquier país o región, provocando cambios estructurales, a veces profundos, en la cadena productiva, por la propagación de nuevos conocimientos y generación de rentas en todos los eslabones de la misma. Por otra parte, la innovación va muy ligada a la capacidad emprendedora, para transformar la investigación y el conocimiento en valor añadido, tanto en el desarrollo de nuevos procesos o productos, como en la mejora de los ya existentes y en sus políticas de introducción y comercialización en los mercados. Se afirma, con mucho acierto, de que "no hay innovación sin capacidad emprendedora", es decir, sin visión de futuro, ilusión y confianza, o asunción de riesgos.



Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 5 (08/01/2013). Andalucía (España).
José Luis Ares Cea (profesor)