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lunes, 1 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: CONTRATO TITULADO SUPERIOR UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE (SEVILLA, ESPAÑA) CONCURSO 2014 PNC1422

Mediante la Resolución de 10 de noviembre de 2014, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (España), se convoca a concurso público un contrato para obra o servicio determinado de Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

En desarrollo del Proyecto de Investigación «CSO 2012-32564» denominado «Parlamentarios y Sociedad», proyecto incluido en el Plan Nacional de Investigación del actual Ministerio de Economía y Competitividad, una vez vista la propuesta formulada por el Investigador Principal del citado proyecto, en la que solicita la contratación de un Titulado Superior de Apoyo a la Investigación que colabore en la definición, elaboración y desarrollo de los fines, objetivos y actuaciones de este Proyecto, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en el 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y considerando el informe favorable emitido por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Tecnología de esta Universidad con fecha 6 de noviembre de 2014, la Universidad Pablo de Olavide ha resuelto lo siguiente:

Primero. Convocar, con arreglo a las normas que se contienen en los Anexos de esta Resolución, la contratación para obra o servicio determinado de un Titulado Superior de Apoyo a la Investigación, de referencia PNC1422, que colabore en la ejecución del Proyecto de Investigación citado anteriormente, al que se adscribe el contrato indicado.

Segundo. Este contrato estará financiado con cargo al crédito presupuestario 20.17.60.22.01 541A649.05.08 de los Presupuestos de la Universidad Pablo de Olavide.

Tercero. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa; contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al recibo de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero).
Firmada en Sevilla, a 10 de noviembre de 2014, por el Rector, Vicente C. Guzmán Fluja.

ANEXO I.
Bases de la convocatoria:
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:
- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
- El «Reglamento sobre contratación de personal con cargo a créditos de Investigación», aprobado por la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide en su sesión número 41.ª de fecha 19/2/2002 (Acta 2/2002, punto 9.º).
- Las demás normas vigentes que sean de aplicación y, en particular, por las normas específicas contenidas en la Resolución de la propia convocatoria y sus Anexos.
La instrucción del procedimiento corresponderá al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de Tecnología. Las solicitudes serán resueltas y notificadas en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Una vez transcurrido este último plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados estarán legitimados para entender desestimadas sus solicitudes.
1. Solicitantes.
Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:
1.1.a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y también de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos en los apartados anteriores se encuentren residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de refugiados.
1.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación. Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de contratación.
1.3. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en el Anexo II de esta Resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros Españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible  con el desempeño de las correspondientes funciones.
1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
1.6. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
1.7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación de los correspondientes contratos.
2. Cuantía del contrato.
2.1. La dotación económica del contrato será la especificada en el Anexo II.
2.2. Las contratación implicará, además, el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
3. Efectos del contrato.
Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente y seleccionado el contratado, el contrato surtirá efecto en alguno de los veinte días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la resolución por la que se adjudique el contrato por la Universidad Pablo de Olavide.
4. Duración del contrato.
La duración del contrato vendrá determinada por la duración y disponibilidad presupuestaria de la obra o servicio. Será, además, la especificada en el Anexo II y podrá prorrogarse sin que, en ningún caso, la duración del contrato, incluidas las posibles prórrogas, puedan superar la duración del proyecto, contrato o convenio de investigación que lo soporta.
5. Solicitudes.
5.1. Los candidatos deberán presentar su solicitud en los quince días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
5.2. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado, conforme al modelo recogido en el Anexo III de esta Resolución, y se presentarán, dirigidas al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología, en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, o por cualquier otro de los métodos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), debiendo, en ese caso, comunicar tal circunstancia a la Universidad Pablo de Olavide (Área de Investigación), mediante fax o telegrama.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas. En caso de que el último día de presentación de solicitudes fuera sábado o festivo, el plazo se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.
5.3. A la solicitud, que podrán recoger en el área de Investigación (Edificio número 44) de esta Universidad, se adjuntará la siguiente documentación:
- Curriculum vitae del solicitante.
- Título (o resguardo de haberlo solicitado) y certificación académica oficial.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.
- Resto de méritos debidamente documentados, según los requisitos de la convocatoria.
- Anexos IV y V de esta convocatoria, debidamente formalizados.
5.4. Los méritos que se aleguen tras la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no serán tenidos en cuenta para la evaluación de las solicitudes de los candidatos.
5.5. El candidato seleccionado deberá presentar los originales de la documentación aportada en su solicitud, para la correspondiente formalización del contrato.
5.6. Una vez finalizado el proceso selectivo, los aspirantes no seleccionados podrán solicitar por escrito la devolución de la documentación aportada que, en caso de no solicitarse su devolución, podrá ser destruida en un plazo no inferior a dos meses contados a partir de la fecha de la propuesta de contratación de la Comisión Evaluadora. En ningún caso serán devueltas a los interesados las copias cotejadas por esta Universidad para la participación de aquéllos en el presente procedimiento selectivo.
6. Admisión de candidatos.
6.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución administrativa, en el plazo de diez días hábiles, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Esta resolución, así como todas las comunicaciones posteriores del procedimiento referidas a la presente convocatoria, serán publicadas en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de esta Universidad.
6.2. Los candidatos excluidos o que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución del párrafo 6.1, para subsanar el defecto que causare la exclusión o la omisión.
6.3. Los candidatos que no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, lo que justificaría su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del procedimiento de selección. Por lo que, a estos efectos, los candidatos deberán comprobar, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
6.4. La Resolución que eleve a definitiva la lista de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. Selección de las solicitudes.
7.1. La convocatoria será resuelta por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide o Vicerrector en quien delegue, según la propuesta que realice la Comisión Evaluadora nombrada al efecto y cuya composición se determina más adelante. En la resolución se incluirá el candidato al que se le adjudica el contrato, entendiéndose desestimadas el resto de las solicitudes presentadas.
7.2. La Comisión Evaluadora seleccionará las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevará al Rector propuesta de contratación de los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación. No obstante, la Comisión podrá proponer la no-provisión de alguna o todas las plazas convocadas si, en la evaluación de los candidatos, observara que ninguno de ellos reúne las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria.
8. Criterios de selección.
8.1. La Comisión Evaluadora valorará con carácter general las siguientes particularidades referidas a los candidatos que cumplan los requisitos mínimos y el perfil del contrato establecidos en el Anexo II de Condiciones Particulares:
- Expediente, títulos y formación: considerando la calidad y relación del expediente académico del candidato con el proyecto de investigación en curso se otorgará hasta un máximo de tres (3) puntos por este concepto.
Se obtendrá la nota media del expediente académico correspondiente a la titulación exigida en el Anexo II de esta convocatoria como requisito mínimo indispensable de los candidatos.
Para realizar esta baremación se aplicará la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el candidato, multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan; el resultado así obtenido se dividirá por el número de créditos totales obtenido por el candidato, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico. En caso de que el expediente esté distribuido por asignaturas (en vez de créditos), se sumará el valor de cada una de ellas, el resultado así obtenido se dividirá por el número de asignaturas computadas, lo que dará como resultado la nota media del expediente académico.
Aprobado: 1.
Notable: 2.
Sobresaliente: 3.
Matrícula de Honor: 4.
- Experiencia profesional y/o investigadora relacionada con los requisitos de la convocatoria específica: se otorgarán hasta una valoración máxima de tres (3) puntos, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado en puestos de la misma o superior categoría, siempre que se acredite la realización, a jornada completa, de las funciones que se determinan en el Anexo II. En caso de acreditarse la experiencia en puestos desarrollados en jornada reducida, la puntuación por este concepto se verá reducida en la misma proporción que dicha jornada.
- Adecuación de los méritos, capacidad y experiencia del candidato a las necesidades de la labor a realizar: valorado hasta un máximo de tres (3) puntos.
- Otros méritos que específicamente vengan determinados en los correspondientes anexos y que habrán de acreditarse documentalmente: valorados hasta un máximo de un (1) punto.
- Si la Comisión Evaluadora lo cree conveniente, los solicitantes podrán ser convocados a la realización de una entrevista y/o prueba práctica directamente relacionadas con las funciones a desempeñar. En este caso, la entrevista será valorada con un máximo de tres (3) puntos y la prueba práctica con un máximo de cinco (5) puntos.
8.2. La Comisión no valorará los méritos de aquellos candidatos que no cumplan con los requisitos mínimos y perfil del contrato establecidos en el Anexo II.
9. Comisión Evaluadora de las solicitudes.
9.1. Esta Comisión estará integrada por:
- El Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología que actuará como Presidente; en caso de ausencia le sustituirá el Vicerrector de Planificación Docente y Profesorado.
- El vocal titular de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide que ostente en la misma la representación departamental más afín al perfil del contrato, en caso de ausencia le sustituirá el vocal suplente en la misma Comisión.
- Un miembro propuesto por los delegados de personal laboral de la Universidad.
- El Director del Área de Investigación que actuará como Secretario, con voz pero sin voto; en caso de ausencia le sustituirá un funcionario de ese Área.
9.2. Esta Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Estos asesores colaborarán con la Comisión, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como especialistas:
- El Investigador responsable del proyecto, grupo, contrato o convenio de Investigación objeto del contrato.
- Un Doctor propuesto por el Investigador Principal, con experiencia en la investigación a realizar por los contratados/as.
10. Incompatibilidades.
Para la formalización del contrato, el contratado deberá formular declaración de no poseer o ejercer, en el momento de su contratación, empleo público o privado incompatible con las funciones a desempeñar.
El Secretario levantará acta de la sesión y recogerá, explícitamente, el orden priorizado de los solicitantes a efectos de su posible sustitución en caso de renuncias o reclamaciones. Efectuada la selección del candidato o candidatos, se elevará propuesta de contratación al Rector de la Universidad Pablo de Olavide.

ANEXO II.
Condiciones particulares de la convocatoria:
Número de contratos: 1.
Referencia de la Convocatoria: PNC 1422.
Proyecto de Investigación: «CSO 2012-32564. Parlamentarios y Sociedad».
Perfil del contrato: El candidato seleccionado deberá acreditar documentalmente que cuenta con los siguientes conocimientos y/o experiencia:
- Organización y realización de entrevistas y transcripciones.
- Creación y gestión de bases de datos.
- Tareas de apoyo a la investigación.
Requisitos mínimos de los candidatos:
- Licenciado/a o equivalente.
- Máster Oficial o equivalente.
- Expediente académico igual o superior a 8 (baremo 0-10).
Condiciones del contrato:
- Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.
- Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 612,5 €.
- Horas semanales: 15 horas semanales a tiempo parcial.
- Duración: Hasta el 28 de abril de 2015.
Otros méritos a valorar:
- Grado en Ciencias Políticas o Sociología.
- Máster en Ciencias Sociales.
- Inglés nivel B1.
- Experiencia en investigación aplicada.
- Experiencia acreditable en las funciones del puesto.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 230, de 25/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 30-37).



José Luis Ares Cea (profesor)

lunes, 25 de marzo de 2013

11-INNOVACIÓN EN UNIÓN EUROPEA 2020: RETOS EN CENTROS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS (ESPAÑA)

España apoya la labor de los centros científicos y tecnológicos, como instrumentos imprescindibles para desarrollar las estrategias del nuevo programa marco de I+D+I para el "Horizonte 2020" europeo, destacando la importancia del Centro Común de Investigación (JRC) en la producción y transferencia de los conocimientos del sistema de I+D+I.

En este sentido, estos centros son herramientas sólidas y fiables para la formulación de políticas, la evaluación del impacto socioeconómico y la prospectiva científica, tecnológica y social, como elementos básicos para una adecuada gestión de las estrategias de I+D+I en el ámbito europeo, estableciendo tanto objetivos bien definidos como los correspondientes indicadores para verificar el grado de cumplimiento alcanzado. Asimismo, es necesario, para España, destacar y mantener el apoyo a los proyectos del JRC en el ámbito de las ciencias sociales y humanidades.

Por otra prte, España también apoya la actividad del Instituto Europeo de Tecnología e Innovación (EIT), destacando su papel fundamental en la integración equilibrada de los tres ejes del triángulo del conocimiento: educación, investigación e innovación. Igualmente, se apoyan las seis líneas temáticas de las nuevas Comunidades de Conocimiento e Innovación (KICs) anunciadas en 'Horizonte 2020', promoviendo tanto el crecimiento y el impacto de las KICs ya existentes como su apertura a nuevos socios, para conseguir un mayor reforzamiento de las actividades de formación y la calidad de las titulaciones EIT, con una atención especial en las actividades innovadoras y de desarrollo profesional.

Finalmente, se propone que sea el Comité de Dirección del EIT el que establezca el procedimiento para su evaluación y para la selección de las KICs que se presenten en 2014, en función del presupuesto disponible en la Unión Europea. Igualmente, se consideran requisitos necesarios para que las KICs seleccionadas alcancen el grado de madurez requerido, contar con el apoyo demostrable y cuantificable del sector privado, tener un elevado potencial socioeconómico, y explotar al máximo las sinergias con otras iniciativas en el marco de 'Horizonte 2020'. España también considera más racional que el apoyo del EIT a las KICs no debería exceder del 25% de su presupuesto total, siendo la aportación industrial en cada KIC del 50% del total como mínimo.


Fuente: Informe científico (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

10-INNOVACIÓN EN UNIÓN EUROPEA 2020: RETOS EN CLIMA Y SEGURIDAD (ESPAÑA)

El nuevo programa marco de I+D+I para el "Horizonte 2020" europeo contiene acciones prioritarias en materia de clima, eficiencia de recursos y materias primas; desde la posición española se destaca la incorporación de la denominada 'ecoinnovación' entre las principales actividades propuestas. Asimismo, se considera como desafío fundamental, teniendo en cuenta a la sociedad en su conjunto, resaltar la importancia del patrimonio cultural en relación con el cambio climático, de creciente interés para gran parte de la población europea.

Por otra parte, España también resalta la importancia de la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en el tema del agua, incluyendo su uso en el medio rural, urbano e industrial, así como la protección de los ecosistemas acuáticos, mares y océanos y el estudio de los efectos del clima sobre la biodiversidad. También se concede gran importancia a los diversos aspectos relacionados con las materias primas, requiriendo al mismo tiempo, un mayor impulso para fomentar la participación industrial a través de mecanismos de implementación específicos más eficaces.

En relación con los objetivos de avanzar en la búsqueda de sociedades integradoras, innovadoras y seguras, la posición española apoya la separación de este reto en una parte que contenga los aspectos relativos a la seguridad, y concuerda con el contenido incluido en la propuesta en este ámbito, sin olvidar la riqueza que representa la  aportación de las ciencias sociales y las humanidades al patrimonio cultural y la identidad europeas, como herramientas esenciales para avanzar hacia la consolidación de nuevas sociedades más fuertes, inclusivas e innovadoras. Finalmente, también se apoya la PPP sobre “tecnologías de seguridad para la vigilancia marítima”.



Fuente: Informe científico (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

9-INNOVACIÓN EN UNIÓN EUROPEA 2020: RETOS EN ENERGÍA Y TRANSPORTE (ESPAÑA)

Dentro del nuevo programa marco de I+D+I para el "Horizonte 2020" europeo, España apoya las fuentes energéticas limpias y seguras como desafío vital para el conjunto de la sociedad, así como unos medios de transporte más ecológicos. En relación con la energía se valora positivamente las distintas líneas de actividad propuestas por la Comisión Europea, considerando de especial importancia, para el futuro, las Iniciativas Industriales Europeas de Energía Eólica, Solar, Bioenergía, Marina y Redes Inteligentes.

Asimismo, para  la posición española, deberían integrarse en esta misma propuesta, las infraestructuras de captura y almacenamiento geológico. En este sentido, también debería ser incluido como objetivo prioritario el de lograr una energía limpia y eficiente para todo el transporte marítimo, de superficie y aeronáutico, mediante el desarrollo de nuevos combustibles procedentes no sólo de los recursos biomásicos sino de otras fuentes de residuos, a través de procesos más integrados y ecológicos.

Por otra parte, se requiere una mayor coordinación de las estrategias y los distintos fondos de la Unión Europea destinados al Plan Estratégico de Tecnologías Energéticas, “SET Plan”, así como una mejor alineación entre fondos europeos y nacionales y con el programa EURATOM.

Respecto a los transportes más eficientes, se apoyan decididamente las acciones centradas en la reducción del consumo energético, especialmente de los combustibles fósiles, así como en la fabricación de la próxima generación de medios para los desplazamientos marítimos, aéreos y de superficie, mediante el desarrollo de nuevas tecnologías, sistemas y equipamiento, incluidas las pilas de combustible y generación de hidrógeno.  Las innovaciones deben servir para lograr una movilidad segura y asequible para la sociedad en su conjunto, con nuevos medios de transporte inteligentes, ecológicos e integrados.



Fuente: Informe científico (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)



8-INNOVACIÓN EN UNIÓN EUROPEA 2020: RETOS EN ALIMENTACIÓN (ESPAÑA)

Otro reto o desafío importante para el "Horizonte 2020" del nuevo programa marco de I+D+I europeo, y que constituye una prioridad para el conjunto de la sociedad es garantizar la alimentación de la población en condiciones de máxima seguridad, impulsando, al mismo tiempo, una agricultura más sostenible, sin olvidar otros sectores estratégicos como son la investigación marina, y la bioeconomía.

Para España es necesario apoyar los objetivos y líneas de acción propuestas por la Comisión Europea, destacando por su especial interés las actividades sobre pesca, acuicultura y biotecnología marina, así como las relacionadas con las aguas continentales, mares y océanos, en las que se deberían impulsar los aspectos transversales y tecnológicos fundamentales para el avance de la ciencia y la industria, así como la protección del medio ambiente marino, la adaptación al cambio climático y la predicción de riesgos, incluyendo los geológicos marinos.

Asimismo, dentro de la línea de acción en materia de sistemas de producción, se consideran que la sanidad animal (terrestre y acuática), la producción agrícola eficiente y sostenible, y los alimentos saludables, deben tener también un papel prioritario, apoyando además la preservación del medio natural como reservorio de especies de futuro uso alimentario, energético, sanitario e industrial.



Fuente: Informe científico (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)



7-INNOVACIÓN EN UNIÓN EUROPEA 2020: RETOS EN SALUD Y BIENESTAR (ESPAÑA)

La posición española sobre el nuevo programa marco de I+D+I europeo, incluye dentro del "Horizonte 2020", los grandes desafíos que la nueva estrategia representa para la sociedad en su conjunto, entre ellas, la preocupación por la salud, el cambio demográfico, y el bienestar social. En este sentido, hay que destacar la necesidad de que las acciones europeas en materia de I+D+I cuenten con la implicación de todos los actores y agentes de la sociedad (personal sanitario, investigadores, pacientes y usuarios).

En España se considera que el concepto de cambio demográfico, salud y bienestar debe superar la mera relación entre la salud y el envejecimiento de la población para abrirse a una aproximación multidisciplinar y holística que implique a las ciencias humanas y sociales, profundizando en las innovaciones sociales como fundamento de cambios tecnológicos ligados al envejecimiento.

Asimismo, la posición española respalda el centrar las actividades en los retos socioeconómicos que representan las patologías en general, y a las que se deberían incorporar también aquellas enfermedades comunes o endémicas de mayor incidencia, las transmitidas por vectores, y las conocidas como 'raras'; el desarrollo de la nanomedicina también es una prioridad para España.



Fuente: Informe científico (2012). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)