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viernes, 3 de julio de 2015

AYUDAS PAC EN ESPAÑA: COMPROBACIÓN INFORMACIÓN DE RECINTOS

La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece la declaración obligatoria de la superficie de las parcelas agrarias objeto de las ayudas solicitadas. En este sentido, los agricultores y ganaderos que declaren los recintos SIGPAC son los responsables últimos de comprobar la veracidad de la información registrada y su coincidencia total con la realidad.

En caso contrario, podrán ser objeto de reducciones y/o penalizaciones en el importe de las ayudas directas concedidas. Para facilitar la comprobación se recomienda seguir los siguientes pasos:

1-Antes de presentar la solicitud única hay que comprobar que toda la información de las parcelas registradas en el SIGPAC sea correcta. Los elementos no subvencionables, tales como accesos, viales, edificaciones, cursos de agua, etc.. deben estar perfectamente delimitados y ser excluidos de la solicitud única.

2-El uso asignado a cada recinto debe ser el existente en la actualidad. En caso de que haya cambiado el uso que se venía declarando en algún recinto, deberá notificarse a la Administración competente lo antes posible.

3-Es necesario repasar todos los años la situación de las parcelas registradas en el SIGPAC, y si se detectase que algún recinto no está correctamente delimitado o que su uso actual es incorrecto, debe ponerse en conocimiento de la Comunidad Autónoma correspondiente, utilizando el procedimiento habilitado para tal fin.


Más información: www.fega.es



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 2 de julio de 2015

AYUDAS PAC EN ESPAÑA: DECLARACIÓN DE SUPERFICIE

La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece la declaración correcta de la superficie en una solicitud única. El Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) es la herramienta que tienen los agricultores y ganaderos para efectuar la declaración de sus parcelas agrarias. 

El SIGPAC delimita los distintos usos dentro de cada parcela catastral mediante los denominados 'recintos', identificados con un código único o una referencia determinada, incluyendo la información sobre su uso, superficie, régimen de explotación (secano o regadío), coeficiente de admisibilidad de pastos, región del régimen de Pago Básico y otras cuestiones de interés para las ayudas de la PAC.

Al cumplimentar su solicitud, los agricultores y ganaderos deberán indicar el código o referencia de los recintos que componen todas las parcelas agrícolas de su explotación, incluso aquéllas por las que no solicite ninguna ayuda. 

En el caso de que la información contenida en el SIGPAC no se corresponda con la realidad, contenga errores o haya sufrido alguna modificación, los solicitantes de las ayudas deberán comunicarlo a su Comunidad Autónoma, mediante la correspondiente solicitud de modificación, antes o en el momento de presentar su solicitud única de ayudas de la PAC. Cuando la modificación afecte a la delimitación de una parcela catastral, el cambio debe solicitarse ante la Gerencia de Catastro de la provincia correspondiente. 

La información contenida en el SIGPAC puede consultarse a través del Visor nacional, en la siguiente dirección: http://sigpac.magrama.es/fega/visor/


Más información: www.fega.es



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

miércoles, 1 de julio de 2015

AYUDAS PAC EN ESPAÑA: NUEVO COEFICIENTE ADMISIBILIDAD DE PASTOS

La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece un coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP), asignado al SIGPAC como porcentaje de la superficie admisibles de los recintos de pastos. A partir de 2015, para cada recinto, la superficie admisible para las ayudas será la  del recinto SIGPAC multiplicada por dicho coeficiente. 

Como novedad para la presente campaña, el valor de este coeficiente tiene en cuenta la presencia de masas de vegetación densa inaccesibles para el ganado. No obstante, el valor del coeficiente de admisibilidad en pastos y del atributo 'región' de cada recinto SIGPAC es aún un dato provisional, por lo que puede sufrir modificaciones a lo largo de la campaña 2015. En su caso, la declaración de superficies será modificada de oficio por la Administración pública, para adaptarla a dichas modificaciones.


Más información: www.fega.es



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 30 de junio de 2015

AYUDAS PAC EN ESPAÑA: NOVEDADES SIGPAC 2015

La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece, entre otras novedades, la aplicación del régimen de pago básico, desacoplado de la producción y de carácter general. El nuevo modelo supone la distribución del territorio español en 'regiones agrarias' basadas en las comarcas agrarias y en la orientación productiva de los 'recintos SIGPAC' en la campaña 2013. A partir de 2015, para cada recinto SIGPAC se va a proporcionar el 'código de región' a la que pertenece, de acuerdo con la codificación de las regiones que constituyen el régimen de pago básico (Anexo II del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre). 

Al tener una base histórica, una vez que se establezca la región a la que pertenece un recinto, este valor permanecerá inalterable hasta el año 2020, independientemente de la orientación productiva y el uso del SIGPAC actual o en el futuro del recinto.

Sin embargo, el uso SIGPAC actual del recinto, sí va a definir cómo se han de realizar las prácticas agrícolas para recibir el pago como prácticas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, proceso conocido como 'greening' o 'pago verde', ya que todas las explotaciones a partir de diez hectáreas de tierras de cultivo, o las que tengan pastos permanentes, están obligadas a realizar dichas prácticas para percibir este pago, que representa un 30% del montante total de las ayudas directas.

Más información: www.fega.es



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)