viernes, 3 de julio de 2015

AYUDAS PAC EN ESPAÑA: COMPROBACIÓN INFORMACIÓN DE RECINTOS

La nueva Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea establece la declaración obligatoria de la superficie de las parcelas agrarias objeto de las ayudas solicitadas. En este sentido, los agricultores y ganaderos que declaren los recintos SIGPAC son los responsables últimos de comprobar la veracidad de la información registrada y su coincidencia total con la realidad.

En caso contrario, podrán ser objeto de reducciones y/o penalizaciones en el importe de las ayudas directas concedidas. Para facilitar la comprobación se recomienda seguir los siguientes pasos:

1-Antes de presentar la solicitud única hay que comprobar que toda la información de las parcelas registradas en el SIGPAC sea correcta. Los elementos no subvencionables, tales como accesos, viales, edificaciones, cursos de agua, etc.. deben estar perfectamente delimitados y ser excluidos de la solicitud única.

2-El uso asignado a cada recinto debe ser el existente en la actualidad. En caso de que haya cambiado el uso que se venía declarando en algún recinto, deberá notificarse a la Administración competente lo antes posible.

3-Es necesario repasar todos los años la situación de las parcelas registradas en el SIGPAC, y si se detectase que algún recinto no está correctamente delimitado o que su uso actual es incorrecto, debe ponerse en conocimiento de la Comunidad Autónoma correspondiente, utilizando el procedimiento habilitado para tal fin.


Más información: www.fega.es



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)