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martes, 29 de julio de 2014

AGRUPACIONES TRATAMIENTOS EN AGRICULTURA: DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS 2014 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 1 de julio de 2014, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se realiza la distribución de créditos correspondientes a la convocatoria 2014 de las subvenciones previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la mejora de la sanidad vegetal mediante la aplicación de técnicas de control integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

En la Orden de 2 de diciembre de 2011 se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la mejora de la sanidad vegetal mediante la aplicación de técnicas de control integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs). En el artículo 5.2 de la citadas bases reguladoras, se determina que las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención en dicha convocatoria.

Por otro lado, el citado artículo 5.2 también determina que en aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa. De acuerdo con lo anterior, mediante Resolución de 26 de diciembre de 2013, se realizó convocatoria para el ejercicio 2014 de las subvenciones para la mejora de la sanidad vegetal mediante la aplicación de técnicas de control integrado a través de las ATRIAs, estableciéndose en su apartado quinto la cuantía total máxima destinada a la citada convocatoria, que ascendía a 125.800 euros. 

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen de la Orden de 2 de diciembre de 2011, en el cual se determina la existencia de varios ámbitos territoriales de concurrencia competitiva, procede realizar la declaración de distribución de los mismos entre los distintos ámbitos de concurrencia descritos. De acuerdo con lo anterior y con lo estipulado en el artículo 5 de las bases reguladoras aprobadas mediante la citada Orden de 2 de diciembre de 2011, se resuelve lo siguiente.

Único. Distribución de créditos.
En relación con las subvenciones dirigidas a la mejora de la sanidad vegetal mediante la aplicación de técnicas de control integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs), convocadas para el año 2014 mediante Resolución de 26 de diciembre de 2013, la cuantía total máxima prevista en 125.800 euros se distribuirá, por ámbito territorial, de acuerdo con la siguiente distribución de créditos (en euros): 

Cádiz = 3.351,00
Córdoba = 77.921,00
Granada= 6.601,00
Huelva = 21.594,00 
Málaga = 6.601,00
Sevilla = 9.331,00

Lo que se hace público para general conocimiento. Firmada en Sevilla, a 1 de julio de 2014, por el Director General, Rafael Ángel Olvera Porcel.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 142, de 23/07/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, página 139).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 14 de enero de 2014

CONTROL TRATAMIENTOS AGRICULTURA: CONVOCATORIA AYUDAS 2014 EN ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 26 de diciembre de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se convocan para el año 2014 las ayudas previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs). 

La citada Orden establece en su disposición adicional única que anualmente, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se realizará la convocatoria pública para acceder a las citadas subvenciones, en la que se determinará el plazo de presentación de las solicitudes, así como la cuantía total máxima destinada a la línea de subvención. Por ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para 2014 y en ejercicio de las competencias atribuidas, se resuelve lo siguiente.

Primero. Convocatoria.

Se convocan para el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

Segundo. Solicitudes y utilización de medios telemáticos.

1. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente que corresponda, se presentarán conforme al modelo previsto como Anexo I, que se publica con la presente Resolución.

2. De conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y el apartado 10.c) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos conforme se establece en la Orden reguladora. Además, el estado de tramitación del procedimiento de concesión de estas ayudas podrá ser consultado por las personas interesadas, previa identificación, a través de la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la que figurarán los actos de trámite realizados, su contenido y fecha en que fueron dictados.

Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Plazo máximo para resolver.

1. De acuerdo con lo establecido en el apartado 16 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. Dicho plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. La solicitud podrá entenderse desestimada si, transcurrido el plazo previsto para su resolución, no hubiera recaído resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el  Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Quinto. Financiación.

1. Las ayudas se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Las aplicaciones presupuestarias a las que se imputarán las ayudas correspondientes al año 2014, así como la cuantía total máxima destinada a la línea de ayuda, será la siguiente:

Aplicaciones presupuestarias:

0.1.16.00.18.00.74217.71B.9.

0.1.16.00.18.00.772.17.71B.6.

0.1.16.00.18.00.782.17.71B.5.

1.1.16.00.18.00.742.17.71B.0.2013.

1.1.16.00.18.00.772.17.71B.7.2013.

1.1.16.00.18.00.782.17.71B.6.2013.

3.1.16.00.18.00.742.17.71B.3.2015.

3.1.16.00.18.00.772.17.71B.0.2015.

3.1.16.00.18.00.782.17.71B.0.2015.

- Cuantía total máxima: 125.800 euros.

2. No obstante, en virtud de lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 2 de diciembre de 2011, en caso de aumento del crédito inicial disponible, se podrán atender aquellas solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento de dicho crédito.

3. Las ayudas tendrán carácter de ayudas de mínimis y se ajustarán a lo establecido en el Reglamento (CE) nº 1998/2006, de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, de conformidad con lo contemplado en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011.

Sexto. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmado en Sevilla, a 26 de diciembre de 2013, por el Director General, Rafael Ángel Olvera Porcel. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 3, de 7/01/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 30-35). 


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)