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viernes, 11 de abril de 2014

INFORMACIÓN, DIVULGACIÓN Y FORMACIÓN EUROPEA DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2014

Mediante la Orden de 21 de marzo de 2014, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria de subvenciones correspondiente al año 2014 para la concesión de ayudas para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea.

La presente convocatoria se realiza conforme a la Orden de 20 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea, en la que se recoge el procedimiento que deben seguir las mismas, siendo éste un procedimiento de concesión reglado que se inicia a solicitud del interesado.

Las ayudas que se convocan tienen el objetivo de favorecer la información sobre la Unión Europea, reforzando con ello la participación activa de la ciudadanía en el proceso de integración europea, la profundización en el conocimiento de la estrategia de la Unión Europea ante los nuevos retos planteados por la globalización y la integración mediante el análisis de las políticas europeas, así como la información, divulgación y formación sobre el contexto normativo europeo en el que se desarrollan dichas políticas, teniendo en cuenta los temas de interés preferente previstos en esta convocatoria.

También se regula en esta Orden de convocatoria, en su Disposición Adicional Segunda, la delegación de firma de la persona titular de la Consejería de la Presidencia en la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior para los casos de resoluciones desestimatorias por falta de disponibilidad presupuestaria, con objeto de realizar dicho trámite con una mayor celeridad.

Por todo ello, en uso de las facultades reguladas, en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en la disposición final segunda de la Orden de 20 de julio de 2011, de bases reguladoras antes mencionada, se dispone lo siguiente:

Artículo 1. Convocatoria de ayudas para 2014.

Por la presente Orden se convocan las ayudas correspondientes a 2014 para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea, conforme a la Orden de 20 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea.

De conformidad con el artículo 5.2 de la Orden de 20 julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la realización de actividades informativas, divulgativas y de formación relacionadas con la Unión Europea, las subvenciones convocadas mediante la presente Orden se efectuarán con cargo a la dotación de las siguientes aplicaciones presupuestarias del Presupuesto de la Consejería de la Presidencia: 
0.1.01.00.01.00.441.05.82.A: 17.247,00 €.
0.1.01.00.01.00.468.01.82.A: 10.044,00 €.
0.1.01.00.01.00.478.01.82.A: 5.686,00 €.
0.1.01.00.01.00.486.01.8.2.A: 6.480,00 € 
según lo establecido en la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014.

Artículo 2. Plazo de ejecución del proyecto presentado.

El plazo de ejecución de las actividades será el año 2014 completo y los primeros tres meses de 2015, siempre y cuando se hayan iniciado al menos las actividades preparatorias en el ejercicio de la convocatoria, no estando previsto el gasto plurianual.

Artículo 3. Plazo, lugar y forma de presentación de solicitudes.

1.El plazo para la presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los Registros siguientes:
En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica www.juntadeandalucia/presidenciaeigualdad.
En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. La solicitud deberá presentarse en el formulario, Anexo I, adjunto a esta Orden de Convocatoria.

Artículo 4. Temas de Interés preferente.

Los temas de interés preferente, conforme al artículo 2.2.a)1.º del Cuadro Resumen aprobado por la Orden de 20 de julio de 2011, sobre los que se concentrarán las ayudas previstas, teniendo en cuenta el Programa de Trabajo de la Comisión 2014, serán los siguientes:
a) Crecimiento inteligente, sostenible e integrador.
Informar sobre: Prioridades, objetivos y características de la Estrategia Europa 2020; los nuevos programas del Marco Financiero Plurianual de la UE (MFP) para el período 2014-2020 concebidos para apoyar las prioridades de Europa 2020, en especial sobre los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos; el Paquete sobre Inversiones en la Innovación, y la Política Agrícola Común; la aplicación del Programa Horizonte 2020 como apoyo a la innovación e investigación para mantener la competitividad de la UE en el mundo.

b) El Mercado Único.
Informar sobre: La aplicación de las normas del mercado interior y de la competencia en ámbitos clave como la energía y los servicios; la normativa relativa a ayudas estatales; el Acta del Mercado Único II; la aplicación del mecanismo «Conectar Europa» relativo a la inversión del sector privado en infraestructuras de redes estratégicas; la Agenda Digital Europea y en especial sobre las medidas para llegar a un Mercado Único Digital.

c) Unión Económica y Monetaria.
Informar sobre: Refuerzo de la gobernanza económica y la Unión Económica y Monetaria, en especial sobre la unión económica, fiscal, bancaria y política en la Unión Europea, así como sobre la dimensión social de la misma; la aplicación del Mecanismo Único de Supervisión en el sector bancario y el acuerdo sobre el Mecanismo Único de Resolución; el programa RE FIT creado por la Comisión Europea y, en general, las medidas europeas para apoyar la competitividad en todos los sectores, en especial a las PYME; las medidas y normativa europea de lucha contra el trabajo no declarado, el fraude fiscal y la evasión fiscal, así como las medidas para facilitar una mayor información fiscal entre los Estados y el impuesto a las transacciones financieras.

d) Juventud, empleo y cohesión social.
Informar sobre: Las iniciativas propuestas a escala europea para apoyar la recuperación económica, la creación de empleo y reforzar la cohesión social; la aplicación por los Estados miembros de la Garantía Juvenil; la adquisición de cualificaciones, la eliminación de trabas a la libre circulación de trabajadores y la cooperación entre los servicios públicos de empleo; el fomento de la educación, formación, cualificacioness, empleo y cohesión social mediante la aplicación de programas a escala de la Unión Europea, tales como Erasmus+, el Programa Europeo de Empleo e Innovación Social, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización y el Fondo de Ayuda Europea para los Más Necesitados.

e) Eficiencia energética y cambio climático.
Informar sobre: La participación de la Unión Europea en las negociaciones para un acuerdo internacional sobre el clima en 2015; las propuestas europeas para un marco en 2030 sobre el clima y la energía; la normativa e iniciativas europeas que ayudan a reducir los impactos ambientales adversos; la normativa e iniciativas europeas para lograr una mayor eficacia en la gestión de los recursos naturales.

f) Justicia y seguridad.
Informar sobre: La aplicación efectiva de las normas de la Unión Europea y sobre el refuerzo de la cooperación entre las autoridades nacionales, en los ámbitos de la seguridad y la justicia, para proteger a la ciudadanía y defender sus derechos; Informar sobre el Programa de Estocolmo, que establece el plan de trabajo de la Unión Europea en el espacio de libertad, seguridad y justicia para el período 2010-2014; las funciones y marco jurídico de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

g) Acción exterior de la Unión Europea.
Informar sobre: La agenda de ampliación de la Unión Europea; la Política de Vecindad de la Unión Europea; la agenda de negociación comercial, los acuerdos y las normas de aplicación en las relaciones económicas exteriores de la Unión Europea; las medidas de la Unión Europea para promover la paz, la seguridad y la estabilidad en otras partes del mundo; la actividad de la Unión Europea en la ayuda global al desarrollo y ayuda humanitaria.

h) Estrategias de la Unión Europea para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la Unión Europea.
Informar sobre: El marco general e integración de la perspectiva de género en las Políticas Europeas; el principio de no discriminación por razones de sexo en las políticas europeas; la Estrategia para la igualdad entre mujeres y hombres 2010-2015.

Disposición adicional primera. Formularios.

Se adjuntan a esta Orden de convocatoria el Anexo I, que recoge el formulario de solicitud de ayuda, y el Anexo II, que recoge el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos.

Disposición adicional segunda. Delegación de firma.

Para las resoluciones desestimatorias por falta de disponibilidad presupuestaria, se delega la firma en la persona titular de la Secretaría General de Acción Exterior, con los requisitos y condiciones previstos en el artículo 108 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 21 de marzo de 2014, por el Consejero de la Presidencia, Manuel Jiménez Barrios.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 60, de 28/03/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 11-24).




Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)