jueves, 30 de julio de 2015

LÁCTEOS CASEROS: QUESO SEMICURADO-1

A continuación, se describen los pasos de la receta casera del queso semicurado de pasta prensada, elaborado con leche cruda o pasterizada de vaca:

1-Comprar leche de vaca pasterizada de corta vida comercial (3-4 días), o bien emplear leche cruda procedente de animales sanos sin enfermedades transmisibles al ser humano. En este último caso se deben extremar las precauciones higiénico-sanitarias para evitar contaminaciones que afecten la calidad del producto final. También se puede elaborar este tipo de queso a partir de leche de oveja, de cabra, de búfala o de cualquier otra especie animal típica de cada región ganadera. Si se utiliza leche de vaca habrá que comprar unos ocho litros para obtener un kilogramo de queso, aproximadamente; en los restantes casos, se requiere menos cantidad por tratarse de leches con más extracto coagulable. 

2-Atemperar la leche a unos 32-33 ºC en baño de agua, utilizando cualquier recipiente de cocina, metálico, acero inoxidable, cerámica, vidrio, etc. El valor de la temperatura se controla con un termómetro de cocina o de alcohol. 

3-En el caso de emplearse leche pasterizada es recomendable utilizar cultivos iniciadores de la fermentación láctica (fermentos lácticos), dado que gran parte de la flora bacteriana beneficiosa se ha destruido durante el calentamiento. Asimismo, se deben reponer las pérdidas de calcio debidas al tratamiento térmico de la leche, generalmente se añade cloruro cálcico de uso alimentario, antes de los cultivos lácticos. Las dosis de ambos vendrán fijadas en los envases de los productos comerciales. A continuación, se remueve la leche para que ambos ingredientes se distribuyan homogéneamente y se deja reposar durante 15-20 minutos, evitando que se modifique la temperatura inicial (32-33 ºC).

4-El coagulante necesario para hacer el queso se puede adquirir en empresas especializadas en auxiliares para la industria láctea o en farmacia. Normalmente, los coagulantes se venden en dos tipos de presentaciones comerciales: líquido y en polvo. Pueden utilizarse coagulantes de origen animal, vegetal o microbiano. Cualquiera que sea el coagulante adquirido se deben emplear en las dosis y concentraciones recomendadas por las empresas fabricantes en los envases. Los productos en polvo suelen tener concentraciones estandarizadas, desde 1/100.000 a 1/150.000 de fuerza coagulante, es decir, que una unidad de la cantidad de cuajo añadido (por ejemplo, 1 miligramo) es capaz de cuajar cien o ciento cincuenta mil unidades de leche (100 o 150 gramos, respectivamente). Para calcular la cantidad de coagulante necesario para añadir a 1 kilogramo de leche, se multiplicaría por 10 la cifra anterior, de modo que harían falta 10 o 15 miligramos, en función de la presentación comercial del producto adquirido. Los coagulantes líquidos son menos concentrados, oscilando su fuerza desde 1/10.000 a 1/20.000; en este caso, en lugar de su pesaje habría que medir su volumen, realizándose los cálculos igual que en el caso anterior. Los coagulantes en polvo se conservan mucho tiempo en un ambiente seco, mientras que los líquidos tienen una fecha de caducidad corta y deben conservarse en frigorífico a 4-10 ºC. 

5-Una vez que la leche tiene la temperatura indicada en el paso 2, y que se tiene preparado el coagulante (pesado o medido) se añade de una sola vez toda la cantidad calculada según el paso 4, removiendo a continuación intensamente todo el volumen contenido en el recipiente, para que se mezclen bien durante 45 segundos y se deja reposar, controlando que la temperatura se mantenga más o menos constante. Para remover se puede utilizar una cuchara grande, una espumadera, un cazo, o un utensilio similar, evitando siempre la formación de espuma. En ambientes muy fríos se puede recubrir el recipiente con una tela impermeable o plástico para mantener la temperatura o introducirlo en un baño de agua de temperatura controlada. 

6-Transcurridos, unos 45-50 minutos, la leche deberá estar totalmente cuajada, es decir, habrá dejado de ser líquida pasando a ser un semisólido o una especie de gelatina. Para comprobar que efectivamente la leche está cuajada se suelen realizar algunas pruebas empíricas, como por ejemplo, hacer un corte pequeño con un cuchillo en el centro de la masa y levantar con éste ligeramente ambos bordes comprobando si mantienen su estructura más o menos intacta; o introducir en el centro de la masa de cuajada una varilla hasta que toque el fondo del recipiente y observar si se mantiene en posición vertical sin inclinarse ni caerse; o despegar con el cuchillo o con las manos la masa de las paredes del recipiente sin que ésta se rompa, etc. 

7-Una vez realizadas las comprobaciones anteriores, se procede a cortar o trocear la masa de cuajada con ayuda de un cuchillo, una espátula de hoja ancha, o cualquier utensilio de cocina similar, durante unos 5 minutos hasta obtener unos trozos más o menos homogéneos del tamaño de guisante. A continuación, se deja reposar la masa cortada unos 15 minutos, para facilitar el desuerado de la misma (eliminación del suero).

8-Evitando que la masa se enfríe, se procede a trasladarla fuera del recipiente donde ha cuajado, bien de forma manual ('a puñados') o mediante un colador metálico o de plástico de cocina, disponiéndola por capas hasta llenar los moldes comerciales  o caseros para facilitar su escurrido. Este tipo de queso semicurado se adapta bien a las formas cilíndricas no elevadas o redondeadas. Previamente hay que calcular el número de moldes necesarios en función de la cantidad de leche utilizada en la elaboración del queso. Una vez que los moldes están llenos comienza la operación del prensado, que se realiza aplastando con las palmas de las manos la masa del interior, para eliminar únicamente una parte del suero (no todo el suero), dejando más o menos contenido de humedad según el gusto del consumidor. Esta operación suele durar alrededor de unos 20 minutos por cada queso. Otro modo de hacer el prensado es colocar sobre los quesos una superficie plana que soporta un objeto de peso previamente conocido. 

9-Este tipo de queso semicurado se puede comer con o sin sal. En el caso de que se prefiera salado, se puede hacer de varias maneras: añadiendo sal de grano medio a la masa de cuajada, antes de su introducción en los moldes; frotando con sal toda la superficie del queso después de finalizado el prensado. Se recomienda usar sal de buena calidad, como la de origen marino. La cantidad de sal va a gusto del consumidor, así como la duración del salado (24-36 horas). 

10-El queso semicurado es un queso madurado, que según la normativa vigente debe tener entre 20 y 44 días desde la fecha de elaboración antes de su consumo en las piezas inferiores a 1,5 kilogramos, y entre 35 y 104 días en los de mayor tamaño. Durante este período de maduración se van formando las características sensoriales del queso (color, textura, aroma, sabor), por lo que se requieren unos lugares o recintos apropiados con unas condiciones constantes de temperatura, humedad relativa y ventilación. Para asegurar la maduración correcta de los quesos, las condiciones óptimas de temperatura y humedad relativa deben estar comprendidas en los intervalos de 12-16 ºC, y 80-90%, respectivamente. Asimismo, es necesario realizar un volteo diario de los quesos durante todo el tiempo de maduración, para evitar deformaciones, detectar posibles problemas de contaminación, y conseguir una curación más homogénea. 

11-Finalizada la etapa de maduración, los quesos semicurados se pueden consumir directamente o almacenarlos en condiciones frigoríficas a 4-6 ºC, respetando siempre los tiempos indicados en el paso anterior.  

12-Estos quesos tienen variados usos en cocina, combinando muy bien en pinchos, tapas y raciones con otros alimentos. Son muy apropiados como aperitivos y entremeses, y acompañando algunos primeros y segundos platos. 




José Luis Ares Cea (docente)

ALUMNADO BECADO ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS NO UNIVERSITARIOS (ESPAÑA): CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 5 de mayo de 2015, de la Dirección General de Política Universitaria, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de España, se publican los beneficiarios de becas de carácter general para alumnado que cursa estudios postobligatorios no universitarios en el curso 2014-2015.

Por Resolución de 4 de mayo de 2015, del Secretario General de Universidades, se concedieron las becas de carácter general para alumnado que cursa estudios postobligatorios no universitarios, convocadas por Resolución de 28 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («BOE» de 7 de agosto).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.c) del artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 50.8 de la convocatoria, se resuelve:

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» que los listados completos de los beneficiarios de las referidas becas se encuentran expuestos en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Firmada en Madrid, a 5 de mayo de 2015, por el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 115, de 14/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5356, página 41647).


José Luis Ares Cea (docente)

miércoles, 29 de julio de 2015

MÁSTER EN INGENIERÍA INFORMÁTICA DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): PUBLICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica el plan de estudios de Máster en Ingeniería Informática.

Obtenida la verificación positiva del plan de estudios por parte del Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, y una vez establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014 (BOE de 18 de octubre), este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto ordenar la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Ingeniería Informática por la Universidad de Sevilla, que quedará estructurado según figura en los siguientes anexos.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5543, páginas 42832 y 42835).


José Luis Ares Cea (docente)


MÁSTER EN INGENIERÍA QUÍMICA DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): PUBLICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica el plan de estudios de Máster en Ingeniería Química.

Obtenida la verificación positiva del plan de estudios por parte del Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, y una vez establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014 (BOE de 18 de octubre), este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto ordenar la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Ingeniería Química por la Universidad de Sevilla, que quedará estructurado según figura en los siguientes anexos.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5544, páginas 42834 y 42835).


José Luis Ares Cea (docente)


MÁSTER EN SISTEMAS INTELIGENTES EN ENERGÍA Y TRANSPORTE DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): PUBLICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica el plan de estudios de Máster en Sistemas Inteligentes en Energía y Transporte.

Obtenida la verificación positiva del plan de estudios por parte del Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, y una vez establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014 (BOE de 18 de octubre), este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto ordenar la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Sistemas Inteligentes en Energía y Transporte por la Universidad de Sevilla, que quedará estructurado según figura en los siguientes anexos.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5548, páginas 42843 y 42844).


José Luis Ares Cea (docente)

MÁSTER EN TECNOLOGÍA E INDUSTRIA ALIMENTARIA DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): PUBLICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica el plan de estudios de Máster en Tecnología e Industria Alimentaria.

Obtenida la verificación positiva del plan de estudios por parte del Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Andaluza del Conocimiento, y una vez establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de septiembre de 2014 (BOE de 18 de octubre), este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto ordenar la publicación del plan de estudios conducente a la obtención del título de Máster Universitario en Tecnología e Industria Alimentaria por la Universidad de Sevilla, que quedará estructurado según figura en los siguientes anexos.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5549, páginas 42845 y 42846).


José Luis Ares Cea (docente)

GRADUADO EN INGENIERÍA DE TECNOLOGÍAS INDUSTRIALES DE UNIVERSIDAD DE SEVILLA (ESPAÑA): MODIFICACIÓN PLAN DE ESTUDIOS RESOLUCIÓN 15/4/2015

Mediante la Resolución de 15 de abril de 2015, de la Universidad de Sevilla (España), se publica la modificación del plan de estudios de Graduado en Ingeniería de Tecnologías Industriales.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26 y 28 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por los que se establece el procedimiento para la modificación de planes de estudios ya verificados y una vez recibido informe favorable de la Agencia del Conocimiento de 11 de julio de 2014 a las modificaciones presentadas del plan de estudios del título de Graduado/Graduada en Ingeniería de Tecnologías Industriales por la Universidad de Sevilla, este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.3 del Real Decreto 1393/2007 anteriormente citado, ha resuelto ordenar la publicación de la modificación del plan de estudios del título de Graduado/ Graduada en Ingeniería de Tecnologías Industriales por la Universidad de Sevilla que queda estructurado según consta en el anexo a esta Resolución.
Firmada en Sevilla, a 15 de abril de 2015, por el Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.


Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 119, de 19/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5551, página 42851-42856).





José Luis Ares Cea (docente)