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jueves, 29 de mayo de 2014

INICIATIVA ACTIVA EMPLEO JOVEN EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CAPÍTULO II DECRETO-LEY 6/2014

A continuación, se expone el Capítulo II sobre la Iniciativa Activa Empleo Joven, del Decreto-ley 6/2014, de 29 de abril, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se aprueba el Programa Emple@Joven y la «Iniciativa@mprende+».

Artículo 9. Objeto.
En el marco del Programa Emple@Joven, como primera fase de implementación del Sistema de Garantía Juvenil Andaluza y, a fin de mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes, se aprueba la Iniciativa Activa Empleo Joven, medio de participación en las iniciativas reguladas en materia de empleo, a través de un plan de acción individualizado que optimice sus capacidades y cualificaciones.

Artículo 10. Definición.
La Iniciativa Activa Empleo Joven se define como el conjunto de acciones individualizadas para la activación de las personas jóvenes, su tutorización y seguimiento personalizado a través de recursos humanos, materiales y metodológicos especializados en la atención a la juventud.

Artículo 11. De la persona beneficiaria.
Las personas beneficiarias de las acciones desarrolladas con la Iniciativa Activa Empleo Joven serán las que reuniendo los requisitos del artículo 4.2 soliciten y sean inscritas, a partir del día siguiente a la entrada en vigor del presente decreto-ley, en el Programa Emple@joven. Esta inscripción conllevará autorización expresa para la consulta de su vida laboral así como, cualquier otra información o documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación en el programa Emple@Joven.

Artículo 12. Implementación de la Iniciativa Activa Empleo Joven.
1.El procedimiento de participación en la Iniciativa Activa Empleo Joven se desarrollará en dos fases:

a) Primera fase: Elaboración de un plan de acción individualizado y suscripción de un compromiso personal de actividad. Esta fase se desarrollará en un plazo máximo de un mes a contar desde su inscripción en la iniciativa. El plan de acción individualizado incluirá, en función del perfil de la persona joven, la propuesta para su participación en alguna otra de las iniciativas recogidas en el Programa Emple@Joven, o en cuantas otras se implementen en materia de empleo por el Gobierno de Andalucía. El compromiso personal de actividad es un acuerdo mutuo y de responsabilidad compartida, entre la persona joven y el Servicio Andaluz de Empleo.

b) Segunda fase: En el plazo máximo de seis meses desde la inscripción en el programa, la persona joven recibirá el ofrecimiento de participación en alguna otra de las iniciativas incluidas en el programa Emple@Joven.

2.El Servicio Andaluz de Empleo llevará a cabo una tutorización y seguimiento personalizado de las personas participantes en la Iniciativa Activa Empleo Joven.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 86, de 7/05/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 8-50).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)