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viernes, 6 de julio de 2018

CONSULTORIO LÁCTEO-47

Respuesta a la consulta: 

El límite de colesterol, dentro de los esteroles, de los quesos fundidos, será como mínimo del 98% sobre la fracción esterólica del insaponificable, determinados por cromatografía gaseosa, solamente en aquellos productos sin las adiciones contempladas en los apartados 3.2.3 (sustancias aromáticas autorizadas) y 3.2.4. (especias, condimentos y alimentos), de acuerdo con lo establecido en el punto 3 apartado 3.3. del Anexo II del Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre.


Autor: José Luis Ares Cea 

CONSULTORIO LÁCTEO-42

Respuesta a la consulta: 

El límite de colesterol, en relación con los esteroles totales presentes en los quesos de leches de vaca, cabra y oveja, será como mínimo del 98% sobre la fracción esterólica del insaponificable, determinados por cromatografía gaseosa, de acuerdo a lo establecido en el punto 3 del Anexo I del Real Decreto 1113/2006, de 29 de septiembre, relativo a la norma de calidad para los quesos elaborados en España.

Autor: José Luis Ares Cea