Mostrando entradas con la etiqueta R8/9/14. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta R8/9/14. Mostrar todas las entradas

viernes, 22 de abril de 2016

INFORMACIÓN ANTEPROYECTO LEY FORMACIÓN PROFESIONAL 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 11 de abril de 2016, conjunta de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación y de la Secretaría General de Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de la Junta de Andalucía (España), se somete a información pública el anteproyecto de ley de Formación Profesional de Andalucía.

Primero. Someter a información pública el anteproyecto de ley indicado, durante un plazo de siete días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas. 
El sometimiento al trámite abreviado se justifica por la necesidad de contar en Andalucía con un marco legal adecuado a las necesidades del momento y adaptado a la nueva normativa básica estatal y la fecha en la que se prevé la entrada en vigor del texto normativo.

Segundo. Poner a disposición de las personas interesadas el texto del Anteproyecto, en formato papel, en horario de 9,00 a 14,00 horas, en las dependencias de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación. Asimismo, se podrá consultar, en formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección
http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/informacion-publica.html.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular, se presentarán por escrito en los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y serán dirigidas a la Secretaría General de educación y Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Firmada en Sevilla, a 11 de abril de 2016, por el Secretario General de Educación y Formación Profesional, Manuel Alcaide Calderón y el Secretario General de Empleo, Julio Samuel Coca Blanes

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 72, de 18/04/2016 (apartado 3 Otras disposiciones, página 47).


José Luis Ares (docente)

lunes, 13 de octubre de 2014

MEDIDAS EXCEPCIONALES FRUTAS Y HORTALIZAS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): GESTIÓN DE CRISIS EXPORTACIONES 2014

Mediante la Resolución de 8 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por los Reglamentos (UE) 913/2014 y 932/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El 7 de agosto de 2014, la República de Rusia anunció la prohibición de importaciones de determinados productos de la Unión a Rusia, incluidas la frutas y hortalizas, provocando una importante caída de precios al dejar de estar disponible de manera repentina un importante mercado de exportación ocasionando, como consecuencia, graves perturbaciones en el mercado, revistiendo especial importancia para el sector de las frutas y hortalizas, puesto que en este periodo del año se cosechan grandes cantidades de productos perecederos.

Dado que las medidas habituales disponibles en virtud del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercado de los productos agrario y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) 972/72, (CEE) 234/79, (CE) 1037/2001 y (CE) 1234/2007 resultan insuficientes para reequilibrar la situación actual del mercado y a fin de evitar perturbaciones más graves o prolongadas, por el procedimiento del urgencia regulado en el artículo 228, amparado por lo dispuesto en el artículo 219, ambos del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, se han dictado los Reglamentos Delegados (UE) 913/2014 y 932/2014 de la Comisión, de 21 de agosto de 2014 y 29 de agosto de 2014 respectivamente, a través de los cuales se articulan medidas extraordinarias de carácter temporal de apoyo al sector de las frutas y hortalizas.

Los citados reglamentos delegados prevén entre otras medidas, ayudas económicas para las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OP en adelante) así como productores individuales no asociados a una OP que hayan realizado operaciones de retirada de melocotón y nectarina entre el 11 de agosto y el 30 de septiembre de 2014 ambos inclusive, así como operaciones de retirada de producto, renuncia de cosecha o cosecha en verde, para los productos de tomates, zanahorias, coles, pimientos dulces, coliflores y brécoles («broccoli»), pepinos y pepinillos, hongos, manzanas, peras, ciruelas, bayas, uvas frescas de mesa y kiwis entre el 18 de agosto y el 30 de noviembre de 2014, ambos inclusive. En este último caso, no obstante la fecha podrá acortarse si se agota la disponibilidad presupuestaria habilitada para estas operaciones y grupo de productos.

Igualmente por el Fondo Español de Garantía Agraria con fecha 5 de septiembre de 2014 se ha dictado la Circular de Coordinación, número 20-2014 por la que establece normas coordinación para la Gestión, Control y Pago de las medidas excepcionales de apoyo establecidas con carácter temporal para el sector de las Frutas y Hortalizas, crisis 2014. Las autoridades competentes para la gestión, control y pago de estas medidas excepcionales son los Organismos Pagadores. En la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Organismo Pagador es la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (en adelante CAPDER) que por su parte dictó el pasado 21 y 28 de agosto de 2014, en su página web en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca, las instrucciones de la Dirección General de Fondos Agrarios, mediante las que se establecieron los procedimientos para acceder a estas medidas excepcionales en base a los entonces borradores de reglamento.

Una vez publicados los Reglamentos Delegados (UE) 913/2014 y 932/2014 de la Comisión, de 21 de agosto de 2014 y 29 de agosto de 2014, así como la circular 20-2014 de 5 de septiembre de 2014 del FEGA sobre normas de coordinación para la gestión, control y pago de las medidas excepcionales de apoyo establecidas con carácter temporal para el sector de las frutas y hortalizas, crisis 2014, la Dirección General de Fondos Agrarios dictó con fecha 8 de septiembre de 2014 las instrucciones definitivas para la autorización y validación de las operaciones de gestión de crisis de mercado generada tras el veto de la República de Rusia.

Es por ello que resulta necesario dar a conocer a la ciudadanía las instrucciones dictadas por la Dirección General de Fondos Agrarios para la autorización y validación de las operaciones de gestión de crisis de mercado generada tras el veto de la República de Rusia. Por razón de lo expuesto, la Dirección General de Fondos Agrarios, en virtud y uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y, en particular, el Decreto 38/2007, de 13 de febrero, que le asigna el ejercicio de las funciones de dirección del Organismo Pagador de los Fondos Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se resuelve lo siguiente: 

Primero. Aprobar y dar publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por los Reglamentos (UE) 913/2014 y 932/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se incorpora como Anexo a la presente Resolución, para su general conocimiento y vinculación a los interesados.

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde del 11 de agosto de 2014, fecha de la aplicación del Reglamento (UE) 913/2014 y el Capítulo II del Reglamento (UE) 932/2014 y desde el 18 de agosto de 2014, el Capítulo I del Reglamento (UE) 932/2014.

ANEXO (ver BOJA).
Firmada en Sevilla, a 8 de septiembre de 2014, por la Directora General, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 179, de 15/09/2014 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 19-59).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)