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viernes, 13 de mayo de 2016

SUBVENCIONES: EXTRACTO CONVOCATORIA AYUDAS AGROAMBIENTALES 2016 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye el Extracto de la Orden de 18 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España),  por la que se efectúa la convocatoria para el año 2016 de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima y a la Medida 13: Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015 y de la Orden de 14 de abril de 2016, que se citan.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a sus bases reguladoras, las operaciones que se citan de la Medida 10. Agroambiente y Clima, y de la Medida 13: Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, con cargo a los créditos presupuestarios que se indican.

10.1.3. Conservación y mejora de pastos en sistemas de dehesas.
10.1.6. Sistemas sostenibles de cultivos leñosos (permanentes).
10.1.10 Mantenimiento de sistemas singulares: castaño y uva pasa.
13.1.1 Pago compensatorio por ha de SAU en zonas montañosas.
13.2.1. Pago compensatorio por ha de SAU en otras zonas con limitaciones naturales significativas.
13.3.1 Pago compensatorio por ha de SAU en zonas con limitaciones específicas.

Segundo. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a la Medida 10: Agroambiente y Clima, contempladas en la Orden de 26 de mayo de 2015, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles que presenten una solicitud de ayuda o de participación en el régimen de ayudas en una determinada operación, estén dispuestas a contraer de forma expresa y por el período establecido en la letra g) del artículo 3 los compromisos que para cada tipo de operación se establecen en el anexo I de la citada Orden y cumplan los siguientes requisitos:
a) Que sean titulares de las explotaciones agrarias sobre las que solicite la ayuda.
b) Que las explotaciones agrarias estén inscritas en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía que se establezca al efecto.
c) Que reúnan las condiciones de admisibilidad que para cada una de las operaciones se establecen en el anexo I de la citada Orden.
2. Podrán ser beneficiarias de las ayudas correspondientes a la Medida 13. Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, contempladas en la Orden de 14 de abril de 2016, las personas físicas, bien a título individual ó como miembros de una cooperativa andaluza de Explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado calificada como agraria. Los agricultores y las agricultoras no pluriactivos comprometidos a llevar a cabo su actividad agraria en tales zonas, y cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser agricultor activo de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 1307/2013, de 17 de diciembre de 2013.
b) Ser titular de una explotación agraria sobre la que solicita la ayuda, de conformidad con la letra d) del artículo 3 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.
c) Que la explotación agraria por la que solicita la ayuda esté inscrita en el registro de explotaciones agrarias y forestales de Andalucía que se establezca el efecto.
d) Que reúnan las condiciones de admisibilidad que se establecen en el artículo 6 de la citada Orden.

Tercero. Objeto.
Convocar para el año 2016 las ayudas a la Medida 10: Agroambiente y Clima y a la Medida 13: Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Cuarto. Bases reguladoras.
-Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015, modificada por la Orden de 8 de abril de 2016.
-Orden de 14 de abril de 2016, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se modifica la Orden de 24 de febrero de 2016, por la que se regulan las condiciones para la verificación de los compromisos agroambientales por las Entidades de certificación establecidos en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Quinto. Importe máximo por beneficiario.
El obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de ambas Ordenes, Orden de 26 de mayo de 2014, y Orden de 14 de abril de 2016.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el último día del plazo de presentación de la Solicitud Única.

Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en las bases reguladoras y en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección: 
http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/su-campana-2016-impresos.html.
Firmado en Sevilla, a 18 de abril de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 75, de 21/04/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 16 y 17).


José Luis Ares (docente)

jueves, 28 de abril de 2016

SUBVENCIONES: CONVOCATORIA 2016 DESARROLLO RURAL MEDIDAS 10 Y 13 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 18 de abril de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria para el año 2016 de subvenciones a la Medida 10 "Agroambiente y Clima" y a la Medida 13 "Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas", incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, al amparo de la Orden de 26 de mayo de 2015 y de la Orden de 14 de abril de 2016, que se citan.

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para el año 2016, las subvenciones previstas en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015, modificada por la Orden de 8 de abril de 2016, que se citan a continuación:
- Operación 10.1.3. Conservación y mejora de pastos en sistemas de dehesas.
- Operación 10.1.6. Sistemas sostenibles de cultivos leñosos (permanentes).
- Operación 10.1.10. Mantenimiento de sistemas singulares: castaño y uva pasa.
2. Se convocan para el año 2016, las subvenciones previstas en la Orden de 14 de abril de 2016, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 13: Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se modifica la Orden de 24 de febrero de 2016, por la que se regulan las condiciones para la verificación de los compromisos agroambientales por las entidades de Certificación establecidos en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el Programa de desarrollo rural de Andalucía 2014-2020,que se citan a continuación:
- Operación 13.1.1. Pago compensatorio por ha de SAU en zonas montañosas.
- Operación 13.2.1. Pago compensatorio por ha de SAU en otras zonas con limitaciones naturales significativas.
- Operación 13.3.1. Pago compensatorio por ha de SAU en zonas con limitaciones específicas.

Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el último día del plazo de presentación de la Solicitud Única, teniendo en cuenta lo previsto en el apartado segundo del artículo 6 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única y el artículo 95 del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

Tercero. Solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes deberán formularse conforme a los modelos establecidos. Los mismos estarán a disposición de las personas solicitantes en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía en la dirección:
http://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural/areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/su-campana-2016-impresos.html.
2. Tanto las solicitudes de ayuda o participación en el régimen de ayudas como la documentación adjunta, y cualquier otra documentación exigida en la regulación específica de las ayudas objeto de la presente Orden, se presentarán preferentemente de forma telemática, mediante las herramientas informáticas disponibles a través de las entidades reconocidas firmantes del convenio con la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. La documentación que deberá de acompañar a la solicitud será la que se establece en el artículo 17 de la Orden de 26 de mayo de 2015, en el caso de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, así como en el artículo 11 de la Orden de 14 de abril de 2016, en el caso subvenciones a la Medida 13: Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas. no obstante, atendiendo a lo establecido en el artículo 35 letra f) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 84.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, no tendrán la obligación de presentar la documentación requerida aquellos solicitantes que la hayan presentado con anterioridad, siempre y cuando identifiquen el día y procedimiento administrativo en el cual lo hicieron y no hayan transcurridos cinco años desde la finalización del procedimiento para el que se presentaron los documentos, de conformidad con lo indicado en los modelos de solicitud para dicha documentación.

Sexto. Presupuesto para la convocatoria 2016.
1. El importe del crédito presupuestario para la convocatoria 2016 asciende a 46.687.833 euros para las operaciones de la Medida 10. Agroambiente y Clima, y a 12.557.642,20 euros para las operaciones de la Medida 13. Pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, con la siguiente distribución por partidas:

Octavo. efectos.
La eficacia de la presente Orden se producirá con la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Firmada en Sevilla, a 18 de abril de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 75, de 21/04/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 12-15).


José Luis Ares (docente)