Mostrando entradas con la etiqueta toma de muestras de leche. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta toma de muestras de leche. Mostrar todas las entradas

miércoles, 26 de febrero de 2014

6-CONTROL LECHE CRUDA OVEJA Y CABRA: TOMA DE MUESTRAS EN EXPLOTACIÓN GANADERA (ESPAÑA)

En el artículo 5 del capítulo II (Controles obligatorios en la explotación ganadera) del Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Gobierno de España, relativo a la normativa básica de control para los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, se establecen los criterios para la toma de muestras en la explotación ganadera.

Artículo 5. Toma de muestras en la explotación.

1. La toma de muestras en la explotación será realizada por el tomador de muestras.

2. Se tomarán en cada explotación, al menos, las muestras necesarias para garantizar un mínimo de dos muestras válidas al mes para cada parámetro establecido en el artículo 7, salvo para el estudio de células somáticas, para el que se garantizará al menos una muestra válida al mes. Será el laboratorio de análisis el que determine de manera justificada qué muestras son válidas para cada prueba.

3. Las muestras serán tomadas del tanque de almacenamiento de la leche cruda y serán almacenadas y transportadas hasta el laboratorio de análisis en las condiciones establecidas en el anexo II.

4. En caso de explotaciones con más de un tanque el tomador de muestras podrá tomar:
a) una única muestra formada por submuestras proporcionales al volumen contenido en cada tanque, o
b) una muestra individual de cada tanque.
En ambos casos, siempre se tomará muestra de todos los tanques que contengan leche cruda en la explotación en el momento de la recogida.

5. Las muestras serán marcadas con una etiqueta identificativa individual, en la que figurarán los datos establecidos por el laboratorio de análisis de acuerdo con el operador de leche cruda de oveja y cabra. En cualquier caso, incluirán todos los datos necesarios para permitir al laboratorio de análisis identificar correctamente la muestra y enviar los resultados a la «base de datos Letra Q». Siempre deberá indicarse la fecha de la toma de muestra, con independencia del sistema utilizado para su registro.

6. Las muestras identificadas individualmente se analizarán en un laboratorio de análisis que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 13 para los parámetros establecidos en el artículo 7.

Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE), nº 137, de 9/6/2011 (apartado I Disposiciones generales, Sec.I., 9995, páginas 58609-58631).



Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

martes, 23 de julio de 2013

PUBLICACIÓN: CUADERNO GANADERO 1998-1 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Título: CALIDAD DE LA LECHE. LA TOMA DE MUESTRAS.
Revista: Cuaderno del ganadero.
Temática: Ganadería, Sector lácteo, Producción de leche, Normativa, Toma de muestras de leche.
Claves: ganadería lechera, sector lácteo, explotaciones ganaderas, producción de leche, normativa, toma de muestras de leche, Andalucía.
Contenidos: Sector lácteo, Explotaciones lecheras, Normativa aplicable, Toma de muestras de leche, Rutinas del muestreo, Pruebas y determinaciones, Condiciones de conservación, Almacenamiento y transporte de las muestras para su análisis.
Ilustraciones: Diagramas, esquemas y figuras.
Autoría: Javier González-Palencia Lagunilla, Enrique Abraira Sobrado y José Enrique Pujalte Vidal.
Editorial: Servicio de Publicaciones de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía/ LIGAL.
Lugar de publicación: Sevilla (España).
Volumen/ número: sn/ C-001.
Extensión: 8 páginas.
Idioma: español.
Año: 1998.

El asesor científico de la AQAA, José Luis Ares Cea, ha adaptado este cuaderno en los programas formativos sobre mejora de la calidad de la leche impartidos a los empresarios de Andalucía durante varios años.




Fuente: Circular informativa (1999). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Gonzalo Ramírez Miquel (presidente). Sede AQAA: Bobadilla Estación (Málaga, España)