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viernes, 17 de enero de 2014

15-AYUDA AGRARIA ADVERSIDAD NATURAL: NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DECRETO-LEY 10/2013 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

En los artículos 30 y 31 del Título II del Decreto-Ley 10/2013, de 17 de diciembre, de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía (España), sobre ayudas financieras para la reconstitución del potencial de producción agraria como consecuencia de adversidades naturales, se incluyen la notificación y publicación de estas ayudas.

Artículo 30. Notificación y publicación.

1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y, en particular, los de requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la página web www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca área «Estructuras e infraestructuras agrarias», en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del artículo 12 de la Ley 11/2007, de 22 de junio. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente, se practicarán en el lugar o por el medio indicado por las personas o entidades en sus solicitudes.

3. Siempre que las personas o entidades interesadas hayan señalado o consentido expresamente el medio de notificación electrónico, las notificaciones que deban cursarse personalmente a las mismas se practicarán por ese medio en la sede electrónica que se les hayan asignado a tal efecto, de conformidad con la normativa aplicable. A tal efecto, en el formulario de solicitud figura un apartado para que la persona o entidad interesada pueda señalar expresamente el medio de notificación o comunicación electrónica como preferente e indicar, para el caso de comunicación, una dirección electrónica.

Artículo 31. Publicación trimestral de las subvenciones concedidas.

1. A efectos de general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y 123 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las subvenciones concedidas se publicarán trimestralmente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, la persona o entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad o finalidades de la subvención.

2. No será necesaria dicha publicación respecto de las subvenciones cuyo importe individual sea de cuantía inferior a 3.000 euros. En este supuesto la publicidad se efectuará a través de la página web www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca área «Estructuras e infraestructuras agrarias».

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 248, de 20/12/2013 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 13-43).


Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 14 de marzo de 2013

PROTECCIÓN MEDIO AMBIENTE EMPRESAS DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): AYUDAS PARA INFRAESTRUCTURAS

En la Orden de 8 de enero de 2013 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente (CAPMA) de la Junta de Andalucía (España) se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las inversiones en infraestructuras e instalaciones destinadas a la protección del medio ambiente en las empresas, derogando la Orden de 17 de septiembre de 2010 (BOJA, nº 210, de 27 de octubre). Uno de los principales objetivos de CAPMA es la protección y mejora del medio ambiente, a través del principio de prevención, adoptando todas las medidas necesarias para evitar los daños en su origen, antes de tener que contrarrestar sus efectos negativos. 

Una de las estrategias de CAPMA, para conseguir dicho objetivo, es el fomento de la adaptación ambiental de las empresas, promoviendo el desarrollo sostenible de las mismas. En la citada Orden de 17 de septiembre se aprobaba la convocatoria de ayudas a las inversiones en infraestructuras e instalaciones para el año 2010, y tras tres convocatorias de este tipo de subvenciones, se considera que el objetivo de la protección ambiental ha tenido suficiente grado de cobertura en las empresas, por lo que dada la situación económica actual, se considera conveniente la derogación de dicha Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.4 de la Ley 5/2012 de 26 de diciembre de 2012 del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La presente Orden de 8 de enero de 2013 establece en su Disposición transitoria única que los procedimientos de solicitudes iniciados y subvencionadas en convocatorias anteriores al amparo de la Orden de 17 de septiembre de 2010, seguirán rigiéndose por ésta hasta su completa finalización.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 18 (25/01/2013). Andalucía (España).
José Luis Ares Cea (profesor)