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viernes, 22 de noviembre de 2013

14-GANADERÍA INTEGRADA: ASESORAMIENTO TÉCNICO (ANDALUCÍA, ESPAÑA)

En el punto 4 del Anexo del Reglamento Específico de Ganadería Integrada, aprobado mediante la Orden de 29 de noviembre de 2005, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía (España), se incluye el asesoramiento técnico competente.

4. Asesoramiento técnico competente.

1. Todas las explotaciones deberán estar bajo la dirección y control de los servicios técnicos competentes de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, y con formación específica en Ganadería Integrada, de acuerdo con la Orden de 13 de diciembre de 2004. Esta dirección y control se deberán acreditar mediante la correspondiente documentación de contrato.

2. Los servicios técnicos competentes responsables de la explotación ganadera prestarán sus servicios o podrán ser contratados a tiempo total o parcial, directamente por la explotación, o a través de una Agrupación de Producción Integrada.

3. El número de técnicos responsables de un servicio técnico deberá estar en proporción al número de operadores al que preste asistencia, al número de cabezas y a la dispersión de las explotaciones o instalaciones que pertenezcan a dichos operadores, de acuerdo a lo que se establezca en los reglamentos específicos.

4. Las funciones de los servicios técnicos competentes son independientes de las del personal veterinario responsable de la explotación, pero ambas podrán recaer sobre este último siempre que cumpla con los requisitos de los artículos 29 y 30 de la Orden de 13 de diciembre de 2004, sobre Producción Integrada.

5. Las funciones de los servicios técnicos competentes de la explotación deberán ser:

a) Realizar el control del proceso de producción que el operador efectúe y adoptar las medidas correctoras pertinentes.

b) Cumplimentar el Cuaderno de Manejo de la Explotación.

c). Informar al organismo de inspección, con anterioridad inmediata al sacrificio, del cumplimiento por parte de los productores de las normas de Producción Integrada.

d) Dirigir la formación e información continua de los operarios/as.

Más información:  Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 5, de 10/01/2006 (páginas 14-18).


Fuente: Circular informativa (2006). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). Manuel Peña Párraga (presidente). Sede AQAA: Baena (Córdoba, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)