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martes, 10 de febrero de 2015

INFOEMPLEO: CONTRATOS LABORALES PROYECTOS I+D+F IFAPA (ESPAÑA) RESOLUCIÓN 27/1/2015

Mediante la Resolución de 27 de enero de 2015, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica (IFAPA) de la Junta de Andalucía (España), se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.

El artículo 15.1 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, establece que el organismo podrá celebrar, con cargo a sus presupuestos, contratos laborales para la realización de un proyecto específico de investigación. Tales contratos se ajustarán, según dispone la citada Ley, a la modalidad de obra o servicio determinado y a la de contratos formativos a que se refieren los artículos 15.1.a) y 11.1, respectivamente del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, pudiéndose formalizar con personal investigador o personal científico o técnico así como con quienes estuviesen en posesión del título de Doctor.

En virtud de los citados preceptos se vienen formalizando por parte de este Instituto contratos laborales de una y otra modalidad en el marco de programas de formación y proyectos específicos de I+D+F, según la naturaleza y características del puesto de trabajo a cubrir, preceptos que con la entrada en vigor de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, han de entenderse adaptados y adecuados a un nuevo marco legal que otorga mejores instrumentos a los agentes del sistema para que puedan ser progresivamente más eficaces y eficientes en el ejercicio responsable de su actividad. La referida Ley establece modalidades contractuales que cualquier organismo público de investigación podrá utilizar para vincular al personal técnico e investigador mediante una relación laboral. 

Entre dichas modalidades contractuales se encuentran, el contrato predoctoral, el de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, el contrato de investigador distinguido, o el contrato para la realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica. Los proyectos y programas que sustentan estos contratos gozan de autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad del Instituto y responden a actividades que el IFAPA ejecuta, en el ámbito de sus competencias, a iniciativa propia o en colaboración con otras entidades (públicas o privadas), en aquellas áreas de Investigación y Transferencia que se consideren prioritarias para el sector en Andalucía. Estos proyectos requieren, en su mayoría, la realización de trabajos y tareas que por su carácter coyuntural y extraordinario no pueden ser atendidos por el personal fijo de plantilla del IFAPA, de ahí la necesidad de contar recursos humanos cualificados, sin perjuicio de la supervisión de tales trabajos que, en todo caso, corresponderá a dicho personal de plantilla.

Como exige la propia naturaleza de estos contratos, su duración, aunque limitada en el tiempo, estará condicionada, a la efectiva ejecución de las actuaciones que constituyen el proyecto específico de I+D+F objeto del contrato y, por tanto es, en principio, de duración incierta. A la vista de lo anterior, se resuelve lo siguiente:

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan las contrataciones laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F que se detallan en el Anexo I. En dicho Anexo se especifica la duración estimada de los contratos, así como los requisitos que deberán reunir las personas que estén interesadas en concurrir en el proceso selectivo, los cuales guardarán relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato. 
Además de los requisitos anteriores, la persona solicitante deberá reunir los siguientes:
a) Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
b) Tener nacionalidad española, en los términos del artículo 57 del Estatuo Básico del Empleado Público aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Segundo. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. La solicitud deberá ajustarse al formulario disponible en la página web del IFAPA, http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ifapa, en el apartado «Oficina Virtual», Empleo Público.
2. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, las solicitudes se presentarán preferentemente en la página web del IFAPA en la dirección web indicada.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contado desde el día siguiente al de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución de convocatoria, comenzando dicho plazo a las 9:00 horas del primer día y finalizando a las 14:00 horas del último día.
4. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona solicitante.
5. A la solicitud deberá acompañarse copia, digitalizada en su caso, de la siguiente documentación, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante una declaración responsable o utilización de firma electrónica avanzada:
a) Informe de período de inscripción como demandante de empleo durante el período de presentación de solicitud.
b) Acreditación de la nacionalidad en caso de que no sea española o bien en caso de que siendo española la persona solicitante no consienta expresamente su consulta a través del sistema de verificación de identidad.
c) Currículo.
d) Titulación o titulaciones académicas exigidas en el Anexo I, o certificación acreditativa de haberla solicitado y tener abonados los derechos, expedida de acuerdo con la Resolución de 26 de junio de 1989, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación. Los títulos obtenidos fuera de España habrán de estar convalidados o reconocidos por el Ministerio correspondiente.
e) Documentación acreditativa de los requisitos que se detallan en el Anexo I, que deban reunir las personas que estén interesadas en concurrir al proceso selectivo correspondiente, los cuales guardan relación con el programa o proyecto de I+D+F en que se enmarca el contrato, así como de los méritos consignados en el currículo.
Cada fichero se identificará con el requisito o mérito correspondiente. 
La no presentación de la documentación acreditativa de los requisitos supondrá la exclusión de la persona solicitante.

Tercero. Órganos competentes.
1. El órgano instructor del procedimiento será el Servicio de Personal de IFAPA, que se encargará del análisis de las solicitudes presentadas, comprobará que los beneficiarios reúnen los requisitos establecidos, y realizará cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
2. La Comisión de Selección que se reunirá al objeto de valorar los méritos de las personas candidatas estará integrada por las siguientes personas:
- Presidencia: persona titular del Servicio de Personal de IFAPA.
- Vocales: persona proponente del contrato, persona titular del Servicio de Investigación de IFAPA y persona funcionaria del grupo A1.2 de la Junta de Andalucía, que ejercerá las funciones de secretaría de la comisión de selección.
3. El órgano competente para dictar las Resoluciones que correspondan en el desarrollo del procedimiento será la persona titular de la Presidencia del IFAPA.

Cuarto. Procedimiento de selección.
1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se dictará Resolución por la Presidencia del IFAPA declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. La Resolución se publicará en la página web del IFAPA y en ella se otorgará un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación para alegar en contra de la causa de exclusión, o en su caso, subsanar el defecto que haya motivado la misma. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
2. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, o en el supuesto de que ninguna de las personas solicitantes resulte excluida se dictará Resolución por la Presidencia del IFAPA, que se publicará en la página web del Instituto, declarando aprobada la lista definitiva de personas aspirantes admitidas.
La Resolución por la que se declarará aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos/as agotará la vía administrativa. Contra la citada Resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Presidencia del IFAPA, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. La Comisión de Selección se reunirá al objeto de valorar los méritos de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la presente convocatoria, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Sólo se valorarán los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados documentalmente por las personas participantes conforme a la dispuesto en el Anexo III de la presente Resolución y que estén directamente relacionados con el programa o proyecto de I+D+F propio del contrato objeto de la convocatoria, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos exigidos en la convocatoria, los cuales en todo caso, deberá reunir la persona solicitante.
En ningún caso la Comisión de Selección dará por supuesta la concurrencia de un mérito que no haya sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.
b) Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad.
4. Valorados los méritos, la Comisión de Selección dará traslado al órgano instructor para que efectúe la propuesta de resolución con expresión de las personas candidatas propuestas provisionales, puntuación otorgada en cada uno de los apartados del baremo y de un número máximo de tres suplentes que, en caso de renuncia del contrato por parte de las personas seleccionadas, podrán formalizar el mismo previa resolución favorable de la Presidencia del IFAPA.
La Resolución se publicará en la página web del IFAPA. Las personas solicitantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las listas, para formular cuantas alegaciones estimen pertinentes, de conformidad con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Analizadas las alegaciones presentadas, el órgano instructor, elevará a la Presidencia del IFAPA la propuesta de Resolución con la persona adjudicataria definitiva.
5. La inclusión de aspirantes en la relación de personas admitidas al procedimiento así como en la lista provisional de personas beneficiarias no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de IFAPA de que reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la Resolución de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes propuestos que definitivamente sean llamados a la contratación, que deberán presentar la documentación original.
6. El resultado del proceso de selección se publicará en la página web del IFAPA. Contra la Resolución que ponga fin al procedimiento de selección se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del IFAPA, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
7. La publicación de los actos relacionados con la presente convocatoria sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos, conforme a lo dispuesto en los artículos 59.6.b) y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Quinto. Condiciones del contrato.
1. Con las personas que resulten seleccionadas se formalizará un contrato laboral bajo la modalidad de contrato de realización de proyectos específicos de investigación científica y técnica previsto en el artículo 30 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
2. La duración de estos contratos será la del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca, estando sujeta, en todo caso, la duración de los mismos a la financiación del Programa Operativo correspondiente, ello en relación con lo dispuesto en el artículo 52 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores.
3. Las retribuciones que percibirán las personas con las que se formalice el contrato serán las establecidas en la Resolución de la Presidencia del IFAPA para el personal técnico e investigador correspondiente y que tiene su fundamento en el artículo 15.2 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA.
4. Los contratos de trabajo se ajustarán a lo dispuesto en la Resolución de convocatoria, al Estatuto de los Trabajadores, a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, a la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, a la Ley 1/2003, de creación del IFAPA, y a la demás de general y particular aplicación, asimilándose, en cuanto a permisos, vacaciones y licencias e indemnizaciones por razón del servicio, a lo dispuesto para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía.
5. El personal con quien se formalice el contrato de trabajo ajustará su actividad a las funciones y tareas propias del proyecto o actividad de I+D+F en que se enmarca su contrato. Además, hará constar en todos los trabajos y estudios realizados que los mismos están financiados por el Fondo Europeo correspondiente.

Sexto. Financiación.
La financiación de los contratos objeto de esta convocatoria se refleja en el Anexo I.

Séptimo. Incorporación del personal seleccionado.
En la Resolución del procedimiento de selección se indicará la fecha de incorporación del personal seleccionado, de acuerdo con lo establecido en su respectivo contrato.

Octavo. Recursos.
Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la misma, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de este acto ante el órgano judicial pertinente, todo ello de conformidad en lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ANEXO I.
Contrato/ Proyecto I+D+F/ Financiación/ Centro IFAPA/ Duración estimada/ Requisitos:
Contrato: 1.
-Proyecto I+D+F: Support to Aquaculture and Fishery Industry (SAFI)
-Financiación: 100% Ministerio de Economía y Competitividad.
-Centro IFAPA: Agua del Pino (Huelva).
-Duración estimada: Hasta 30/09/2016.
-Titulación académica: Grado o Licenciatura en Biología. Doctorado.
-Experiencia: Investigación en ecología marina.
-Idioma: Inglés nivel B2.
-Otros requisitos:

Contrato: 2.
-Proyecto I+D+F: Ecología de la comunidad acuática del estuario del Guadalquivir y su función como zona de cría para especies marinas de interés pesquero en el Golfo de Cádiz.
-Financiación: 100% Fondo Europeo de Pesca (FEP).
-Centro IFAPA: El Toruño, Puerto de Santa María (Cádiz).
-Duración estimada: Hasta 30/06/2015.
-Titulación académica: Grado o Licenciatura en Ciencia del Mar o Biología. Doctorado.
-Experiencia: Investigación en cultivo, muestreo o análisis de ácidos grasos en microalgas marinas.
-Idioma:
-Otros requisitos: Permiso de conducir.

ANEXO II.
Baremo a aplicar en la selección de las personas candidatas:
A. Experiencia profesional, se valorará con un máximo de 45 puntos, de acuerdo con el siguiente detalle:
• Experiencia profesional adquirida en el IFAPA, 0,50 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
• Experiencia profesional adquirida fuera del ámbito del IFAPA, 0,35 puntos por mes completo o fracción superior a quince días.
• Se considera igualmente como experiencia profesional, la adquirida mediante nombramiento como becario/a en cualquier entidad pública o privada de investigación, valorándose 0,20 puntos por mes completo. Si el periodo formativo como becario/a ha tenido lugar en el ámbito del IFAPA, se valorará 0,30 puntos por mes completo.
Para la adecuada valoración de este mérito la Comisión de selección tendrá en cuenta las siguientes reglas:
• Por experiencia profesional se entenderá la adquirida y acreditada bajo cualquier vínculo jurídico laboral, contractual o administrativo en la misma categoría profesional y titulación a que se opta.
• Si la experiencia profesional se ha adquirido en la categoría profesional inmediata inferior a la que se opta, se aplicará un coeficiente corrector del 0,50 a la puntuación obtenida por este mérito.

B. Producción científica y tecnológica, se valorará la producción científica y tecnológica de las personas candidatas, con un máximo de 40 puntos, de acuerdo con el siguiente detalle:
• Publicaciones:
Tipo de publicación/ Primer o último autor/ Coautor:
-Revistas con índice de impacto internacional (JRC, SCI e ISI ) (1):
Primer o último autor: Hasta 3 puntos.
Coautor: Hasta 1,5 puntos.
Libros (con ISBN o Depósito legal o Creative Common):
Primer o último autor: Hasta 1,5 puntos.
Coautor: 1 punto.
Otras revistas, capítulos de libros (con ISBN, ISSN o depósito legal o creative common), documentos, informes científico-técnicos, material docente, guías de cultivos, vídeos y otros productos de transferencia (2):
Primer o último autor: 1 punto.
Coautor: 0,5 puntos.
Notas:
(1) En función del cuartil en que esté catalogada la revista.
(2) E n el caso de libros de actas de congresos con ISBN, ISSN o depósito legal o cretive common, la puntuación se reducirá en medio punto en cada uno de los apartados.
• Obtenciones vegetales y patentes debidamente registradas:
Las obtenciones vegetales y las patentes que acrediten explotación comercial y/o generación de regalías, se valorarán con 3 puntos por cada una.
Las obtenciones vegetales y las patentes debidamente registradas que no acrediten explotación comercial y/o generación de regalías, se valorarán con 2 puntos por cada una.
• Dirección de tesis doctorales, 1 punto. Dirección de proyectos o trabajos fin de máster y fin de carrera, 0,50 puntos, por cada uno.
• Impartición de cursos, seminarios y jornadas técnicas u otras actividades divulgativas destinadas a profesionales de los sectores agrario, forestal, pesquero o agroalimentario, 0,20 por cada diez horas lectivas.
• Otras actividades de carácter divulgativo, 0,10 puntos por cada diez horas lectivas.
• Participación en ponencias y comunicaciones a Congresos, 0,20 puntos por cada una, diferenciándose si son comunicaciones orales, 0,20 puntos, o póster, 0,10.

C. Formación, se valorará la formación, con un máximo de 15 puntos, de acuerdo con el siguiente detalle:
• Titulaciones académicas de igual o superior nivel y distinta a la exigida en la convocatoria, 2 puntos por el título de Doctor y 1 por el de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Ingeniero, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, o titulación de Grado o Máster en el caso de titulaciones del Espacio Europeo de Educación Superior, y 0,50 puntos por el título de Técnico Superior de Formación Profesional o Formación Profesional de segundo grado.
A los efectos de valoración de titulaciones académicas, no serán computados los títulos exigidos por la legislación académica vigente como necesarios para obtener otros superiores que hayan sido alegados.
• Expediente académico correspondiente a la titulación exigida, de acuerdo con la siguiente escala:
• Por nota media de Matrícula de Honor: 5 puntos.
• Por nota media de Sobresaliente: 4 puntos.
• Por nota media de Notable: 2 puntos.
• Asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento, 0.10 puntos por cada 20 horas lectivas.
Para acciones formativas de menor duración, se aplicará la valoración establecida proporcionalmente.
Únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
• Realización de estancias en centros de I+D+F, 0,20 puntos por cada mes de estancia.
• Conocimiento técnico profesional de un idioma oficial en el ámbito de la Unión Europea, distinto del español, de acuerdo con la siguiente escala:
• 0,5 Nivel A2: Elemental.
• 1,0 Nivel B1: Intermedio.
• 1,5 Nivel B2: Intermedio alto.
• 2,0 Nivel C1: Avanzado.
• 2,5 Nivel C2: Muy avanzado.
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá de estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al conocimiento de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas maternas. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados del baremo según el orden en que aparecen.

ANEXO III.
Justificación documental de los méritos:
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia digitalizada de la los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente:
• Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral o documento equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral, aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional en la que se han prestado dichos servicios.
La experiencia como becario/a se acreditará mediante copia de la resolución de adjudicación de la beca y certificación del organismo público de investigación correspondiente expresiva del período de tiempo en el disfrute de la beca.
• Para la producción científica y tecnológica:
• Publicaciones:
- de libros, capítulos, actas de congresos, etc, copia de las páginas donde aparezca el título general e ISBN o depósito legal, y los autores.
- de artículos, copia de los mismos.
- de artículos aceptados, justificante que acredite la notificación del editor.
• Las patentes y obtenciones vegetales, mediante copia del documento que certifique su inscripción en la oficina pública de registro correspondiente. La generación de regalías deberán acreditarse documentalmente.
• Dirección de tesis doctorales o dirección de proyectos o trabajos fin de máster y fin de carrera, copia del certificado oficial correspondiente.
• La impartición de cursos, seminarios, jornadas técnicas, ponencias, o comunicaciones a congresos, copia del certificado o nombramiento como profesor o ponente donde conste su nombre y apellidos, nombre de la actividad docente, fecha de realización, número de horas impartidas y la entidad organizadora. Tratándose de ponencias y comunicaciones a congresos, deberá aportarse copia de las mismas.
• La impartición de otras actividades de carácter divulgativo, copia del certificado donde conste su nombre y apellidos, nombre de la actividad divulgativa, fecha de realización, número de horas realizadas en la actividad y la entidad organizadora.
• Para la formación:
• Titulaciones académicas, copia del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
• Expediente académico, copia de la certificación académica donde conste la calificación media obtenida.
• La asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento: copia del título o certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza, imparte u homologa, la materia y el número de horas lectivas.
• Documento acreditativo de las estancias en centros de I+D+F y de su duración.
• Copia del título o certificado expedido por organismos o instituciones públicas o privadas que utilicen como referencia las escalas del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, donde conste el nivel acreditado de conocimiento de dicho idioma.
La persona interesada será personalmente responsable de la veracidad de la documentación aportada, estando obligado a presentar los documentos originales, en cualquier momento, a requerimiento de la Administración.
Firmada en Sevilla, a 27 de enero de 2015, por la Presidenta, María del Carmen Ortiz Rivas.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 24, de 5/2/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 19-24).


José Luis Ares Cea (docente)

viernes, 23 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES AYUDANTES DOCTORES UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (BOJA del 11); los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2014, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas como Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2014-2015 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente. En la Disposición Segunda de dicha Orden, se establece que las Universidades procederán a la convocatoria pública de las plazas autorizadas, previo informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

Una vez recibido dicho informe con fecha 9 de diciembre de 2014, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Ayudantes Doctores, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 11 de diciembre de 2014, por el Rector, P.D.F. (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27.9), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada, las plazas de Profesores Ayudantes Doctores que se indican en el Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades; Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo II. La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Estar en posesión del título académico de Doctor.
2.1.4. Contar con la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia Andaluza del Conocimiento.
2.1.5. Será mérito preferente la estancia en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad de Cádiz, de conformidad con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 50 de la Ley Orgánica 4/2007, de Universidades. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO I. Plazas a convocar. Categoría: Profesor Ayudante Doctor a tiempo completo.
Plaza/ Centro/ Departamento/ Área de conocimiento/ Duración/ Perfil/ Méritos preferentes/ Puntuación mínima:
-DC4116/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Bioquímica y Biología Molecular/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4114/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Genética/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4131/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Genética/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4115/ Facultad de Ciencias/ Bioquímica y Biología Molecular, Microbiología, Medicina Preventiva y Salud Pública, Fisiología y Genética/ Microbiología/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 30 puntos.
-DC4006/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Algeciras)/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 15 puntos.
-DC4117/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Jerez)/ Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/ Trabajo Social y Servicios Sociales/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 15 puntos.
-DC4122/ Facultad de Derecho/ Derecho Internacional Público, Penal y Procesal/ Derecho Penal/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4154/ Facultad de Derecho (sede Bahía de Algeciras)/ Derecho Internacional Público, Penal y Procesal/ Derecho Procesal/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 20 puntos.
-DC4109/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4110/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4124/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4148/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4149/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4158/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Campus Bahía de Algeciras)/ Economía Financiera y Contabilidad/ Economía Financiera y Contabilidad/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4155/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales (Campus Bahía de Algeciras)/ Economía General/ Economía Aplicada/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
DC4156/ Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación/ Economía General/ Economía Aplicada/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4146/ Escuela Politécnica Superior/ Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil/ Ingeniería de los Procesos de Fabricación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 40 puntos.
-DC4161/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Informática/ Lenguajes y Sistemas Informáticos/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4162/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Informática/ Lenguajes y Sistemas Informáticos/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4147/ Escuela Superior de Ingeniería/ Ingeniería Mecánica y Diseño Industrial/ Ingeniería de los Procesos de Fabricación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 40 puntos.
-DC4125/ Facultad de Ciencias/ Ingeniería Química y Tecnología de Alimentos/ Ingeniería Química/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4126/ Facultad de Ciencias/ Ingeniería Química y Tecnología de Alimentos/ Ingeniería Química/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
DC4163/ Escuela de Ingenierías Marina, Náutica y Radioelectrónica/ Máquinas y Motores Térmicos/ Máquinas y Motores Térmicos/  Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 20 puntos.
DC4142/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales/ Organización de Empresas/ Organización de Empresas/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4143/ Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales/ Organización de Empresas/ Organización de Empresas/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4119/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Evolutiva y de la Educación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4164/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Evolutiva y de la Educación/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4127/ Facultad de Ciencias de la Educación/ Psicología/ Psicología Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4165/ Facultad de Ciencias del Trabajo (sede Algeciras)/ Psicología/ Psicología Social/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 10 puntos.
-DC4166/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4167/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4168/ Facultad de Ciencias/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.
-DC4169/ Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales/ Química Analítica/ Química Analítica/ Un año, prorrogable hasta un máximo de cinco/ 25 puntos.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 7, de 13/1/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 61-75).



José Luis Ares Cea (profesor)

jueves, 22 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES ASOCIADOS UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 14 de enero de 2015, del Rectorado de la Universidad de Almería (España), por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor Asociado para el curso académico 2014/2015.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por Decreto 54/2013, de 21 de mayo, delegó en la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, el ejercicio de la competencia de autorización de las correspondientes convocatorias de la Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal de las Universidades Públicas de Andalucía. Dicho Decreto delega en la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el ejercicio de la competencia de autorización prevista en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, en relación con la contratación de personal laboral temporal en las Universidades Públicas de Andalucía.

La Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, en su artículo 12.2, ha dispuesto que en el año 2014 «no se procederá en el sector público andaluz a la contratación de personal laboral temporal ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales».

Por Orden de 10 de octubre de 2014, el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo autoriza la contratación temporal de profesorado universitario de las Universidades Públicas Andaluzas concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para el curso 2014/2015.

La presente convocatoria cuenta con la referida autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia en los términos establecidos por la legislación vigente y no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de Almería, ni a los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Este Rectorado, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, así como en los artículos 41, 51 y 110 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la adjudicación de las plazas de profesor asociado en régimen de contratación laboral temporal que se citan en el Anexo I, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.
1.1. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA número 92, de 9/5/2008); en el Capítulo II del Título III de los Estatutos de la Universidad de Almería; por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, particularmente por los adoptados en fecha 31 de julio de 2008, y modificados con fecha 25 de octubre de 2011, por los que se establecen los «Criterios generales y baremo para la valoración del mérito y la capacidad en los concursos públicos de selección de personal docente e investigador con contrato laboral que se convoquen por la Universidad de Almería», en adelante «Acuerdo de Criterios Generales» así como por la demás normativa de general aplicación.
1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso de valoración de méritos, en virtud del cual las Comisiones valorarán muy especialmente la especificidad del currículum de los aspirantes en relación con la actividad docente y con el área de conocimiento a la que pertenece la plaza convocada.
1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.

2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar a cada una de las figuras de personal docente e investigador contratado laboral, relacionados en los apartados 2.2 y 2.3 siguientes, así como de todos los méritos alegados por los aspirantes, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de vigencia del contrato.
2.2. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Estar en posesión del título universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y/o de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la actividad profesional.
b) Nacionalidad: en aplicación de la disposición adicional undécima de la LOU, los contratos de profesorado previstos por dicha Ley no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. No obstante, la suscripción de los contratos como Personal Docente e Investigador contratado en las diferentes figuras contractuales, para nacionales de países no miembros de la UE, se condiciona a la posesión del permiso de trabajo o a la excepción del mismo.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Los aspirantes deben poseer un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada, declarándose nulo el contrato laboral si se demostrara lo contrario.
2.3. Podrán participar en la presente convocatoria quienes reúnan adicionalmente los siguientes requisitos específicos:
a) Ser especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo fuera del ámbito académico universitario una actividad remunerada laboral, profesional o en la administración pública, necesariamente relacionada con la docencia a desarrollar, con antigüedad de, al menos tres años, y que mantengan el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación laboral.
b) Estar en posesión, en su caso, de la titulación específica requerida para la plaza solicitada e indicada en el Anexo I.
2.4. De conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades, se considerará mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios.
Firmada en Almería, a 14 de enero de 2015, por el Rector, Pedro Roque Molina García.

ANEXO I.
-Código de la plaza: 01/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 2 horas (2 h. docencia + 2 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Licenciado en Filología Inglesa.
Departamento: Filología.
Ámbito/Área: Filología Inglesa.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 02/15/A.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Licenciado en Antropología Social y Cultural; Grado/Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología; Grado/Licenciado en Sociología.
Departamento: Geografía, Historia y Humanidades.
Ámbito/Área: Antropología.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 03/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 2 horas (2 h. docencia + 2 h. tutoría semanales).
Titulación: Licenciado en Biblioteconomía y Documentación; Grado en Información y Documentación.
Departamento: Geografía, Historia y Humanidades.
Ámbito/Área: Biblioteconomía y Documentación.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 04/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Licenciado en Sociología.
Departamento: Geografía, Historia y Humanidades.
Ámbito/Área: Sociología.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 05/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Licenciado en Bellas Artes.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de la Expresión Plástica.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 06/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 07/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 5 horas (5 h. docencia + 5 h. tutoría semanales).
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de las Ciencias Sociales.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 08/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado / Licenciado en Veterinaria; Grado/Licenciado en Medicina.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Medicina.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 09/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado / Licenciado en Veterinaria; Grado/Licenciado en Medicina.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Medicina.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 10/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Diplomado en Enfermería.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Enfermería.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 11/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 6 horas (6 h. docencia + 6 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Diplomado en Enfermería.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Enfermería.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 12/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 5 horas (5 h. docencia + 5 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Diplomado en Fisioterapia.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Fisioterapia.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 13/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 4 horas (4 h. docencia + 4 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Diplomado en Fisioterapia.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Fisioterapia.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 14/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 4 horas (4 h. docencia + 4 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado / Diplomado en Fisioterapia.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Fisioterapia.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 15/15/AS.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Asociado.
Dedicación: Tiempo Parcial 3 horas (3 h. docencia + 3 h. tutoría semanales).
Titulación: Grado/Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
Departamento: Economía y Empresa.
Ámbito/Área: Organización de Empresas.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 12, de 20/1/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 28-40).



José Luis Ares Cea (profesor)

INFOEMPLEO: PROFESORES AYUDANTES DOCTORES UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 14 de enero de 2015, del Rectorado de la Universidad de Almería (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores para el curso académico 2014/2015.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía por Decreto 54/2013, de 21 de mayo, delegó en la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el ejercicio de la competencia de autorización de las correspondientes convocatorias de la Oferta de Empleo Público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal de las Universidades Públicas de Andalucía. Dicho Decreto delega en la persona titular de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo el ejercicio de la competencia de autorización prevista en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, en relación con la contratación de personal laboral temporal en las Universidades Públicas de Andalucía.

La Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, en su artículo 12.2, ha dispuesto que en el año 2014 «no se procederá en el sector público andaluz a la contratación de personal laboral temporal ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales».

Por Orden de 10 de octubre de 2014, el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo autoriza la contratación temporal de profesorado universitario de las Universidades Públicas Andaluzas concurriendo necesidades urgentes e inaplazables para el curso 2014/2015. La presente convocatoria cuenta con la referida autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia en los términos establecidos por la legislación vigente y no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de Almería, ni a los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Este Rectorado, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, en el artículo 40 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, así como en los artículos 41, 51 y 110 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la adjudicación de las plazas de profesor ayudante doctor en régimen de contratación laboral temporal que se citan en el Anexo I, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales.
1.1. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el I Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA número 92, de 9/5/2008); en el Capítulo II del Título III de los Estatutos de la Universidad de Almería; por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, particularmente por los adoptados en fecha 31 de julio de 2008, y modificados con fecha 25 de octubre de 2011, por los que se establecen los «Criterios generales y baremo para la valoración del mérito y la capacidad en los concursos públicos de selección de personal docente e investigador con contrato laboral que se convoquen por la Universidad de Almería», en adelante «Acuerdo de Criterios Generales» así como por la demás normativa de general aplicación.
1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso de valoración de méritos, en virtud del cual las Comisiones valorarán muy especialmente la especificidad del currículum de los aspirantes en relación con la actividad docente y con el área de conocimiento a la que pertenece la plaza convocada.
1.3. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.

2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar a cada una de las figuras de personal docente e investigador contratado laboral, relacionados en los apartados 2.2 y 2.3 siguientes, así como de todos los méritos alegados por los aspirantes, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de vigencia del contrato.
2.2. Para ser admitidos en la presente convocatoria, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Estar en posesión del título universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero y/o de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la actividad profesional.
b) Nacionalidad: en aplicación de la disposición adicional undécima de la LOU, los contratos de profesorado previstos por dicha Ley no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. No obstante, la suscripción de los contratos como Personal Docente e Investigador contratado en las diferentes figuras contractuales, para nacionales de países no miembros de la UE, se condiciona a la posesión del permiso de trabajo o a la excepción del mismo.
c) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) Los aspirantes deben poseer un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada, declarándose nulo el contrato laboral si se demostrara lo contrario.
2.3. Podrán participar en la presente convocatoria quienes reúnan adicionalmente los siguientes requisitos específicos:
a) Título de Doctor.
b) Evaluación positiva por parte de la Agencia Nacional de la Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia Andaluza del Conocimiento para la figura contractual de Profesor Ayudante Doctor en el ámbito de conocimiento a la que pertenece la plaza.
c) Estar en posesión, en su caso, de la titulación específica requerida para la plaza solicitada e indicada en el Anexo I.
2.4. De conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica de Universidades, se considerará mérito preferente estar acreditado o acreditada para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios. Igualmente, y de conformidad con el artículo 50 del citado texto, se considerará mérito preferente la estancia del candidato en universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la universidad que lleve a cabo la contratación.
Firmada en Almería, a 14 de enero de 2015, por el Rector, Pedro Roque Molina García.

ANEXO I.
-Código de la plaza: 01/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Licenciado en Derecho.
Departamento: Derecho.
Ámbito/Área: Derecho Procesal.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 02/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Licenciado en Administración y Dirección de Empresas; Grado/Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales; Grado/Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado.
Departamento: Economía y Empresa.
Ámbito/Área: Comercialización e Investigación de Mercados.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 03/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Economía y Empresa.
Ámbito/Área: Historia e Instituciones Económicas.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 04/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Licenciado en Administración y Dirección de Empresas.
Departamento: Economía y Empresa.
Ámbito/Área: Organización de Empresas.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 05/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales.
Departamento: Economía y Empresa.
Ámbito/Área: Organización de Empresas.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 06/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Educación Física y Deportiva.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 07/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de la Expresión Corporal.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 08/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 09/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 10/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de las Ciencias Experimentales.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 11/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica de las Ciencias Experimentales.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 12/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Educación.
Ámbito/Área: Didáctica y Organización Escolar.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 13/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Diplomado en Enfermería.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Enfermería.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 14/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Diplomado en Enfermería.
Departamento: Enfermería, Fisioterapia y Medicina.
Ámbito/Área: Enfermería.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 15/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Departamento: Ingeniería.
Ámbito/Área: Ingeniería Mecánica.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.

-Código de la plaza: 16/15/AD.
Dotación: 1.
Categoría: Profesor Ayudante Doctor.
Dedicación: Tiempo Completo.
Titulación: Grado/Licenciado en Psicología.
Departamento: Psicología.
Ámbito/Área: Psicología Evolutiva y de la Educación.
Actividad Docente: Propia del área de conocimiento.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 12, de 20/1/2015 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 15-27).



José Luis Ares Cea (profesor)

martes, 20 de enero de 2015

INFOEMPLEO: PROFESORES ASOCIADOS DE UNIVERSIDAD DE CÁDIZ (ESPAÑA): CONCURSO PÚBLICO CURSO 2014-2015

Mediante la Resolución de 5 de noviembre de 2014, de la Universidad de Cádiz (España), se convoca concurso público de Profesores Asociados mediante contrato laboral especial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24 de diciembre); Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 12 de abril), por la que se modifica la Ley 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero (BOJA del 11), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados mediante Decreto 281/2003, de 7 octubre (BOJA de 28 de octubre), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados en las plazas que se indican en el Anexo I, de acuerdo con el Reglamento de Contratación de Profesorado, aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, reformado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2004, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de octubre de 2004, cuyo baremo ha sido, igualmente, modificado por acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de junio de 2008, modificado, de nuevo, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2011.

De acuerdo con la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, durante este año no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionarios interinos salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables que se restringirán a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Mediante Orden de 10 de octubre de 2014 de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso 2014-2015 debido a la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, se autoriza la contratación temporal de profesor universitario solicitado por la Universidad de Cádiz, en los términos establecidos por la legislación vigente, por lo que este Rectorado ha resuelto convocar a concurso público las plazas que se citan en el Anexo I de la presente Resolución para la contratación de Profesores Asociados, mediante contrato laboral especial de duración determinada, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Cádiz e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.
Firmada en Cádiz, a 5 de noviembre de 2014, por el Rector, por delegación de firma (Resolución UC A/R133REC /2013, de 27 de septiembre), el Vicerrector de Ordenación Académica y Personal, Carlos Moreno Aguilar.

Bases de convocatoria:
1. Normas generales.
1.1. Se convoca concurso público para cubrir mediante contrato laboral especial de duración determinada, las plazas de Profesores Asociados que se indican en el Anexo I, con las características que igualmente se señalan en el mencionado Anexo.
1.2. Las plazas convocadas y las presentes bases de convocatoria se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades; Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario; la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso público, consistente en una primera autobaremación por parte de los candidatos, seguida de una propuesta de baremación de los méritos de los mismos por parte del correspondiente Departamento, para una última baremación de carácter definitivo de la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el que se acompaña como Anexo II. La puntuación mínima para la obtención de las plazas que, al menos, será del 10% de la puntuación máxima establecida en el baremo, se determinará a propuesta del Departamento y previamente a la baremación de las solicitudes. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados documentalmente.
1.4. Las personas propuestas por la Comisión de Contratación pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas de idéntico perfil. A tal efecto, la Comisión establecerá, en su caso, en el acta de resolución de la convocatoria una relación de los aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.
1.5. Los candidatos propuestos para ocupar las plazas deberán respetar los horarios establecidos por los Centros y las actividades docentes asignadas por los Departamentos.
1.6. Los candidatos propuestos deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.7. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato al candidato propuesto por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la resolución de la Comisión de Contratación.

2. Requisitos de los candidatos.
2.1. Para ser admitido en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.3. Estar en posesión del título académico de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, como mínimo.
2.1.4. Ejercer actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada y/o con las actividades docentes o investigadoras a ejercer, con antigüedad de al menos tres años y mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su periodo de contratación.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite la homologación.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

ANEXO I: Plazas a convocar
Plaza/ Centro/ Departamento/ Área de conocimiento/ Categoría/ Dedicación/ Duración del contrato/ Perfil de la plaza/ Méritos preferentes/ Puntuación mínima:
-DC3896/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/ 30-09-2015 (1) (2) 10 puntos.
-DC4176/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC417/ Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica/ Construcciones Navales/ Profesor Asociado/ P05/  30-09-2015 (3) (4) 10 puntos.
-DC4178/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4179/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P04/ 30-09-2015 (5) (6) 20 puntos.
-DC4180/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (7) (8) 20 puntos.
-DC4181/ F. CC . de la Educación/ Didáctica de la Educación Física, Plástica y Musical/ Educación Física y Deportiva/ Profesor Asociado/ P03/ 30-09-2015 (9) (10) 20 puntos.

(1) Docencia en las asignaturas propias de Arquitectura Naval.
(2) Preferentemente Experiencia en los temas relacionados con las estructuras marinas, sus equipos y sus servicios.
(3) Docencia en las asignaturas de Construcciones Navales, preferentemente en “Proyecto Fin de Grado” en el Aula-seminario de Proyectos de Ingeniería. El contenido de la asignatura recogido en la Memoria del título se adecúa a la Orden CIN /350/2009, según la cual el Proyecto Fin de Grado consistirá en un ejercicio original a realizar individualmente y presentar y defender ante un tribunal universitario, consistente en un proyecto en el ámbito de las tecnologías específicas de la Ingeniería Naval de naturaleza profesional en el que se sinteticen e integren las competencias adquiridas en las enseñanzas.
(4) S erá mérito preferente la experiencia laboral en el ramo de la construcción naval, así como haber disfrutado de becas o contratos adscritos o vinculados al área de Construcciones Navales. Será también mérito preferente la formación universitaria en Doctorado Arquitectura o Ingeniería (sección arquitectura Naval), Máster en Arquitectura o Ingeniería Naval, Grado o Licenciatura en Ingeniería Marítima o Diplomatura en Ingeniería técnica naval.
(5) Docencia en Deportes de Vela y Deportes acuáticos actuales y emergentes (vela ligera, winsurf, paddelsurf, kitesurf y surf).
(6) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte. Actividad laboral vinculada con la vela y los deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf). Experiencia en asignaturas relacionadas con los fundamentos de los deportes náuticos y docente como formador de monitores deportivos especialidad vela y deportes náuticos actuales y emergentes (paddle surf, surf, windsurf, kitesurf).
(7) Docencia en Readaptación funcional físico-deportiva.
(8) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciado en Fisioterapia/Grado Fisioterapia. Vinculación laboral con la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Formación específica en readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia Universitaria vinculada a la readaptación funcional en actividades físico deportivas. Docencia en cursos vinculados a la readaptación funcional en actividades físico deportivas.
(9) Docencia en Dirección, marketing y servicios deportivos.
(10) Preferentemente Licenciado en Educación Física/Grado en Ciencias de la actividad física y del Deporte/Licenciatura o Grado en Dirección y Administración de Empresas. Vinculación laboral con dirección, marketing y servicios deportivos. Formación específica en dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia Universitaria vinculada con la dirección, marketing y servicios deportivos. Docencia en cursos vinculados con la dirección, marketing y servicios deportivos.

ANEXO II: Baremo Profesor Asociado


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 232, de 27/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 19-27).



José Luis Ares Cea (profesor)

viernes, 12 de diciembre de 2014

INFOEMPLEO: PROFESORES AYUDANTES DOCTORES DE UNIVERSIDAD DE MÁLAGA (ESPAÑA) CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS CURSO 2014/15

Mediante la Resolución de 19 de noviembre de 2014, de la Universidad de Málaga (España), se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.

De conformidad con lo establecido en el art. 48.1 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre (BOE de 24/12/01), modificada por la LO 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13/4/07). Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el artículo 20 de dicho texto, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como los Estatutos de esta Universidad, aprobados mediante Decreto 145/2003 de 3 de junio (BOJA de 9/6/03), conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de junio de 2014, y una vez obtenida la Orden de autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, de fecha 10 de octubre de 2014, para la contratación temporal de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas para el curso académico 2014-15, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, y con el informe favorable de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de noviembre de 2014, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, y que se regirá con arreglo a las siguientes:

Bases de convocatoria: 
1. Normas generales.
Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; el Real Decreto 898/85 de 30 de abril sobre Régimen del Profesorado Universitario; los Estatutos de la Universidad de Málaga; el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA de 9/5/08); la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades; el Reglamento que regula la contratación mediante concurso público del Personal Docente e Investigador en la Universidad de Málaga (UMA), aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 19 de julio de 2006 (BOJA de 10/8/06) y el Baremo para la contratación laboral de Profesores Ayudantes Doctores de la UMA, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión del 5 de mayo de 2004, modificado en sesión del 5 de abril de 2006. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y demás legislación general que le sea de aplicación, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero.

2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y, en su caso, mantenerse hasta el momento de la formalización del contrato laboral, así como durante la totalidad del período de contratación.
2.1. Condiciones y requisitos de carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. Requisitos específicos para la figura de Profesor Ayudante Doctor:
- Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, o bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
- Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ANECA, o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA (Antigua Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria) para la figura del Profesor Ayudante Doctor, constituyendo mérito preferente la estancia del candidato en Universidades o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la Universidad que lleve a cabo la contratación.
Según lo establecido en los procedimientos de evaluación de la ANECA y la DEVA, la evaluación positiva para la figura contractual de Profesor Contratado Doctor cualificará automáticamente para poder ser contratado en la figura de Profesor Ayudante Doctor.

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar una solicitud, por cada plaza solicitada (Las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados se tramitan como una sola solicitud) en el modelo oficial, según Anexo II de esta convocatoria, que se encuentra disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad (Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 1.ª planta) y en su página web: http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador-Enlace del menú «Concursos plazas PDI».
3.2. Las solicitudes, dirigidas a la Rectora de la Universidad de Málaga, se presentarán en el Registro General, en la dependencia ubicada en el Pabellón de Gobierno (Campus de El Ejido) o en la situada en el Aulario Severo Ochoa (Campus de Teatinos), o bien por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (en este caso, la dirección oficial es: Registro General de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 29071 Málaga). Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
3.3. Los aspirantes deberán justificar haber abonado los derechos de inscripción, que se estipulan en 25 €, en la cuenta corriente habilitada al efecto, mediante impreso normalizado, Anexo III, disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador y en su página web. Dicho abono se podrá también efectuar por transferencia bancaria, desde otras entidades bancarias, a la cuenta antes citada, dirigida a la Universidad de Málaga, indicando el nombre, apellidos y DNI del concursante e indicando en el apartado de concepto el código de plaza. En ningún caso la presentación y pago de los mencionados derechos supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
3.4. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
3.5.1. De carácter general:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte o equivalente.
b) Fotocopia del título académico universitario de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero o Graduado, acompañada de la fotocopia de la credencial de homologación o acreditación del reconocimiento profesional, en su caso.
c) Fotocopia de la/s certificación/es académica/s personales, en la/s que conste/n las calificaciones obtenidas en la Licenciatura o Grado, así como en la Diplomatura, si se accedió con ella al título superior.
d) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciado por la entidad bancaria.
e) Currículum vitae, según modelo oficial especificado en el Anexo III de esta convocatoria.
f) Fotocopias de los documentos que se estimen conveniente para la debida justificación de los méritos alegados en el Currículum vitae, aportados tal como se indica en las Instrucciones especificadas en el Anexo IV de esta convocatoria. No será necesaria la compulsa de los documentos, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la solicitud.
3.5.2. De carácter específico:
- Fotocopia del título de Doctor, acompañada de la credencial de homologación o acreditación del reconocimiento profesional, en su caso.
- Fotocopia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento para la figura de Profesor Ayudante Doctor (Resolución de concesión e informe del comité técnico).
3.5.3. Los documentos que no estén redactados en lengua castellana deberán acompañarse necesariamente de la correspondiente traducción oficial.

4. Admisión.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora dictará resolución declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos al concurso, con indicación de las causas de exclusión y del plazo de subsanación de defectos.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según el procedimiento indicado en el apartado 3.2 de estas bases. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
4.3. Serán causas de exclusión subsanables del concurso la no aportación de la documentación referida en los apartados 3.5.1.a), b), c), d) y e) y 3.5.2. de estas bases. La no aportación de todos los justificantes de los méritos alegados en el currículum vitae no supondrá la exclusión en las listas definitivas de admisión al concurso, en ese caso el concursante deberá justificarlos previo al inicio de valoración de méritos por la Comisión Asesora o ante su requerimiento.
4.4. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la resolución de la Rectora por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos al concurso.

5. Publicación.
5.1. Se publicarán en el tablón de anuncios del Edificio del Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, así como a nivel informativo en la pagina web del Servicio de PDI de la UMA, tanto las relaciones de admitidos y excluidos al concurso como cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo se produzcan.
5.2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los mismos efectos.

6. Desarrollo del concurso.
6.1. Los concursos serán resueltos por la Comisión de Selección, a la que corresponde, a propuesta del Consejo de Departamento correspondiente, aprobar los criterios de pertinencia que serán de aplicación en la valoración de los méritos de los concursantes, en función de su coherencia y correspondencia con el área de conocimiento de la plaza objeto de concurso. Estará asistida por la correspondiente Comisión Asesora del Departamento, como por cualquier especialista que estime conveniente.
6.2. Una vez publicada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos a cada concurso, el Presidente de la Comisión de Selección remitirá al Presidente de la Comisión Asesora toda la documentación referida al concurso para que proceda a la baremación de los méritos de los candidatos, de acuerdo con los criterios de pertinencia previamente aprobados y en consonancia con el Baremo para la contratación laboral de Profesores Ayudantes Doctores, especificado en el Anexo VI de esta convocatoria, teniendo en cuenta las Notas Aclaratorias para la interpretación del Baremo para la contratación laboral del PDI de la UMA, aprobado por la Comisión de Selección en sesión del 12 de noviembre de 2013 (Publicados en la página web del Servicio de PDI).
6.3. Para una adecuada valoración de los méritos, la Comisión Asesora, podrán realizar a los concursantes cuantas entrevistas estimen oportunas y requerirles para que justifiquen o amplíen la documentación acreditativa de los mismos, según lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en el currículum y no justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.4. La Comisión Asesora deberá completar el proceso de valoración de los candidatos en el plazo máximo de treinta días, a partir de la recepción de la documentación. La Comisión Asesora estará obligada a comunicar al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado cualquier incidencia que justifique un retraso en el plazo del proceso de valoración. Una vez que concluya sus actuaciones, el Secretario de la Comisión devolverá la documentación referida al concurso al Presidente de la Comisión de Selección y entregará acta de las mismas, así como de los correspondientes informes de baremación.
6.5. El presidente de la Comisión de Selección procederá a publicar, en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Profesorado, extracto de las actuaciones de la Comisión Asesora conteniendo la relación de concursantes ordenados según la puntuación obtenida.

7. Trámite de alegaciones.
7.1. Los aspirantes, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la relación priorizada de concursantes, podrán presentar reclamación con cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho, en orden a la revisión de los datos, puntuaciones o circunstancias contenidas en el expediente administrativo, presentada según el procedimiento indicado en el apartado 3.2 de estas bases.
7.2. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Selección resolverá las alegaciones presentadas, pudiendo recabar informe de la Comisión Asesora, en su caso.

8. Resolución del concurso.
8.1. Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección propondrá a la Rectora la contratación del concursante que haya obtenido una mayor puntuación, lo que constituirá el fundamento de su motivación; o en su caso, la conveniencia de dejarla desierta.
8.2. Asimismo, la Comisión de Selección publicará una relación priorizada de candidatos por orden de puntuación, con aquellos concursantes que, a su juicio acumulen méritos suficientes para el desempeño del puesto de trabajo objeto del concurso, en previsión de casos de renuncia o de cualquier otra causa que impida la contratación del candidato propuesto.
8.3. Las resoluciones indicarán al pie de las mismas los recursos y órganos ante los que cabe su interposición.
8.4. La interposición de recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de contratación, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicio de imposible o difícil reparación, o aprecie, en la fundamentación de la impugnación, la existencia de causa manifiesta de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pudiera llevar aparejada y en su momento la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.
8.5. Finalizado y firme el proceso del concurso, los candidatos podrán solicitar en el Servicio de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga la devolución de la documentación aportada por los mismos.

9. Formalización de los contratos.
9.1. Los candidatos propuestos deberán formalizar su contrato en el plazo de diez días, contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución del concurso, para lo cual deberán acreditar, con carácter previo, y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así como, en su caso, de los méritos alegados. El contrato tendrá efectos económicos y administrativos a partir del día siguiente lectivo a su firma. Transcurrido dicho plazo sin haber verificado tal trámite por causa imputable al interesado, éste decaerá en todos sus derechos y se entenderá que renuncia a la plaza adjudicada.
9.2. El contrato será de carácter temporal y con dedicación a tiempo completo. Según la normativa reguladora, la duración normal del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados cinco años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre esta figura contractual y la de Ayudante, en la misma o distinta universidad, no podrá exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción o acogimiento durante el período de duración del contrato, interrumpirán su cómputo.
Al tener estos contratos el carácter de excepcional, por la concurrencia de necesidades urgentes e inaplazables, y temporal para el curso académico 2014-15, según autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, se requerirá de nueva autorización para su posible prórroga por otro curso académico.

10. Norma final.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán interponer los interesados, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Rectora de esta Universidad o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Firmada en Málaga, a 19 de noviembre de 2014, por la Rectora en funciones, Adelaida de la Calle Martín.

Anexo I. 
Relación de plazas: 
-Código de la plaza: 005AYD14.
Área de Conocimiento: Arquitectura y Tecnología de Computadores.
Departamento: Arquitectura de Computadores.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 006AYD14.
Área de Conocimiento: Bioquímica y Biología Molecular.
Departamento: Biología Molecular y Bioquímica.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 007AYD14.
Área de Conocimiento: Bioquímica y Biología Molecular.
Departamento: Bioquímica, Biología Molecular e Inmunología.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 008AYD14.
Área de Conocimiento: Ciencia de los Materiales e Ingeniería Metalúrgica.
Departamento: Ingeniería Civil, de Materiales y Fabricación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 009AYD14.
Área de Conocimiento: Ciencia Política y de la Administración.
Departamento: Ciencia Política, Derecho Internacional Público y Derecho Procesal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 010AYD14.
Área de Conocimiento: Comercialización e Investigación de Mercados.
Departamento: Economía y Administración de Empresas.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 011AYD14.
Área de Conocimiento: Comunicación Audiovisual y Publicidad.
Departamento: Comunicación Audiovisual y Publicidad.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 012AYD14.
Área de Conocimiento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Departamento: Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 013AYD14.
Área de Conocimiento: Derecho Penal (Criminología).
Departamento: Derecho Público.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 014AYD14.
Área de Conocimiento: Dibujo.
Departamento: Unidad Administrativa de Bellas Artes.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 015AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Musical.
Departamento: Didáctica de la Expresión Musical, Plástica y Corporal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 016AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Expresión Plástica.
Departamento: Didáctica de la Expresión Musical, Plástica y Corporal.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 017AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Departamento: Didáctica de la Lengua y la Literatura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 018AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de las Ciencias Experimentales.
Departamento: Didáctica de la Matemática, de las Ciencias Sociales y de Ciencias Experimentales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 019AYD14.
Área de Conocimiento: Didáctica de las Ciencias Sociales.
Departamento: Didáctica de la Matemática, de las Ciencias Sociales y de Ciencias Experimentales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 020-021AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Didáctica y Organización Escolar.
Departamento: Didáctica y Organización Escolar.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 022AYD14.
Área de Conocimiento: Economía Aplicada.
Departamento: Economía Aplicada (Matemáticas).
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 023-024AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 025AYD14.
Área de Conocimiento: Estudios de Asia Oriental.
Departamento: Unidad Administrativa de Estudios de Asia Oriental.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 026AYD14.
Área de Conocimiento: Expresión Gráfica Arquitectónica.
Departamento: Unidad Administrativa de Arquitectura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 027-028AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Filología Inglesa.
Departamento: Filología Inglesa, Francesa y Alemana.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 029AYD14.
Área de Conocimiento: Fisiología.
Departamento: Fisiología Humana y Educación Física y Deportiva.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 030AYD14.
Área de Conocimiento: Fisioterapia (Terapia Ocupacional).
Departamento: Psiquiatría y Fisioterapia.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 031AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Mecánica.
Departamento: Ingeniería Mecánica y Mecánica de Fluidos.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 032AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Química.
Departamento: Ingeniería Química.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 033AYD14.
Área de Conocimiento: Ingeniería Telemática.
Departamento: Lenguajes y Ciencias de la Computación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 034AYD14.
Área de Conocimiento: Matemática Aplicada.
Departamento: Matemática Aplicada.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 035-036AYD14 (dos plazas).
Área de Conocimiento: Organización de Empresas.
Departamento: Economía y Administración de Empresas.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 037AYD14.
Área de Conocimiento: Periodismo.
Departamento: Periodismo.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 038AYD14.
Área de Conocimiento: Pintura.
Departamento: Unidad Administrativa de Bellas Artes.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 039AYD14.
Área de Conocimiento: Proyectos Arquitectónicos.
Departamento: Unidad Administrativa de Arquitectura.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 040AYD14.
Área de Conocimiento: Psicología Evolutiva y de la Educación.
Departamento: Psicología Evolutiva y de la Educación.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 041AYD14.
Área de Conocimiento: Psicología Social.
Departamento: Psicología Social, Antropología Social, Trabajo Social y Servicios Sociales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 042AYD14.
Área de Conocimiento: Sociología.
Departamento: Derecho del Estado y Sociología.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 043AYD14.
Área de Conocimiento: Teoría de la Señal y Comunicaciones.
Departamento: Ingeniería de Comunicaciones.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.
-Código de la plaza: 044AYD14.
Área de Conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales.
Departamento: Psicología Social, Antropología Social, Trabajo Social y Servicios Sociales.
Carácter: Temporal.
Dedicación: Tiempo completo.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 232, de 27/11/2014 (apartado 2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias, páginas 29-47).



José Luis Ares Cea (profesor)