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viernes, 6 de julio de 2018

CONSULTORIO LÁCTEO-38

Respuesta a la consulta: 

La tabla de equivalencias entre las distintas especies animales de las distintas producciones ganaderas se utiliza especialmente para la concesión de ayudas o subvenciones públicas a las explotaciones solicitantes con varias actividades productivas. Se define la 'Unidad de Ganado Mayor' (UGM) igual a 1 tomando como referencia la cabeza del bovino de más de dos años, y a partir de este valor unitario se establecen las equivalencias para el resto de especies ganaderas, expresadas en UGM/ cabeza animal. Por ejemplo, en el ganado bovino de 6 meses a 2 años de edad la equivalencia es igual a 0,6; en las especies caprina y ovina, se establecen los diferentes valores para los animales de más de 6 meses y menos de 1 año (0,10), machos adultos (0,12) y cabras (0,15). Asimismo, se establecen las equivalencias para el resto de las especies ganaderas, como los conejos reproductores (0,01), y las aves, con valores que oscilan entre 0,0035-0,03.


Autor: José Luis Ares Cea 

CONSULTORIO LÁCTEO-31

Respuesta a la consulta: 

La internacionalización de las empresas agroalimentarias andaluzas, incluidas las industrias lácteas y microqueserías, es actualmente imprescindible para poder competir en un mercado global. La Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (España) es el departamento encargado de la aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para las distintas líneas de apoyo: Programa de promoción internacional de la empresa andaluza; Programa de implantación en el exterior; Programa de cooperación empresarial en el exterior; Programa de apoyo a asociaciones; Programa de apoyo a la formación empresarial en internacionalización; Programa profesionales internacionales; y finalmente, Programa de apoyo a la consolidación internacional de la empresa andaluza.


Autor: José Luis Ares Cea 

martes, 6 de noviembre de 2012

INTERNACIONALIZACIÓN EMPRESAS ANDALUZAS (ESPAÑA): LÍNEAS DE AYUDAS

En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 217 (BOJA, 06-11-2012) se publica la Orden de 17 de octubre de 2012, por la que se modifica la de 27 de julio de 2011, de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas.

En esta Orden se dispone lo siguiente:

Artículo primero. Modificación de los cuadros resumen de las distintas líneas de subvención de la Orden de 27 de julio de 2011, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas.

Los cuadros resumen de las distintas líneas de subvención de la Orden de 27 de julio de 2011, quedan con la redacción dada en los cuadro resumen que se insertan a continuación de esta Orden:

a) Línea 1. Programa de promoción internacional de la empresa andaluza.

b) Línea 2. Programa de implantación en el exterior.

c) Línea 3. Programa de cooperación empresarial en el exterior.

d) Línea 4. Programa de apoyo a asociaciones.

e) Línea 5. Programa de apoyo a la formación empresarial en internacionalización.

f) Línea 6. Programa profesionales internacionales.

g) Línea 7. Programa de apoyo a la consolidación internacional de la empresa andaluza.

Artículo segundo. Modificación de los Anexos I y II.

Para las siguientes convocatorias, los Anexos I y II de la Orden de 27 de julio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el apoyo a la internacionalización de la economía y las empresas andaluzas, quedan sustituidos por los siguientes que se insertan:

Para las líneas de subvención 1, 2, 3, 4 y 7, se utilizarán el Anexo I: formulario de solicitud y el Anexo II: formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.

Para las líneas de subvención 5 y 6, se utilizarán el Anexo III: formulario de solicitud y el Anexo IV: formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA 217, 06-11-2012). Andalucía  (España).
José Luis Ares Cea (profesor)