viernes, 1 de agosto de 2014

PREMIOS DE COMERCIO INTERIOR 2014: CONVOCATORIA ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 16 de julio de 2014, de la Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía (España), se modifica la Orden de 9 de julio de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior, se aprueba el formulario para la presentación de solicitudes y se procede a efectuar la convocatoria de la II Edición, correspondiente al año 2014.

La Orden de 9 de julio de 2013, de la Consejería de Turismo y Comercio, establece las bases y regula el procedimiento de concesión de los Premios Andalucía del Comercio Interior a quienes destaquen por su labor a favor del comercio de Andalucía. El artículo 2, de la Orden de 9 de julio de 2013, establece cuatro modalidades de premios, Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora del sector comercial andaluz.

La citada Orden establece en su artículo 10 que los Premios Andalucía del Comercio Interior se concederán anualmente. Celebrada la I Edición de estos Premios en el año 2013, resulta conveniente para nuevas Ediciones establecer dos categorías diferenciadas en la modalidad: «Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza», contemplando, por un lado, a las empresas de hasta 5 personas trabajadoras y, por otro, a las empresas de más de 5 personas trabajadoras, y ello con la finalidad de realizar una valoración más equitativa de las candidaturas de las empresas.

Por otra parte, con la finalidad de reconocer explícitamente el esfuerzo que están realizando las empresas comerciales andaluzas en la creación y el mantenimiento del empleo, se ha de introducir, para la modalidad de «Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza», un nuevo criterio de valoración que contemple este aspecto.

Asimismo, conviene realizar una mayor concreción del perfil de las personas candidatas a la modalidad de «Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora perteneciente al sector comercial andaluz», entendiéndose que esta modalidad ha de dirigirse a reconocer la trayectoria del trabajador o trabajadora del sector comercial andaluz que desempeña su labor en un establecimiento comercial, en contacto directo con el cliente.

Conforme a estas novedades, procede realizar las modificaciones correspondientes en el formulario de solicitud y efectuar la convocatoria de la II Edición de los Premios, correspondiente a 2014. En su virtud, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como por el Decreto 30/2014, de 4 de febrero, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Turismo y Comercio, se dispone lo siguiente.

Artículo 1. Modificación de la Orden de 9 de julio de 2013 , por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios Andalucía del Comercio Interior».
La Orden de 9 de julio de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los «Premios Andalucía del Comercio Interior» queda modificada del siguiente modo:
Uno. Se modifica el apartado b) del artículo 2, que queda redactado de la siguiente forma:
«b) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, destinado a galardonar la labor de estas entidades en la realización de actuaciones tendentes al desarrollo comercial y la modernización empresarial, así como a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo. Dentro de esta modalidad, se distinguen dos categorías:
1º. Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de hasta 5 personas trabajadoras.
2º. Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de más de 5 personas trabajadoras».
Dos. Se modifica el apartado 1.d) del artículo 3, quedando redactado de la siguiente forma:
«d) Al Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora perteneciente al sector comercial andaluz, las personas físicas empleadas en un establecimiento comercial, que se hallen en contacto directo con el cliente, y que cuenten con una destacable trayectoria profesional en el sector».
Tres. Se modifica el apartado 1.2 del artículo 4, que queda redactado de la siguiente forma:
«1.2. Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza. Para cada categoría, se valorarán los siguientes aspectos acreditados en las candidaturas:
a) La creación o el mantenimiento de puestos de trabajo en el total de establecimientos de la empresa comercial en los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud (hasta 13 puntos).
b) Implantación de un Plan de Igualdad en la empresa (hasta 7 puntos).
c) Utilización de nuevas tecnologías en los procesos de venta, en particular aquellas orientadas a la puesta en valor de la I+D+i (hasta 7 puntos).
d) La pertenencia a una asociación empresarial de comerciantes (hasta 7 puntos).
e) Procesos de formación continua, tanto de mandos intermedios, como de personas empleadas de tienda, comerciales u otro personal de la empresa, que repercuten directamente en la satisfacción del consumidor (hasta 7 puntos).
f) Regulación de las relaciones laborales mediante la vigencia actualizada del convenio colectivo de aplicación (hasta 7 puntos).
g) La comercialización y promoción de productos andaluces en el establecimiento (hasta 7 puntos).
h) La existencia de convenios de colaboración con las organizaciones representativas de las personas consumidoras y usuarias (hasta 7 puntos).
i) La adhesión al arbitraje de consumo o a un sistema de mediación para resolución de conflictos (hasta 7 puntos).
j) Implantación de comercio electrónico (hasta 7 puntos).
k) Imagen del establecimiento y especial aplicación del diseño en interiorismo y escaparatismo (hasta 6 puntos).
l) Calidad aplicada al comercio (hasta 6 puntos).
m) Implantación de sistemas de ahorro energético y otros sistemas específicos respetuosos con el medio ambiente (hasta 6 puntos).
n) Mejora de los procesos de comercialización que tenga una especial incidencia en la rebaja de los costes y precios al consumidor final, así como en la mejora de los servicios prestados (hasta 6 puntos)».
Cuatro. Se modifica el apartado a) del artículo 7, que queda redactado de la siguiente forma:
«a) Memoria descriptiva y documentos acreditativos de los méritos alegados».
Cinco. Se añade un nuevo número al apartado f) del artículo 7, que queda redactado de la siguiente forma:
«f) En el supuesto de candidaturas al Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza:
1.º Estatutos de la entidad, escrituras de constitución o documentación constitutiva, debidamente inscritos en el registro correspondiente.
2.º Documentación acreditativa de que la empresa cuenta con establecimiento comercial en Andalucía.
3.º Documentación acreditativa de estar dada de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas, de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la presente Orden.
4.º Documentación acreditativa del número de trabajadores y trabajadoras de la empresa comercial».

Artículo 2. Aprobación del formulario de solicitud de los «Premios Andalucía del Comercio Interior».
Se aprueba el formulario recogido en el Anexo, al que deberán ajustarse las solicitudes a los «Premios Andalucía del Comercio Interior».

Artículo 3. Convocatoria de la II Edición de los «Premios Andalucía del Comercio Interior», correspondiente al año 2014.
1. Se aprueba la convocatoria de la II Edición de los Premios Andalucía del Comercio Interior, correspondiente al año 2014, en sus cuatro modalidades:
a) Premio Andalucía del Comercio Interior a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el objetivo de reconocer la labor que realizan en la renovación y el desarrollo urbano en materia comercial, especialmente en los cascos históricos.
b) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza, destinado a galardonar la labor de estas entidades en la realización de actuaciones tendentes al desarrollo comercial y la modernización empresarial, así como a la creación y mantenimiento de puestos de trabajo. Dentro de esta modalidad, se distinguen dos categorías:
b.1.) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de hasta 5 personas trabajadoras.
b.2.) Premio Andalucía del Comercio Interior a la Empresa Comercial Andaluza de más de 5 personas trabajadoras.
c) Premio Andalucía del Comercio Interior a Centros Comerciales Abiertos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en reconocimiento del asociacionismo comercial orientado a la promoción y el fomento de Centros Comerciales Abiertos (CCA).
d) Premio Andalucía del Comercio Interior al trabajador o trabajadora del sector comercial andaluz, en reconocimiento a su trayectoria profesional.
2. El plazo de presentación de candidaturas se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el día 19 de septiembre de 2014.
3. Las solicitudes se presentarán conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Orden de 9 de julio de 2013, ajustándose al formulario que figura en el Anexo.
4. Conforme al artículo 9 de la Orden de 9 de julio de 2013, el fallo del jurado será publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) mediante Resolución de la persona titular de la Dirección General de Comercio, en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente al que finalice el plazo para la presentación de candidaturas.

Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Firmada en Sevilla, a 16 de julio de 2014, por el Consejero de Turismo y Comercio, Rafael Rodríguez Bermúdez.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 146, de 29/07/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 54-59).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)