miércoles, 13 de agosto de 2014

AYUDAS POR SEQUÍA CULTIVOS DE SECANO EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CAMPAÑAS 2011-2014

Mediante la Resolución de 29 de mayo de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se adapta para la campaña 2014 la fecha de mantenimiento sobre el terreno de los cultivos herbáceos, a efectos del Programa Nacional para el Fomento de Rotaciones de Cultivo en Tierras de Secano, debido a la sequía registrada en todas las comarcas de la provincia de Almería, las comarcas de Baza, Huéscar, Guadix y La Costa en la provincia de Granada, y las comarcas de Centro-Sur o Guadalhorce y Vélez-Málaga en la provincia de Málaga.

El Programa Nacional para el Fomento de Rotaciones de Cultivo en Tierras de Secano, ayuda contemplada en el Capítulo I del Título V del Real Decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir del 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, fue establecida en base al artículo 68 del Reglamento 73/2009, del Consejo, de 19 de enero, y adopta la forma de pago por explotación, estando destinada a los agricultores que produzcan los cultivos herbáceos que determina el Anexo III del mencionado Real Decreto 202/2012.

El artículo 29.b) del citado Real Decreto 202/2012, contempla, entre otros, como requisito que deberán cumplir los beneficiarios de esta ayuda:
«b) Cultivar con cultivos herbáceos elegibles, de los contemplados en el anexo III , y conforme a las prácticas locales toda la superficie con derecho a pago, excepto aquella que sirva para justificar el respeto a los IBS, por la que se solicita la ayuda. Con el fin de dar tiempo suficiente para la realización de los controles reglamentarios, el cultivo deberá mantenerse como mínimo hasta el 31 de mayo o, en su caso, hasta la fecha establecida por la comunidad autónoma.»

En virtud de lo anterior, la Comunidad Autónoma de Andalucía a través del artículo 30 de la Orden de 7 de marzo de 2011, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas para la presentación de la Solicitud Única correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, prorrogada para la campaña de 2014 por Orden de 11 de febrero de 2014, establece las fechas hasta las que debe mantenerse el cultivo.

Debido a la sequía registrada desde principios del mes de diciembre de 2013 y continuada a lo largo de 2014 hasta la fecha, en todas las comarcas de la provincia de Almería, las comarcas de Baza, Huéscar, Guadix y La Costa en la provincia de Granada, y las comarcas de Centro-Sur o Guadalhorce y Vélez-Málaga en la provincia de Málaga, según informe de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, el desarrollo normal de los cultivos de cereales, leguminosas, oleaginosas y proteaginosas podrán verse afectados de manera que no se alcance la floración o maduración a pesar de la realización de las labores agrícolas adecuadas y en las épocas normales para estas zonas.

Por lo anterior procede, al amparo de la posibilidad establecida en el artículo 29.b) del Real Decreto
202/2012 antes citado, adaptar la fecha de mantenimiento de los cultivos establecidas en el artículo 30 de la Orden de 7 de marzo del 2011. En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente y en particular el Decreto 38/2007, de 13 de febrero, por el que se regula el Organismo Pagador y designa el Organismo de Certificación y la Autoridad de Gestión de los Fondos Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, y la Disposición adicional primera de la Orden de 7 de marzo de 2011, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas para la presentación de la Solicitud Única correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, se resuelve lo siguiente.

Primero. Adaptar para la campaña 2014 la fecha relativa al mantenimiento mínimo de los cultivos establecida en el artículo 30 de la Orden de 7 de marzo del 2011, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas para la presentación de la Solicitud Única correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, prorrogada para la campaña 2014 por Orden de 11 de febrero de 2014, a las siguientes fechas:
Para todas las comarcas de la provincia de Almería y las comarcas de Centro-Sur o Guadalhorce y Vélez-Málaga en la provincia de Málaga:
- 1 de mayo de 2014 para los cultivos de cereales, oleaginosas y leguminosas.
Y para las comarcas de Baza, Huéscar, Guadix y La Costa en la provincia de Granada:
- 1 de mayo de 2014 para los cultivos de proteaginosas, cereales, oleaginosas y leguminosas.

Segundo. Esta Resolución será de aplicación a las solicitudes de ayudas presentadas en la convocatoria para la campaña 2014, al amparo de la Orden de 7 de marzo de 2011.

Tercero. La presente Resolución tendrá efectos desde el 1 de mayo de 2014.
Firmada en Sevilla, a 29 de mayo de 2014, por la Directora General, Concepción Cobo González.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 107, de 5/06/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 75 y 76).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)