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jueves, 6 de junio de 2013

25-CONDICIONES QUESO ARTESANO Y GRANJA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): VOLÚMENES MÁXIMOS DE TRANSFORMACIÓN DE LA LECHE EN QUESO (ANEXO IV ORDEN 29/05/2013)

En el Anexo IV de la Orden de 29 de mayo de 2013 de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se establecen los Volúmenes máximos de leche a transformar en queso (expresados en litros/año), para que las queserías se consideren como Artesanas.

A continuación, se adjunta la tabla que establece estos volúmenes anuales de leche a transformar en queso artesano, según cada especie animal (vaca, cabra, oveja), fijando para el caso de la elaboración a partir del empleo de mezclas de leche que el volumen aplicable será el correspondiente a la especie con menor rendimiento quesero.





Fuente: Circular informativa (2013). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)