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lunes, 18 de abril de 2016

PLAN DE ESTUDIOS MÁSTER EN DESARROLLO RURAL Y EMPRESA AGROALIMENTARIA 2016 UNIVERSIDAD DE HUELVA (ESPAÑA)

Mediante la Resolución de 16 de febrero de 2016, de la Universidad de Huelva (España), se publica el Plan de Estudios de Máster Universitario en Desarrollo Rural y Empresa Agroalimentaria.

Obtenida la verificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, así como la autorización de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre de 2015 (publicado en el BOE de 21 de octubre de 2015, por Resolución de la Secretaría General de Universidades de 2 de octubre de 2015), este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en la redacción dada por Ley Orgánica 4/2007, ha resuelto publicar el Plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Máster universitario en Desarrollo Rural y Empresa Agroalimentaria por la universidad de Huelva.

El Plan de Estudios a que se refiere la presente Resolución quedará estructurado conforme figura en el siguiente Anexo.
Firmada en Huelva, a 16 de febrero de 2016, por el Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

ANEXO:
Plan de Estudios conducente al título de Máster Universitario en Desarrollo Rural y Empresa Agroalimentaria (Rama ciencias sociales y Jurídicas)
Estructura de las enseñanzas
Tabla 1. Distribución del Plan de estudios en créditos (ECTS) por tipo de materia:
-Obligatorias:  45 ECTS.
-Optativas:  0.
-Prácticas externas 6.
-Trabajo Fin de Máster:   9.
Total: 60.

Tabla 2. Esquema del Plan de estudios: Módulo/ Asignatura/ Créditos (ECTS)/ Carácter:
I. Desarrollo Rural:
-Fundamentos de Desarrollo Local y Rural/ 6/ Obligatorio.
-Estructura Productiva en el Espacio Rural/ 6/ Obligatorio.
-Políticas de Desarrollo Rural/ 6/  Obligatorio.
-Sistemas de Información Geográfica y Empresa Agroalimentaria/ 6/ Obligatorio.

II. Empresa Agroalimentaria:
-Administración, Organización y Gestión de Empresas Agroalimentarias/ 6/  Obligatorio.
-Finanzas y Contabilidad de Empresas Agroalimentarias/ 3/ Obligatorio.
-Agronegocios y Marketing/ 3/ Obligatorio.
-Fomento del Empleo en la Empresa Agroalimentaria/ 3/ Obligatorio.

III. Retos y Experiencias:
-Retos y Experiencias de las Estrategias de Desarrollo Rural y la Empresa Agroalimentaria/ 6 / Obligatorio.

IV. Proyección Profesional:
-Prácticas externas/ 6/ Obligatorio.

V. Investigación:
-Trabajo Fin de Máster/ 9/ Trabajo Fin de Máster.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 44, de 7/03/2016 (apartado 3 Otras disposiciones, página 458).


José Luis Ares (docente)

viernes, 31 de julio de 2015

INFOEMPLEO: CONVOCATORIA BECAS POSTGRADO DE UNIVERSIDAD INTERNACIONAL MENÉNDEZ PELAYO (ESPAÑA): CURSO ACADÉMICO 2015/16

Mediante la Resolución de 4 de mayo de 2015, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (España), se convocan becas de excelencia para alumnos de estudios oficiales de postgrado del curso académico 2015-2016.

Con el objeto de fomentar la excelencia en los estudios universitarios de postgrado se convocan becas de matrícula para los estudios oficiales de postgrado del curso 2015-2016, destinadas a estudiantes con expediente académico brillante, según se establece en el artículo 18 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, publicado en el «BOE» del 12), reconociendo así sus méritos, el esfuerzo y el trabajo realizado. Se pretende atraer el talento con el fin de fomentar la excelencia y contribuir a que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo sea un referente de calidad en los estudios de postgrado.

Atendiendo a las reglas generales establecidas en el capítulo I de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación Cultura y Deporte y sus organismos públicos, se procede, a través de la presente Resolución, a establecer los criterios para la concesión de estas becas, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento.

Por todo ello, y oído el Consejo de Gobierno de esta Universidad, en su reunión de 23 de febrero de 2015, e informado favorablemente el 23 de marzo de 2015 por el Servicio Jurídico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, este Rectorado en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:

Primero. Objeto de la convocatoria.
La presente resolución establece las reglas que rigen el procedimiento de solicitud y concesión de becas de matrícula para los estudios oficiales de postgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo del curso académico 2015-2016. Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo. Destinatarios.
Las becas de matrícula están destinadas a los alumnos matriculados en el curso académico 2015-2016 en cualquiera de los estudios oficiales de postgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Tercero. Cuantía de la beca.
1. La concesión de las becas consistirá en la exención del abono del 50 por ciento del importe de la matrícula de los créditos en primera matrícula, hasta un máximo de 2.000 euros, que corresponda según los precios aprobados para cada estudio de postgrado en el curso 2015-2016. La concesión de la beca no exime del pago de otras tasas y derechos en que pueda incurrir el alumno, como puedan ser los derivados de la apertura de expediente, gastos de secretaría, seguro, o la expedición de certificaciones y títulos.
2. La financiación de las becas previstas en la presente convocatoria se imputará al concepto 18 101 323M 487 del presupuesto de Gastos de esta Universidad para el ejercicio 2016. La cuantía total máxima de las becas de esta convocatoria asciende a cuarenta mil euros (40.000 €). La Universidad Internacional Menéndez Pelayo otorgará hasta un máximo de 30 becas de matrícula, no pudiéndose superar en ningún caso el límite de 40.000 euros en la presente convocatoria. Cinco de estas becas se reservan para los alumnos del Máster Universitario de Enseñanza del Español como Lengua Extranjera.

Cuarto. Requisitos de los solicitantes.
Para obtener una de las becas, el solicitante deberá:
a) Estar matriculado en el curso académico 2015-2016 en un Máster oficial de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
b) Haber obtenido una calificación media igual o superior a 7 puntos en la titulación universitaria de grado o declarada equivalente que le dé acceso al estudio oficial de postgrado.
c) Haber finalizado los estudios que dan acceso al Máster oficial en el curso académico 2010-2011 o en cursos posteriores.
d) En el caso de que los estudios comprendan dos cursos académicos, los alumnos solicitantes de beca para el segundo curso deben haber superado todos los créditos de los que se hubieran matriculado en el primer año y matricularse de todos los créditos que les resten para obtener la titulación.
A los efectos de la concesión de las becas previstas en la presente resolución, no se tendrán en cuenta los créditos que excedan del mínimo necesario para obtener la titulación de que se trate.

Quinto. Documentación necesaria.
a) Formulario de solicitud del anexo debidamente cumplimentado.
b) Certificación académica personal, o fotocopia compulsada, de los estudios que dan acceso al estudio de postgrado, en la que conste la calificación media final adaptada al baremo de 1 a 10.
c) Currículum vitae que indique la relación de méritos académicos, científicos o profesionales del solicitante.
d) Cualquier otro documento acreditativo de los méritos a los que se refiere la letra b) de la base octava de la presente resolución.
e) Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte.
f) Declaración de que no se han obtenido otras becas diferentes para los mismos estudios para los que solicita a la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y de que, en el caso de que se obtuviera, se comunicaría a la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.
El solicitante no tendrá que aportar nuevamente la documentación requerida, si ya está depositada en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en el proceso de admisión del estudio de postgrado.

Sexto. Forma y plazo de la presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes deberán presentarse cumplimentando el formulario que se facilita como anexo y que también estará disponible en la página web de la Universidad y en la Secretaría de Estudiantes.
Las solicitudes, que deberán ir acompañadas de la documentación que se relaciona en el apartado anterior, se presentarán, bien en el registro de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (Isaac Peral, 2, 28040 Madrid), bien en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación para las solicitudes de becas es desde el día 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2015.
Firmada en Madrid, a 4 de mayo de 2015, por el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.



Más información: Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 118, de 18/05/2015 (apartado III Otras disposiciones, Sec. III, ref. 5472, página 42346-42351).


José Luis Ares Cea (docente)