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miércoles, 5 de febrero de 2014

PREMIOS DE INVESTIGACIÓN ANDALUCÍA (ESPAÑA): CONVOCATORIA 2014

Mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2013, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se convocan los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades. En este sentido, la investigación científica y técnica es un recurso esencial para que las sociedades modernas puedan lograr mayor desarrollo económico y más bienestar social. 

Por otra parte, el proyecto de Segunda Modernización de Andalucía recoge, entre las estrategias y medidas que plantea, propuestas encaminadas a hacer de la educación, la investigación, la cultura y el talento creador uno de los principales motores de avance social y económico de Andalucía. A esta finalidad, entre otras, responden también las líneas estratégicas y medidas que plantea el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2005 y el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación, aprobado por Decreto 86/2007, de 27 de marzo (BOJA nº 72, de 12 de abril).

En consecuencia con todo ello, es imprescindible que las administraciones públicas propicien las condiciones económicas y sociales que favorezcan el desarrollo científico y tecnológico, poniendo en marcha actuaciones que alienten a los agentes sociales, que en mayor medida protagonizan la actividad científica e innovadora. En concreto, resulta conveniente que la sociedad reconozca y valore el esfuerzo y la excelencia de aquellas personas o colectivos cuya trayectoria personal y profesional sea un ejemplo singular de dedicación a la actividad científica. 

Por ello, y para dar público testimonio de admiración y reconocimiento a las personas investigadoras que más hayan destacado en el desempeño de la actividad científica, así como a los organismos, instituciones o empresas que se hayan distinguido por su compromiso con el fomento de la investigación científica, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha decidido convocar los Premios Andalucía de Investigación, destinados a reconocer y estimular la actividad de las personas y entidades citadas. En cumplimiento del Decreto 86/2007 por el que se aprueba el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación 2007-2013 y el artículo 1 de la Orden de 8 de enero de 2007, por la que se establecen las bases de los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades para el período 2006-2013, procede efectuar la convocatoria para la presente edición de los Premios Andalucía de Investigación, y en consecuencia, se resuelve lo siguiente.

Primero. Efectuar la convocatoria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo uno de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 8 de enero de 2007, por la que se establecen las bases de los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades para el período 2006-2013, de los siguientes premios:

a) XIX Premio Andalucía de Investigación sobre temas andaluces «Plácido Fernández Viagas».

b) XIX Premio Andalucía de Investigación en áreas de humanidades y ciencias jurídico-sociales «Ibn al Jatib».

c) XV Premio Andalucía de Investigación en el área de ciencias experimentales «Maimonides».

d) IV Premio Andalucía de Investigación para las actividades de transferencia de tecnología y de conocimiento «Juan López de Peñalver».

e) XII Premio Andalucía de Investigación destinado a jóvenes investigadores e investigadoras «Tercer Milenio».

f) XVII Premio Andalucía de Investigación al «Fomento» de la investigación científica y técnica.

Segundo. El importe de los premios será de 15.000,00 € cada uno salvo el de «Tercer Milenio» que será de 10.000,00 € y el de «Fomento» que será de 7.500 €; lo que suma un total de 77.500,00 € que se imputará a la aplicación presupuestaria 226.08.54 A.

Tercero. El plazo de presentación de candidaturas será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presentación de las personas candidatas deberá realizarse ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y conforme a alguna de las siguientes modalidades:

a) Por iniciativa de las Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz, las Academias de Andalucía o las Consejerías de la Junta de Andalucía.

b) Por iniciativa de personas que hubieran sido premiadas en convocatorias anteriores.

c) Por iniciativa de al menos 5 personas investigadoras de reconocido prestigio, del mismo ámbito que el candidato o candidata que se proponga.

Quinto. Se especificará el nombre y datos de identificación de la persona candidata o el grupo propuesto para el premio (teléfono, móvil, correo electrónico y dirección), y se acompañará de un informe detallado de las razones de la propuesta, los méritos que en su defensa se pudieran alegar y memoria de las actuaciones o actividades que la personas propuestas hayan podido realizar para ser merecedoras del premio. Deberá presentarse en original y memoria USB (pendrive) debidamente identificado.

Sexto. La indemnización por asistencia para los miembros del jurado se cifra en el importe establecido en el Anexo IV del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón de servicio de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Firmada en Sevilla, a 30 de diciembre de 2013, por el Secretario General, Francisco Andrés Triguero Ruiz.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 24, de 5/02/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 11 y 12).



Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 23 de enero de 2014

IGP 'MOJAMA DE ISLA CRISTINA': INFORME FAVORABLE INSCRIPCIÓN PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

Mediante la Orden de 14 de enero de 2014, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), se emite decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Isla Cristina». Una vez visto el expediente seguido en esta Consejería, y en base a los siguientes antecedentes: 

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 24 de septiembre de 2013, se publica en el Boletín Oficial del Estado, Anuncio de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica por el que se da publicidad a la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Isla Cristina» estableciendo un plazo de dos meses para presentar oposición al registro, de conformidad con lo previsto en el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Segundo. El artículo 49.4 del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, permite la adopción por el Estado miembro de una decisión favorable, siempre que la solicitud presentada cumpla los requisitos del citado Reglamento, así como la publicación tanto de la decisión, como la versión del pliego de condiciones en que aquella se haya basado, proporcionando el acceso al mismo por medios electrónicos.

Tercero. Transcurridos dos meses desde la fecha de publicación de la solicitud de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Isla Cristina», sin haberse presentado oposición a su inscripción y, considerando que la solicitud presentada cumple las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento ((UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, en ejercicio de la previsión contenida en el 49.4 del citado Reglamento, se procede a la tramitación del expediente, y una vez realizadas todas las comprobaciones pertinentes por la Dirección General. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de los artículos 48 y 83 de la Ley orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a esta Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución, la competencia exclusiva sobre denominaciones de origen y otras menciones de calidad, cuyas zonas geográficas no excedan del ámbito territorial andaluz. Asimismo, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural es competente para resolver, de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, según el cual corresponden a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de la política agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 141/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Segundo. En la gestión del expediente se han seguido todos los trámites previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, y en el Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

Tercero. La solicitud de inscripción es admisible, en cuanto al fondo, por lo que procede dar traslado a la Comisión Europea para que ésta proceda a examinar la solicitud, de conformidad con el artículo 50 del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.

Vistas las disposiciones citadas, y las demás normas de general y pertinente aplicación, se dispone lo siguiente.

Emitir decisión favorable para que la Indicación Geográfica Protegida «Mojama de Isla Cristina» sea inscrita en el correspondiente Registro Comunitario y publicar, como Anexo a la presente Orden, el pliego de condiciones que deben cumplir las mojamas de la citada Indicación. 

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas, esta Orden será comunicada al Ministerio a los efectos de la transmisión de la solicitud de inscripción del pliego de condiciones a la Comisión Europea. Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notificará al solicitante de la inscripción. 

Contra la presente Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Firmada en Sevilla, a 14 de enero de 2014, por Elena Víboras Jiménez, Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 13, de 21/1/2014 (apartado 3 Otras disposiciones, páginas 182-188).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)