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lunes, 25 de enero de 2016

REDUCCIÓN TRABAS ADMINISTRATIVAS EMPRESAS PROYECTO 'EMPRENDE EN 3' ANDALUCÍA (ESPAÑA): DECRETO 1/2016

Mediante el Decreto 1/2016, de 12 de enero, propuesto por la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía (España), se establece un conjunto de medidas para la aplicación de la declaración responsable para determinadas actividades económicas reguladas en la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, y en el proyecto «Emprende en 3».

La Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, que tiene su fundamento en el artículo 157 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, incluye un conjunto de medidas destinadas a simplificar y agilizar los mecanismos de intervención administrativa en el inicio de las actividades económicas mediante la generalización de las figuras de: la declaración responsable, la comunicación previa e incluso el libre acceso; y de esta forma favorecer la inversión productiva y la creación de empleo.

En este sentido, y entre otras medidas adoptadas en dicha Ley 3/2014, de 1 de octubre, el artículo 7 de la misma, en relación con su Anexo III, modifica la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía, y en particular su artículo 44 relativo al procedimiento de Calificación Ambiental, mediante la presentación de una declaración responsable para determinadas categorías de actividades económicas. Además, el artículo 13 de la mencionada Ley 3/2014, de 1 de octubre, aborda la modificación de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en lo que respecta a la inexigibilidad de licencia para el inicio y desarrollo de determinadas actividades económicas.

Artículo Único. Declaración responsable para determinadas actividades económicas reguladas en la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, y en el proyecto «Emprende en 3».

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de economía para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Firmado en Sevilla, a 12 de enero de 2016, por la Presidenta de la Junta de Andalucía, Susana Díaz Pacheco, y el Consejero de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano López.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 9, de 15/01/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 12-14).


José Luis Ares (asesor científico)

martes, 16 de julio de 2013

3-CREACIÓN EMPLEO Y EMPRENDIMIENTOS EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): MEDIDAS DEL II BLOQUE DECRETO-LEY 8/2013

Continuando con la presentación de las Medidas de Creación de Empleo y Fomento del Emprendimiento aprobadas mediante el Decreto-ley 8/2013, de 28 de mayo, a propuesta de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se detallan las incluidas en el segundo bloque. 

Las medidas de este segundo bloque están destinadas a favorecer la inversión productiva generadora de empleo, con fines específicos, tales como: eliminar obstáculos administrativos que dificulten la creación de empleo, para lo que ya se ha constituido el grupo de trabajo permanente con los agentes económicos y sociales; se han rediseñado los incentivos a las empresas para que primen los proyectos dirigidos a la creación de empleo, con la modificación ya en trámite de la Orden de 18 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía, estableciendo una nueva categoría en las líneas de creación, modernización y cooperación que se denominará «Proyectos altamente generadores de empleo». Entendiéndose como tales aquellos proyectos de inversión empresarial que tengan como finalidad la creación de un nuevo establecimiento que contribuya a la potenciación de la estructura productiva industrial o supongan una importante ampliación de la capacidad de producción y/o un incremento significativo de la productividad y que contribuyan a la creación de empleo, en términos de aumento neto de puestos de trabajo, por cada 100.000 euros de la inversión considerada como incentivable. 

En el marco de la nueva planificación económica, se va a incidir con la programación de los Fondos Europeos 2014-2020 en la prioridad del empleo. Asimismo, se comprometerá con las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Andalucía para establecer, en el marco del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales (CARL), la negociación colectiva y mediar en los conflictos laborales a fin de lograr la paz social y evitar la pérdida de empleos. 

Esta última medida ya se encuentra en ejecución mediante vías de diálogo con vistas a alcanzar un acuerdo que agilice y reactive la negociación colectiva en nuestra Comunidad Autónoma y se han puesto en marcha planes específicos para su activación en aquellos sectores que, cuantitativa y cualitativamente, tienen una mayor incidencia en la economía andaluza.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), nº 105, 31/05/2013. Sevilla (España).
José Luis Ares (profesor)