Mostrando entradas con la etiqueta fomento empleo. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta fomento empleo. Mostrar todas las entradas

viernes, 27 de marzo de 2015

PLAN DE ACTUACIÓN TRABAJO AUTÓNOMO DE ANDALUCÍA (ESPAÑA): INFORMACIÓN PÚBLICA 2015

Mediante la Resolución de 23 de febrero de 2015, de la Dirección General de Autónomos y Planificación Económica, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España); se somete a Información Pública el Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020).

Mediante Acuerdo de 2 de diciembre de 2014, del Consejo de Gobierno, se aprueba la formulación del Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020). En cumplimiento de lo establecido en el apartado cuarto de dicho Acuerdo, se dispone lo siguiente: 

1. Someter a Información Pública el Plan de Actuación para el Trabajo Autónomo de Andalucía (Horizonte 2020), por un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOJA de la presente Resolución.
2. La consulta del documento se podrá realizar en la página web de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo:
http://juntadeandalucia.es/organismos/economiainnovacioncienciayempleo/servicios.html, y, en formato papel, en la sede de la Dirección General de Autónomos y Planificación Económica, en Sevilla.
3. Las alegaciones que se deseen formular al documento se podrán realizar en formato electrónico
a través de la cuenta de correo electrónico: 
alegaciones-plantrabajoautonomo.ceice@juntadeandalucia.es, así como en formato papel, preferentemente en el registro general de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Firmada en Sevilla, a 23 de febrero de 2015, por el Director General, Ignacio Pozuelo Meño.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 41, de 2/03/2015 (apartado 5.2. Otros anuncios oficiales, página 84).



Fuente: Circular informativa (2015). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)

jueves, 5 de febrero de 2015

FOMENTO DE EMPLEO COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): AMPLIACIÓN CRÉDITO 2014 LÍNEA 1

Mediante la Resolución de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Economía Social, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía (España), se declara ampliación del crédito disponible para 2014 y se acuerda su distribución territorial para la concesión de subvenciones de la Línea 1 Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, prevista en la Orden de 6 de junio de 2014, que se cita.

Por Orden de 6 de junio de 2014, se aprueban las bases reguladoras para la concesión, por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo (BOJA número 113, de 13 de junio de 2014), integrado por siete líneas de subvención.

Mediante Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Economía Social, se convoca para el ejercicio 2014, la concesión de las subvenciones recogidas en la citada Orden (BOJA número 134, de 11 de julio de 2014). De acuerdo con el artículo 4.3 de la Orden de 6 de junio de 2014, las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios que se establezcan en la correspondiente convocatoria, en la que se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención.

De forma específica y respecto de la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, la cual se divide en dos medidas; Medida 1.1 Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales y la Medida 1.2 Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado, el artículo 4.3, párrafo 2.º, de la Orden de 6 de junio de 2014, establece que el ámbito de concurrencia competitiva es la provincia, y por tanto la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan se deberá distribuir entre dichas provincias en los importes que se indiquen en la correspondiente convocatoria o, en su defecto, en una declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo de la evaluación previa, formulada por parte del órgano que realice la convocatoria y en los mismos medios de publicidad de ésta.

Atendiendo a lo dispuesto en el Resuelvo Cuarto de la Resolución de 2 de julio de 2014, las subvenciones de la Medida 1.1 Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales y la Medida 1.2 Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado, se financiarán con cargo a créditos presupuestarios del Programa 72C «Emprendedores e Internalización de la Economía Andaluza», por un importe total de 962.959,10 euros. Asimismo y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.6 de la Orden de 6 de junio de 2014, se prevé que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.

Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales de resolución, procede declarar el nuevo crédito disponible con objeto de atender un mayor número de solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, según dispone el artículo 4.1 de la Orden de 6 de junio de 2014.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Disposición Adicional Única de la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Dirección General de Economía Social, y de acuerdo con el apartado 3 del resuelvo Cuarto de la Resolución de 2 de julio de 2014, se resuelve lo siguiente:

Primero. Declaración del crédito disponible.
Se amplía en 2.000.000,00 de euros más, la disponibilidad presupuestaria máxima establecida en la Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones recogidas en la Orden de 6 de junio de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de Apoyo a la Promoción y el Desarrollo de la Economía Social para el Empleo, para la concesión de subvenciones de la Medida 1.1 Apoyo a la Incorporación de Personas Socias Trabajadoras o de Trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales y la Medida 1.2 Contratación de Gerentes y Personal Técnico Especializado de la Línea 1. Fomento del Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales.

Segundo. Distribución de créditos entre los ámbitos territoriales de competitividad.
El total de la cuantía máxima prevista para financiar en 2014 las subvenciones de las referidas medidas 1.1 y 1.2, se asigna por ámbito territorial en función del total de solicitudes presentadas para cada medida en cada una de las provincias, de acuerdo con la siguiente distribución (ver BOJA).
Firmada en Sevilla, a 26 de noviembre de 2014, por la Directora General, Angelina María Ortiz del Río.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 236, de 3/12/2014 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 8 y 9).


Fuente: Circular informativa (2014). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)