En el Real Decreto 752/2011, de 27 de mayo, del Ministerio de la Presidencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE nº 137 de 9/06/2011) se establece la normativa básica de control que deben cumplir los agentes del sector de leche cruda de oveja y cabra, y en el Anexo II se enumeran los siguientes requisitos y condiciones que debe cumplir la toma de muestras de leche cruda (apartado A):
1. Procedimiento para la toma de muestras.
a) La toma de muestras en la explotación ganadera se realizará en el tanque de refrigeración.
b) La toma de muestras en los centros lácteos se realizará en la cisterna de transporte.
c) El operario procederá al lavado de sus manos y brazos antes de tomar la muestra.
d) La leche cruda se mezclará, mediante agitación, el tiempo suficiente para garantizar la correcta homogeneización.
e) La muestra se tomará mientras la leche cruda esté en movimiento.
f) El muestreo podrá realizarse manual o automáticamente. En caso de realizarse por procedimientos automáticos, se utilizarán aparatos homologados para tal finalidad.
g) Completada la toma de muestras se cerrará el tanque de refrigeración.
h) La muestra tomada será de 40 centímetros cúbicos (cc) y se evitará el llenado excesivo de los botes.
i) Se dejará un espacio de cabeza suficiente para la correcta homogeneización de la muestra.
j) La muestra deberá ser representativa de toda la partida. Si la leche cruda está repartida en varios contenedores, deberá tomarse una cantidad proporcional al volumen de cada uno.
k) Podrá añadirse a la muestra azidiol para su conservación, siguiendo las pautas establecidas en el apartado 2.
2. Pautas para la utilización del azidiol como conservante.
a) Composición (para 1 litro de azidiol):
Etanol: 10 mililitros (ml).
Trisodio citrato 5,5 hidrato: 45 g.
Azida sódica: 18 g.
Cloranfenicol: 0,75 g.
Azul de bromofenol: 0,35 g.
Agua desionizada hasta completar 1.000 ml.
b) Dosificación: 133 μL en 40 ml de leche cruda o proporción equivalente.
c) Rutina de utilización: la adición del azidiol a la muestra deberá realizarse con una micropipeta:
1.º Por personal del laboratorio en el bote vacío.
2.º Por el responsable de la toma de la muestra evitando cualquier posible contaminación del tanque con el azidiol.
3. Material de muestreo.
a) El material de muestreo será de acero inoxidable o de cualquier material apropiado, suficientemente sólido y adecuado al uso a que se destina.
b) Estará siempre en buenas condiciones de limpieza y desinfección.
c) Los mezcladores y agitadores para la mezcla en los recipientes deberán tener una superficie suficiente para permitir la mezcla de todo el contenido.
d) Los cacillos para la toma de muestras estarán provistos de un mango resistente de la longitud suficiente para poder obtener muestras en cualquier punto del recipiente.
4. Recipientes para las muestras.
a) Los recipientes y los dispositivos de cierre serán de vidrio o plásticos adecuados. Deberán ser estériles o al menos garantizarán la no contaminación microbiana de la muestra.
b) Deberán ser con cierre hermético y de un solo uso, o reutilizables tras una limpieza y desinfección adecuadas.
c) Tendrán una capacidad aproximada de 50 cc, suficiente para que la muestra los llene casi completamente, pero permita una buena mezcla del contenido antes del análisis, evitando el batido durante el transporte.
d) Es conveniente que dispongan de una marca que indique el volumen de muestra a recoger.