lunes, 24 de noviembre de 2014

6-CALIDAD AGROALIMENTARIA EN ANDALUCÍA (ESPAÑA): ÁMBITO DE APLICACIÓN

A continuación, se incluye el Ámbito de aplicación (artículo 2 del Título I-Disposiciones generales) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, de la Calidad Agroalimentaria y Pesquera de Andalucía, aprobada por el Parlamento de Andalucía, promulgada por el Presidente ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (España).

Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta ley se aplicará a todas las actuaciones que se realicen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de calidad agroalimentaria y pesquera, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad alimentaria y en las normativas específicas en materia de disciplina de mercado y de defensa de las personas consumidoras.


Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 70, de 8/04/2011 (apartado 1 Disposiciones generales, páginas 9-29).


Fuente: Circular informativa (2011). Asociación de Queseros Artesanos de Andalucía (AQAA). María Jesús Jiménez Horwitz (presidenta). Sede AQAA: Jayena (Granada, España).
José Luis Ares Cea (asesor científico)