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jueves, 29 de septiembre de 2016

UNIVERSIDAD: FINANCIACIÓN PROGRAMA ERASMUS CURSO 2016/17 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

Mediante la Orden de 1 de septiembre de 2016, de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta de Andalucía (España), se determina el importe de la aportación de la Administración de la Junta de Andalucía para el fomento de la movilidad académica europea de los alumnos y alumnas matriculados en las Universidades Públicas de Andalucía en el Programa «Erasmus» para el curso 2016/2017.

Primero. Establecer las aportaciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en base a los distintos grupos de países establecidos, así como la cuantía correspondiente a la ayuda base y a la ayuda especial para el curso 2016/2017 en el Programa «Erasmus», de acuerdo con lo señalado en el cuadro siguiente:
Grupos de países/ Ayuda Base Junta de Andalucía (Cuantía, euros/mes)/ Ayuda Especial Junta de Andalucía (Cuantía, euros/mes):
A/ 250/ 188.
B/ 218/ 164.
C/ 193/ 145.
D/ 125/ 94.
E/ 100/ 75.

Segundo. Se establecen dos tipos de ayudas:
1. La Ayuda Base tiene carácter general para todo el alumnado universitario del Programa «Erasmus».
2. La Ayuda Especial la percibirá sólo el alumnado universitario del Programa «Erasmus» que cumpla los requisitos económicos para obtener becas y ayudas de estudio de acuerdo con lo establecido en el capítulo IV del Real Decreto 595/2015, de 3 de julio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2015/2016, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. 

Tercero. Se establece la siguiente clasificación de países de destino del Programa «Erasmus»:
Grupo A: Alemania, Austria, Dinamarca, Irlanda, Liechtenstein, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos y Suecia.
Grupo B: Bélgica, Finlandia e Islandia.
Grupo C: Francia, Italia y reino Unido.
Grupo D: Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Lituania, Malta, Portugal y República Checa.
Grupo E: Antigua república Yugoslava de Macedonia, Bulgaria, Croacia, Grecia, Hungría, Letonia, Polonia, Rumanía y Turquía.

Cuarto. Los importes de las ayudas determinados en el anterior cuadro son mensuales y el número máximo de meses a financiar es de nueve. Tales ayudas tienen carácter de anticipo en tanto se acredite por las Universidades el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y el aprovechamiento mínimo exigido al alumnado, de acuerdo con el apartado tercero del Acuerdo de 14 de mayo de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se autorizan las aportaciones para el fomento de la movilidad académica europea de los alumnos y alumnas matriculados en enseñanzas artísticas superiores y en universidades de Andalucía, en el Programa «Erasmus».
Firmada en Sevilla, a 1 de septiembre de 2016, por el Consejero de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano López. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 172, de 7/09/2016 (apartado 3. Otras disposiciones, páginas 14 y 15).


José Luis Ares (docente)