viernes, 24 de junio de 2016

SUBVENCIONES: EXTRACTO AYUDAS ORDEN 24/5/2016 DESARROLLO RURAL SUBMEDIDA 4.1 ANDALUCÍA (ESPAÑA)

A continuación, se incluye el Extracto de convocatoria de la Orden de 24 de mayo de 2016, de la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía (España), por la que se convocan para 2016 ayudas previstas en la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y en la BDNS.

Primero. Se convocan dentro de la operación 4.1.1, las ayudas para las «inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias)» y dentro de la operación 4.1.2., las ayudas para las «inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y sostenibilidad global en explotaciones de olivar», en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, en la cuantía máxima de 29.724.972 euros. Las partidas presupuestarias corresponden a la anualidad 2017.
Las solicitudes de ayuda para inversiones en explotaciones agrarias que cuenten con más de 50% de la superficie o de los animales en la provincia de Cádiz contarán con una convocatoria específica dentro de la Iniciativa Territorial Integrada 2014-2020 de la provincia de Cádiz incluida en el apartado 3.1.2 del «Acuerdo de Asociación de España 2014-2020», aprobado por la Comisión Europea con fecha 30 de octubre de 2014. Estas solicitudes podrán participar en la convocatoria general una vez agotados los créditos destinados a dicho ámbito territorial.

Segundo. Personas beneficiarias.
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias (operación 4.1.1), a través de inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias), podrán ser beneficiarios los agricultores o agrupaciones de agricultores con personalidad física o jurídica para las inversiones que realicen no relacionadas con la producción de olivar, que sean titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Además, podrán ser personas beneficiarias las personas jóvenes que no siendo titulares de explotaciones agrarias en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas, se conviertan en titulares de explotaciones agrarias antes del pago de esta ayuda, durante la aplicación de un Plan Empresarial que se haya presentado, con antelación o simultáneamente a la citada solicitud, para su aprobación al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Para las subvenciones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global en explotaciones de olivar (operación 4.1.2), a través de inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar, podrán ser beneficiarios los agricultores o agrupaciones de agricultores con personalidad física o jurídica para inversiones relacionadas con la producción de olivar, que sean titulares de explotaciones agrarias de olivar ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Además, podrán ser personas beneficiarias las personas jóvenes que no siendo titulares de explotaciones agrarias de olivar en el momento de la presentación de la solicitud de ayudas, se conviertan en titulares de explotaciones agrarias de olivar antes del pago de esta ayuda, tras la aplicación de un Plan Empresarial que se haya presentado, con antelación o simultáneamente a la citada solicitud, para su aprobación al amparo de la submedida 6.1 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.

Tercero. Objeto.
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.1 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, que deberán llevarse a cabo con el fin de mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas, modernizando y mejorando el rendimiento económico, así como la optimización de la eficiencia energética de las mismas.
Mediante las ayudas definidas en la operación 4.1.2 «Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar», se apoyarán aquellas iniciativas que contemplen inversiones en activos físicos, materiales o inmateriales, relacionadas con la producción de olivar que deberán llevarse a cabo con el fin de mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas de olivar, ubicadas en Andalucía, modernizando, reestructurando y mejorando el rendimiento económico de las mismas.

Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Quinto. Importe máximo por beneficiario.
Para la operación 4.1.1, la inversión máxima subvencionable por explotación será de 120.000 euros. Cuando entre las inversiones a realizar se incluya la construcción de un invernadero la inversión máxima subvencionable podrá alcanzar la cuantía de 200.000 euros. 
Cuando las inversiones se dirijan a la modernización de una explotación de vacuno de leche o en el caso de inversiones colectivas promovidas por agrupaciones de agricultores en el sector del ovino de carne, la cuantía máxima será de 300.000 euros.
Para la operación 4.1.2, la inversión máxima subvencionable por explotación será de 120.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Tres meses a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Firmado en Sevilla, a 24 de mayo de 2016, por la Consejera de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, María del Carmen Ortiz Rivas. 

Más información: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) nº 101, de 30/05/2016 (apartado 1. Disposiciones generales, páginas 25 y 26).


José Luis Ares (docente)